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Plazo no verificadoBDNS 860067

Acuerdo de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Castrillón, de fecha 25 de setiembre de 2025, por el que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para la realización de eventos festivos por las Asociaciones de Vecinos

LOCAL · CASTRILLÓN · AYUNTAMIENTO DE CASTRILLÓN

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 18:12 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES120 - Asturias

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
01/10/2025
Publicación en diario oficial
09/10/2025

Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a su publicación en BOPA

Texto oficial de cierre: A los 10 días naturales

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero.—Beneficiarios.Asociaciones de Vecinos del municipio de Castrillón para el año 2025Segundo.—Objeto de la subvención.Concesión de subvenciones a las Asociaciones de Vecinos para realización de eventos festivos de estas entidades durante el año 2025Tercero.—Bases reguladoras.Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Castrillón y sus Organismos Autónomos y Entidades dependientes, publicada en el BOPA de 20 de febrero de 2006.Cuarto.—Cuantía.La cuantía global de la convocatoria asciende a dieciocho mil euros (18.000,00 €)Quinto.—Criterios de concesiónPara la determinación del importe de las subvenciones se seguirá el siguiente procedimiento:Se establecerá un reparto de puntos según los siguiente criterios objetivos:• Si cada Asociación de Vecinos realiza entre 1- 3 eventos : 40 puntos• Si cada Asociación de Vecinos realiza mas de 4 eventos: 60 puntos.Una vez valoradas todas las solicitudes, en atención al crédito disponible, la  puntuación total obtenida servirá para calcular el importe a subvencionar mediante un sistema proporcional de reparto calculado con la siguiente formula:Puntuación obtenida* cantidad global de la subvención/ puntuaciones totalesDonde:La puntuación obtenida es la puntuación de cada Asociación alcanzada según criterio de valoraciónLa cantidad global es el importe total a repartir entre todas las solicitudes. La puntuación total es la suma de las puntuaciones de todos los solicitantes.Si la cuantía de la subvención resultante de la aplicación de la formula enunciada superase lo solicitado, el máximo a conceder se establece en 1.500,00 euros. Asimismo , si una vez aplicada la formula existiesen sobrantes , estos podrán distribuirse entre las solicitudes que no hayan alcanzado el tope, aplicando la formula tantas veces como sea necesario hasta minimizar la cuantía  sobrante.Sexto.- Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales a partir de la publicación de la presente convocatoria. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 01/10/2025Descargar archivo oficial · BDNS