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PLAN PROVINCIA EXTRAORDINARIA – PLAN EXTRA (2025)

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE PONTEVEDRA · COOPERACIÓN COS MUNICIPIOS

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 18:15 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES114 - Pontevedra

Finalidad

Infraestructuras

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
04/10/2025
Fin de solicitudes
03/11/2025
Registro en BDNS
02/10/2025
Publicación en diario oficial
03/10/2025

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Extracto publicado

Mediante el acuerdo núm. 4.8615 del Pleno de la Diputación de Pontevedra, adoptado en la sesión ordinaria del 27 de marzo de 2026, se aprobó la modificación de las bases reguladoras del Plan Provincia Extraordinaria 2025 (Plan Extra 2025), publicadas y disponibles en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra núm. 189, de 3 de octubre de 2025, y en la Sede electrónica de la Diputación (https://sede.depo.gal). Modificación de la base quinta Se modifica la financiación del plan, que asciende a treinta y seis millones novecientos cincuenta y tres mil novecientos cincuenta euros con veintiocho céntimos (36.953.950,28 €), al incrementarse el crédito en un total de un millón novecientos cincuenta y tres mil novecientos cincuenta euros con veintiocho céntimos (1.953.950,28 €), imputables a la aplicación presupuestaria, que será, en su caso, la 2026/942.9420.762.85, con cargo a remanentes y condicionado a la aprobación del correspondiente expediente de modificación de crédito.

Mediante el acuerdo núm. 4.8493 del Pleno de la Diputación de Pontevedra, adoptado en la sesión extraordinaria del 30 de septiembre de 2025, se aprobaron las bases reguladoras y la convocatoria del Plan Provincia Extraordinaria 2025 (Plan Extra 2025), publicadas y disponibles en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) y en la Sede electrónica de la Diputación, https://sede.depo.gal.

Primero. Beneficiarios
Los municipios de la provincia de Pontevedra con una población de derecho de hasta 50.000 habitantes según la correspondiente certificación expedida por el Instituto Gallego de Estadística (IGE) referida a la última actualización del censo en la fecha de publicación en el BOPPO de las bases y la convocatoria.

Segundo. Objeto
El objeto de las bases es regular la concesión y justificación de las subvenciones que se concedan con cargo al Plan Provincia Extraordinaria 2025 (Plan Extra 2025).
Las finalidades subvencionables, que son las que se señalan en la base primera, deberán ser de competencia municipal, demostrar su importancia estratégica local y realizarse sobre elementos de titularidad municipal o sobre bienes, instalaciones o terrenos en los que se acredite titularidad o el derecho de uso o cesión.

Tercero. Bases reguladoras
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional octava de la LGS, las ayudas que se arbitren a favor de los municipios en el marco del Plan Provincia Extraordinaria (Plan Extra 2025) se regirán por el régimen contemplado en dichas bases una vez aprobadas.
Para lo no previsto en ellas se aplicará de forma supletoria la LGS, su reglamento de desarrollo, la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia y su reglamento de desarrollo, la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación Provincial de Pontevedra y las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.

Cuarto. Cuantía
El plan cuenta con una dotación de treinta y cinco millones de euros (35.000.000,00 €) en la aplicación presupuestaria 2025/942.9420.762.85.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes es de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de las bases reguladoras y del extracto de la convocatoria en el BOPPO y en la BDNS.

Sexto. Forma de presentación de solicitudes
Las solicitudes de subvención se presentarán obligatoriamente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la Sede electrónica de la Diputación de Pontevedra, https://sede.depo.gal, de acuerdo con lo establecido en los artículos 14.2 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Séptimo. Otros datos
- Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva.
- Gastos subvencionables: los que se determinan en la base primera. Asimismo, también será subvencionable la asistencia técnica a la dirección de obra, a la coordinación de seguridad y salud y al control de calidad. El coste de la redacción del proyecto será subvencionable siempre que esté redactado y adjudicado en el ejercicio 2025.
- Compatibilidad: sí.
- Forma de pago: transferencia.
- Forma de justificación: mediante la aportación de justificantes de gasto, certificaciones, facturas y demás documentación justificativa, según lo previsto en la base vigesimoprimera.
- Plazo de ejecución: hasta el 31 de diciembre de 2027.
- Plazo de justificación: hasta el 31 de mayo de 2028.

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 30/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 30/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DEL ACUERDO NÚM. 4.8615 DEL PLENO DE LA DIPUTACIÓN DE PONTEVEDRA, ADOPTADO EN LA SESIÓN ORDINARIA DEL 27 DE MARZO DE 2026, EN EL QUE SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DEL PLAN PROVINCIA EXTRAORDINARIA 2025 (PLAN EXTRA 2025)Publicado 30/03/2026EXTRACTO DEL ACUERDO NÚM. 4.8493 DEL PLENO DE LA DIPUTACIÓN DE PONTEVEDRA, ADOPTADO EN LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2025, EN EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA DEL PLAN PROVINCIA EXTRAORDINARIA 2025 (PLAN EXTRA 2025) Publicado 03/10/2025PLAN PROVINCIA EXTRAORDINARIA – PLAN EXTRA (2025)