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Plazo no verificadoBDNS 860267

Orden de 1 de octubre de 2025 del Consej. de Presidencia, Portavoc, Acción Ext y Emerg. por la que se convocan subvenciones, destinadas a las Comunidades Murcianas asentadas fuera de la Región, para la realización de actividades en el año 2025

AUTONOMICA · REGIÓN DE MURCIA · CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUVENTUD, ACCIÓN EXTERIOR Y EMERGENCIAS

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 18:16 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

XXXX - TODO EL MUNDO

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
02/10/2025
Publicación en diario oficial
06/10/2025

Texto oficial de apertura: Al dia siguiente a su publicación en BORM

Texto oficial de cierre: 20 días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación en el BORM

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Requisitos de las entidades beneficiarias y forma de acreditación.De acuerdo con el artículo 2 de la Orden de bases, podrán ser beneficiarias de estas ayudas las Comunidades Murcianas asentadas fuera de la Región que cumplan los siguientes requisitos:a) Estar inscritas en el Registro de Comunidades Murcianas asentadas fuera de la Región.b) Estar al corriente en sus obligaciones tributarias ante la Administración Estatal y de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y frente a la Seguridad Social, de conformidad con la normativa vigente.Los requisitos anteriores se comprobarán de oficio por la Dirección General de competente en materia de relaciones con las Comunidades asentadas fuera de la Región, salvo los establecidos en la letra b), cuando la entidad no autorice la consulta (Anexo II).c) Declaración responsable de la entidad de que no concurre ninguna de las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que le impidan obtener la condición de beneficiaria (Anexo II).Segundo. Objeto y actuaciones y actividades subvencionables1. Esta Orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a las Comunidades Murcianas asentadas fuera de la Región con el fin de promover y fomentar actividades durante el año 2025, que difundan los valores culturales, sociales y económicos de la Región de Murcia y que repercutan en la imagen de la Región de Murcia como destino turístico.2. De conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras, la presente convocatoria subvencionará a las Comunidades Murcianas asentadas fuera de la Región, los gastos necesarios para la realización de las actuaciones y actividades durante el año 2025, dirigidas a:a)        Facilitar el conocimiento de nuestra cultura, patrimonio y tradiciones fuera de la Región.b)        Proyectar la imagen de la Región de Murcia como destino turístico.c)         Promocionar los productos y servicios característicos de la Región de Murcia, con especial atención a la artesanía regional.d)        Dar a conocer el patrimonio cultural de la Región de Murcia declarado por la UNESCO, tanto material como inmaterial, las fiestas declaradas de interés turístico nacional e internacional, así como la figura de los murcianos ilustres.3. Podrán ser gastos subvencionados los gastos corrientes originados para la realización de la actividad, entre ellos, la adquisición de material no inventariable.Tercero. Bases reguladoras. ProcedimientoEl procedimiento de esta convocatoria se rige por lo dispuesto en la presente Orden, por la Orden de 4 de noviembre de 2016, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 11 noviembre de 2016 (BORM nº 262), de la Consejera de Presidencia, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Comunidades Murcianas asentadas fuera de la Región; por la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y por la normativa estatal y autonómica reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.Cuarto. Cuantía de la subvención 1. Las subvenciones se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 11.05.00.126I.484.00, Proyecto 31585 “A Comunidades Murcianas asentadas fuera de la Región”, por un importe máximo de setenta y ocho mil setecientos cincuenta euros (78.750,00 euros), de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2025. Quinto. Solicitud y plazo de presentación1. Las solicitudes y comunicaciones, así como la documentación requerida deberán presentarse obligatoriamente por medios electrónicos en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Registro Electrónico Único, por medio del procedimiento (nº 714) habilitado a tal fin, en la Guía de procedimientos y servicios (https://sede.carm.es) .2. La solicitud de subvención, debidamente cumplimentada y firmada por el representante legal de la entidad, se realizará en el modelo que figura como Anexo I a la Orden de Convocatoria.3. El plazo de presentación de la solicitud será de 20 días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación del extracto de esta orden en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”.Sexto. ResoluciónLa persona titular de la Consejería de Presidencia, Portavocía, Acción Exterior y Emergencias resolverá mediante Orden la concesión las subvenciones, a la que se dará la publicidad establecida en el artículo 14 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 03/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden de 1 de octubre de 2025 del Consejero de Presidencia, Portavocía, Acción Exterior y Emergencias por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a las Comunidades Murcianas asentadas fuera de la Región, para la realización de actividades en el año 2025.Publicado 06/10/2025Orden de 4 de noviembre de 2016 de la Consejera de Presidencia por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las comunidades murcianas asentadas fuera de la región.