PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
03/10/2025
Publicación en diario oficial
15/10/2025
Texto oficial de apertura: AL DIA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN EN EL BOP DE VALENCIA
Texto oficial de cierre: 10 DIAS NATURALES DESPUÉS DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOP DE VALENCIA
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
PRIMERO.- OBJETO Y FINALIDAD El objeto de la convocatoria es la regulación de la concesión de los premios a los comercios, servicios, empresas y profesionales del término municipal de Ontinyent que hagan uso del valenciano en su actividad, con el fin de reconocer económicamente los que más y mejor emplean el valenciano en su actividad cotidiana. SEGUNDO.- BASES REGULADORAS Las bases reguladoras de la convocatoria de los premios se aprobaron en Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ontinyent de 25 de septiembre de 2025. TERCERO.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES 1. Podrá participar en la presente convocatoria cualquier comercio, empresa, servicio y profesional que lleve a cabo su actividad en Ontinyent. 2. Solo se podrá presentar una solicitud por persona física o jurídica, sociedad civil o comunidad de bienes, y para un único establecimiento. 3. Habrá que estar al corriente en las obligaciones fiscales con la Administración Tributaria, la Tesorería de la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Ontinyent. 4. No podrán participar las personas que incurran en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de personas beneficiarias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. CUARTO.- MODALIDADES Se establecen dos modalidades del premio orientadas a un determinado sector de actividad comercial. Cada participante solo podrá presentarse a una modalidad. Las modalidades son: 1) Modalidad 1: Premio por el uso del valenciano en la rotulación y en el material impreso (facturas, albaranes, bolsas, papel...). • 1.º premio 750 euros.• 2.º premio 500 euros.• 3.º premio 250 euros. 2) Modalidad 2: Premio por el uso del valenciano aplicado a las nuevas tecnologías (páginas web, redes sociales, software de gestión, adaptación en nuevas tecnologías...). • 1.º premio 750 euros.• 2.º premio 500 euros.• 3.º premio 250 euros. Se deberá aportar un dosier explicativo de la actividad (máximo 10 hojas). La empresa ganadora un año de una modalidad no podrá presentarse a la misma modalidad en el año próximo. QUINTO.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA La cuantía total máxima de los premios convocados es de 3.000 euros, a cargo de la aplicación presupuestaria 11100/32600/22699 del Presupuesto del Ayuntamiento de Ontinyent para el año 2025. SEXTO.- PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESIÓN DEL PREMIO Las solicitudes de participación, que se ajustarán al modelo del Anexo I de la convocatoria, se presentarán en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Ontinyent, o a través de la Sede electrónica, o por cualquier otro medio que esté previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en el plazo de 10 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de la provincia de València. Ontinyent,Documento firmado electrónicamente al margen.El alcalde-presidente. Jorge Rodríguez Gramage.