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Plazo no verificadoBDNS 860727

Ayudas destinadas para facilitar soluciones habitacionales a personas en situación de especial vulnerabilidad

LOCAL · BORRIOL · AYUNTAMIENTO DE BORRIOL

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 18:27 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES522 - Castellón / Castelló

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
06/10/2025
Publicación en diario oficial
09/10/2025

Texto oficial de apertura: siguiente día hábil desde la publicación en el BOP

Texto oficial de cierre: Hasta el 31 de diciembre de 2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

SUMARIOExtracto del Decreto de Alcaldía 1420/2025 de fecha 03/10/2025 por el que se convocan las ayudas destinadas para facilitar soluciones habitacionales a personas en situación de especial vulnerabilidad a través de las entidades locales correspondiente al Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025 aprobado por la Resolución de 13 de Marzo de 2025, por el procedimiento de concesión directa.TEXTOEl código de identificación que haya asignado la BDNS a la convocatoria es 860727De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (www.infosubvenciones.es) y en la página web del Ayuntamiento de Borriol.Primero. Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas y/o familias residentes en Borriol que cumplan los siguientes requisitos:a) Estar empadronado en el municipio de Borriol o tener la residencia efectiva en el mismo.b) Ser mayor de 18 años o estar emancipado legalmente o, en su defecto, haber iniciado legalmente el trámite legal de emancipación.c) No disponer de recursos suficientes para afrontar los gastos derivados de la situación de vulnerabilidad.d) Que la renta per cápita de la unidad familiar a la que pertenece el solicitante no exceda el 100% del IPREM vigente en cómputo mensual. A los efectos de calcular la renta per cápita, se considerarán todos los ingresos brutos de todos los miembros de la unidad familiar durante el mes anterior a la solicitud.e) Ser persona víctima de violencia de género o haber sufrido desahucio de su vivienda habitual o ser persona sin hogar, o encontrarse en situación de vulnerabilidad (con problemas de salud mental, diversidad funcional, personas jóvenes extuteladas por la Generalitat, personas de avanzada edad, personas exreclusas, solicitantes de asilo, personas migrantes vulnerables, independientemente de su situación administrativa, y otras situaciones similares).f) Que la vivienda para la que se solicita la ayuda constituya la residencia habitual del solicitante.g) Que la persona solicitante o cualquiera de las que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada no tenga parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con la persona que tenga la condición de arrendadora de la vivienda, salvo situaciones excepcionales debidamente justificadas por los servicios sociales.h) Que la persona arrendataria o cualquiera de las que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada no sea socia o partícipe de la persona física o jurídica que actúe como arrendadora.i) No podrán ser beneficiarias aquellas personas o unidades de convivencia que:- Dispongan de una vivienda en propiedad o en régimen de usufructo, que puedan ocupar tras la acreditación de la condición de víctima de violencia género, o el desahucio de su vivienda habitual o la consideración de especialmente vulnerable y cuya ocupación sea compatible con dichas situaciones. Segundo. ObjetoEl objeto de las presentes bases es establecer un régimen de ayudas por concesión directa de carácter excepcional y singularizado, a las personas víctimas de violencia de género, víctimas de trata con fines de explotación sexual, víctimas de violencia sexual, a las personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, a las personas sin hogar, asiladas, refugiadas, apátridas, acogidas al régimen de protección temporal, u otros estatutos de protección subsidiaria, y a otras personas especialmente vulnerables por concurrir las condiciones establecidas en las presentes bases, dentro del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, con la finalidad de dar una solución habitacional inmediata a las mismas.Tercero. Cuantía de la ayuda.Las ayudas que se concedan al amparo de esta convocatoria tendrán un importe total de 8.916,00€, y se imputarán a la partida presupuestaria 231-48004 “Ayuda habitacional personas vulnerables”.Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes de subvención y documentación requerida se podrán presentar desde siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOP, extracto que será remitido por la BDNS (Base de Datos Nacional de Subvenciones) hasta el 31 de diciembre de 2025.Quinto. Plazo y forma de justificación.Estas ayudas se conceden en atención a la concurrencia de las situaciones descritas en esta convocatoria.El pago de la ayuda se realizará, una vez concedida la ayuda en un pago único y en el plazo máximo de 15 días.La justificación se realizará en el momento de la solicitud mediante la presentación de los comprobantes de gasto y pago efectuados, o bien, una vez concedida la prestación ya que se contempla pagos anticipados y abonos a cuenta.Sexto. Otros datos.Con carácter específico y a efectos de esta convocatoria, se considerarán gastos subvencionables aquellos derivados del alquiler de una vivienda adecuada, de titularidad privada, de conformidad con el informe que se emita por parte de los servicios sociales del Ayuntamiento de Borriol, dentro de los límites que se señalan en la Base Séptima de las presentes Bases.Contra el Decreto, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, se podrá interponer uno de los siguientes recursos:a. Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido (salvo que se trate de un acto dictado por delegación en cuyo caso corresponderá la resolución al órgano delegante), en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación.La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Castellón, en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente al de la desestimación presunta.b. Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Castellón, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación.   

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 06/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSANUNCIO DEL EXTRACTO DE LA BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS DESTINADAS A FACILITAR SOLUCIONES HABITACIONALES A PERSONAS EN SITUACIÓN DE ESPECIAL VULNERABILIDADPublicado 09/10/2025Convocatoria y bases de las ayudas destinadas para facilitar soluciones habitacionales a personas en situación de especial vulnerabilidad.