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Plazo no verificadoBDNS 860739

Extracto de la Orden por la que se convocan las ayudas para la adquisición y primera instalación de equipos de localización de buques de pesca de eslora total igual o superior a 12 metros e inferior a 15 metros, financiadas por el FEMPA.

ESTADO · MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN · SECRETARÍA GENERAL DE PESCA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 18:27 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES - ESPAÑA

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
01/12/2025
Registro en BDNS
06/10/2025
Publicación en diario oficial
09/10/2025

Texto oficial de apertura: AL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN EN BOE DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios de las ayudas los propietarios y armadores de los buques de pesca de eslora total igual o superior a 12 metros e inferior a 15 metros de la lista tercera del Registro de Buques y Empresas Navieras que estén dados de alta en el Registro General de la Flota Pesquera.Segundo. Objeto y Finalidad.El objetivo de la convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, y conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación, de acuerdo con lo establecido por los artículos 8 y 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, es ayudar al cumplimiento de la obligación de instalación de un sistema de localización de buques a los indicados que impone el Reglamento (CE) n.º 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen de control de la Unión para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común, tras la modificación introducida por el Reglamento (UE) 2023/2842 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de noviembre de 2023.Esta ayuda se encuentra recogida en el artículo 22.2 a) del Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004Tercero. Bases reguladoras.Aprobadas por la Orden APA/1079/2025, de 30 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición y primera instalación de equipos de localización de buques de pesca de eslora total igual o superior a 12 metros e inferior a 15 metros, para el cumplimiento de la obligación de localización impuesta por el Reglamento (CE) n.º 1224/2009, financiadas por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA); y por la que se convocan las ayudas para el año 2025.Cuarto. Cuantía y duraciónLa cuantía de la ayuda será de hasta el 85 % del coste de la adquisición y la instalación de los equipos nuevos del sistema de localización de buques, con un límite de 2.100 euros por buque.Los gastos subvencionables deberán haber sido realizados a partir del 9 de enero de 2024.Las ayudas están financiadas por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA).Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE, hasta el 1 de diciembre de 2025, inclusive.La presentación de las solicitudes se realizará a través del Registro Electrónico General, disponible en el Punto de Acceso General electrónico (PAGe), así como en la sede electrónica asociada https://sede.mapa.gob.es/ conforme al modelo o formulario normalizado de solicitud que se acompaña en la correspondiente convocatoria, que estará disponible en la citada sede electrónica. Sexto. Criterios de concesiónLa distribución de fondos disponibles se realizará a cabo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 y 11 de las bases reguladoras.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 06/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSModelo declaración responsable cajas azulesPublicado 06/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSModelo Solicitud Cajas azulesPublicado 06/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Disposición Adicional Única de la Orden APA/1079/2025, de 30 de septiembre, por la que se convocan para el año 2025 las ayudas para la adquisición y primera instalación de equipos de localización de buques de pesca de eslora total igual o superior a 12 metros e inferior a 15 metros, para el cumplimiento de la obligación de localización impuesta por el Reglamento (CE) n.º 1224/2009, financiadas por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA).Publicado 09/10/2025Orden APA/1079/2025, de 30 de septiembre, de bases reguladoras de las ayudas para la adquisición y primera instalación de equipos de localización de buques de pesca de eslora total igual o superior a 12 metros e inferior a 15 metros