Subvenciones destinadas a fomentar el autoempleo, en las zonas de transición justa de León y Palencia. Minimis general. Reg. (UE) 2023/2831. Resolución 6/10/2025 de la Presidencia de la Comisión Ejecutiva de Formación para el Empleo de FAFECYL.
AUTONOMICA · CASTILLA Y LEÓN · FUNDACIÓN PARA EL ANCLAJE EMPRESARIAL Y LA FORMACIÓN PARA EL EMPLEO
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES413 - León · ES414 - Palencia
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
Inicio de solicitudes
14/10/2025
Fin de solicitudes
30/04/2026
Registro en BDNS
06/10/2025
Publicación en diario oficial
09/10/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS y en el siguiente enlace.(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/860938)Los códigos asignados por la Base de Datos Nacional de Subvenciones corresponden a un mismo texto de convocatoria.Primero: Personas beneficiarias.Serán beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas, incluidas aquellas que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica, que se establezcan por cuenta propia y se hayan dado de alta como autónomas en el RETA o en la Mutualidad de un Colegio Profesional, iniciando una actividad económica por cuenta propia, entre el día 16 de noviembre de 2024 y el día 15 de abril de 2026, ambos inclusive.Se deberá establecer el centro de trabajo en alguno de los municipios incluidos en la delimitación final de los Convenios de Transición Justa definidos en la Comunidad Autónoma de Castilla y León: Bierzo-Laciana, Guardo-Velilla, y Montaña Central Leonesa-La Robla:Segundo: Objeto.Promover el autoempleo en las zonas de transición justa de León y de Palencia.Tercero: Bases ReguladorasORDEN IEM/1049/2023, de 24 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar el autoempleo, en el marco del Programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027, en las zonas de transición justa de León y de Palencia (BOCYL nº 168 de 01 de septiembre de 2023).Cuarto: Cuantía.La cuantía máxima de la subvención se calculará en función de que el solicitante acredite la realización de todas o algunas de las siguientes acciones subvencionables:Si acredita el inicio de una actividad económica por cuenta propia, el importe de la subvención será de 13.000€.Dicha cuantía podrá ser incrementada si concurre alguna de las circunstancias señaladas en las bases reguladoras con la pertenencia a determinados colectivos: con un importe de 1.000€ o 2.600€.En el caso de que la acreditación se refiera a la contratación de servicios externos para mejorar el desarrollo de la actividad económica se subvencionará con el 75% del coste real de los servicios prestados, IVA excluido, con un máximo de 2.000 €.La acreditación de cursos de formación se subvencionará con el 75 % del coste real de la formación recibida, IVA excluido, con un máximo de 2.400 €.Quinto: Plazo de presentación.El plazo de presentación de las solicitudes se extenderá desde el día 14 de octubre de 2025 hasta el día 30 de abril de 2026.