¿A quién se dirige?
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES120 - Asturias
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 06/10/2025
- Publicación en diario oficial
- 10/10/2025
Texto oficial de apertura: DIA SIGUIENTE PUBLICACION EXTRACTO EN BOPA
Texto oficial de cierre: 1 MES TRAS PUBLICACION EXTRACTO BOPA
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.- BeneficiariosPodrán ser beneficiarios de estas subvenciones, en sus centros de trabajo radicados en el Principado de Asturias, aquellas empresas no dependientes ni vinculadas a administraciones, organismos o entes públicos, empresas públicas o fundaciones del sector público. Los Centros Especiales de Empleo se excluyen de estas ayudas.Segundo.- ObjetoEl objeto de la subvención es subvencionar la contratación con carácter indefinido o la transformación en indefinido de un contrato temporal de cualquier persona desempleada con discapacidad, que se formalicen, en ambos casos, al amparo del Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo.Serán subvencionables los contratos cuya fecha de inicio esté comprendida entre el 1 de junio de 2025 y el 31 de mayo de 2027 (Ambos inclusive).Tercero.- Bases reguladorasResolución de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo de 11 de octubre de 2024 (BOPA nº 204 de 18-X-2024) por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a empresas radicadas en el Principado de Asturias por la contratación indefinida de personas desempleadas con discapacidad).Cuarto.- Régimen de mínimisLas subvenciones reguladas al amparo de estas bases y convocatoria quedan acogidas al régimen de mínimis establecido en Reglamento UE número Reglamento (UE) número 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023.Quinto.- PresupuestoMediante acuerdo del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias de fecha 15 de septiembre de 2025 se ha autorizado la concesión de estas subvenciones.Para la presente convocatoria existe financiación suficiente por importe de 700.000€ (SETECIENTOS MIL EUROS) con cargo a la partida presupuestaria 85.01.322A 471.002 y proyectos de estructura presupuestaria PEP 2025/000151 de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias del año 2025, 2026 y 2027 para financiar la presente convocatoria, distribuidos en las siguientes anualidades de gasto:Aplicación presupuestaria,,Código PEP,,Anualidad 2025,,Anualidad 2026,, Anualidad 2027,,TOTAL85.01.322A.471.002,,2025/000151,,125.000,00 €,,325.000,00 €,,250.000,00 €,,700.000,00 €Sexto.- Plazo de PresentaciónEl plazo de presentación de solicitudes para los contratos formalizados desde el 1 de junio de 2025 hasta la fecha de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOPA será de un mes.Para los contratos suscritos desde su publicación del extracto de la convocatoria en el BOPA y hasta el 31 de mayo de 2027 el plazo será de un mes desde la formalización del contrato.Séptimo.- Cuantía de la subvenciónLa cuantía de la subvención ascenderá a 3.907 euros por cada contrato indefinido de personas con discapacidad o transformación de contrato temporal en indefinido a tiempo completo, que se formalicen, en ambos casos, al amparo del Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, a personas que cumplan con los requisitos que exige la citada modalidad de contrato de trabajo. Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la cuantía de la subvención indicada habrá de reducirse proporcionalmente a la jornada pactada.Octavo.- FinanciaciónEsta convocatoria de subvenciones se financiará a través del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias en el marco de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales (100%)Novena.- Otros datosEn la sede electrónica del Principado de Asturias (https://miprincipado.asturias.es) está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0242T01 en el buscador de la sede electrónica (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.Las solicitudes vendrán acompañadas de la documentación señalada en la resolución de convocatoria.