Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 07/10/2025
- Publicación en diario oficial
- 17/10/2025
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de publicación de la convocatoria en el BOPG.
Texto oficial de cierre: 20 días hábiles a partir del día siguiente al de publicación de la convocatoria en el BOPG
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Personas beneficiarias. Serán beneficiarios las personas físicas que actúen en nombre de los niños, adolescentes y jóvenes que reúnan los siguientes requisitos:• Que el niño, adolescente o joven que asista al casal esté empadronado en el municipio de Palau-saverdera con una antigüedad mínima de dos años a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona.• Que el casal de verano en el que se haya matriculado el usuario esté comprendido por el Decreto 267/2016, de 5 de julio, de las actividades de educación en el tiempo libre en las que participan menores de 18 años.• Que el usuario del casal, para el curso 2024-2025, esté en edad de escolarización en etapa de Educación Infantil de 2º ciclo, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria.• Que el casal de verano para el que se solicita la subvención se desarrolle total o parcialmente en el término municipal y entre el 1 de julio y hasta el 29 de agosto de 2025. • Presentar la solicitud en el plazo establecido en la convocatoria mediante el modelo oficial disponible en la web del Ayuntamiento o en la Casa Consistorial, adjuntando los documentos especificados en el punto 7.3 de estas bases.• No tener ninguna deuda tributaria ni de cualquier otra naturaleza con el Ayuntamiento de Palau-saverdera.• No encontrarse en ninguno de los supuestos que impiden tener la condición de beneficiario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.Segundo. Objeto. El objeto de la convocatoria es la concesión de subvenciones destinadas a paliar y fomentar la asistencia de niños, jóvenes y adolescentes a casales de verano durante el 2025.Tercero. Bases reguladoras. Las bases específicas reguladoras han sido publicadas íntegramente en el BOPG nº 141 del día 24/07/2025 y se pueden consultar en la siguiente dirección web: https://ssl4.ddgi.cat/bopV1/pdf/2025/141/202514106655.pdfCuarto. Importe La dotación destinada a las subvenciones es de 4.500,00 €, que se financian con cargo a la aplicación presupuestaria siguiente: 330/480.00.12 (“subvención casal de verano”) del presupuesto municipal para el ejercicio 2025.El importe de la subvención se corresponderá con lo dispuesto en la base 10 y siempre que las cantidades recibidas no sean superiores al coste del servicio. En caso de que la consignación presupuestaria sea insuficiente para atender todas las solicitudes, se reducirá el importe máximo de la subvención de forma proporcional para poder atender todas las solicitudes que cumplan los requisitos.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación será de 20 días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona.Sexto. Otros datos. Forma de presentación: Las solicitudes se formalizarán exclusivamente por internet, mediante la presentación del modelo de solicitud que consta en el anexo de las bases. Con la solicitud se deberá presentar la siguiente documentación:• Documento identificativo (DNI, NIE o Pasaporte) de la persona solicitante.• Libro de familia u otros documentos relativos a la filiación del/de la menor.• Documento acreditativo de matrícula o equivalente, expedido por la entidad organizadora del casal. En dicho documento constarán las fechas de asistencia al casal y el régimen horario.• Facturas emitidas por la entidad organizadora del casal. Las facturas deberán coincidir con la información que conste en la matrícula.• Documento emitido por el centro escolar que certifique que para el curso 2024-2025, el usuario ha estado escolarizado en etapa de Educación Infantil de 2º ciclo, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria. Se considerará válido el documento de matrícula correspondiente.• En caso de no autorizar la consulta de datos tributarios, certificado de estar al corriente de pago de deudas tributarias respecto a la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y la Agencia Tributaria de Cataluña.Plazo de resolución: El plazo para resolver la concesión de las ayudas será de 6 meses a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de convocatoria en el BOPG; según el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Carácter de la resolución y recursos contra la misma: Corresponderá a la Junta de Gobierno Local la resolución expresa de concesión o denegación de las ayudas. Esta resolución agota la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, en su caso, o directamente contra esta resolución, se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Girona o, a elección de la persona interesada, de los que tengan competencia territorial en la localidad de residencia del demandante, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación de la correspondiente resolución.Notificaciones y publicaciones: Por tratarse de un procedimiento con pluralidad de interesados y en atención al artículo 45 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, todas las notificaciones individuales se producirán mediante la publicación del acto en cuestión en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Palau-saverdera.Se puede acceder al tablón en el siguiente enlace, https://tauler.seu- e.cat/inici?idEns=1712080001Pago: El pago de las subvenciones se hará efectivo mediante transferencia a las cuentas corrientes identificadas en la solicitud, en el plazo máximo de un mes a partir de la publicación de la resolución del procedimiento.