Plazo no verificadoBDNS 861261
Orden IND/49/2025, de 7 de octubre, por la que se convoca una beca de formación práctica dirigida a postgraduados en la Dirección General de Comercio y Consumo
AUTONOMICA · CANTABRIA · CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO, INNOVACIÓN Y COMERCIO
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 18:37 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES13 - CANTABRIA
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 15/10/2025
- Fin de solicitudes
- 04/11/2025
- Registro en BDNS
- 08/10/2025
- Publicación en diario oficial
- 14/10/2025
Texto oficial de apertura: A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOC
Texto oficial de cierre: 15 DÍAS HÁBILES A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOC
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Extracto publicado
Primero. Objeto.Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, una beca destinada a postgraduados para la formación y especialización práctica en la Dirección General de Comercio y Consumo realizando actividades, trabajos y estudios de formación y especialización práctica en los sectores de actividad propios de esta Dirección General.Segundo. Campo de especialización. Grupo I: área defensa de los consumidores y usuarios, funcionamiento de la Junta Arbitral de consumo, para titulados universitarios, graduados, cuyas enseñanzas hayan tenido una duración mínima de 4 años en Derecho: 1 becaSerán cometidos del becario, bajo la dirección técnica de un tutor:a) Colaborar en actividades, trabajos y estudios de formación y especialización práctica en las tareas que desarrolla la Dirección General de Comercio y Consumo.b) La colaboración en acciones de asistencia a la dirección.c) Preparar documentación sobre temas específicos.d) Prestar cuantas otras funciones le sean encomendadas.Tercero. Requisitos de los beneficiarios.a) Poseer plena capacidad de obrar y ser residente legal en España en el momento de iniciar el disfrute de la beca.b) No haber sido separado del servicio de ninguna Administración o Institución como consecuencia de expediente disciplinario.c) Poseer una titulación de las exigidas para cada uno de los grupos indicados en el resuelvo segundo de esta orden.En cualquier caso, se requerirá que no hayan transcurrido más de 3 años desde la expedición del título o, en su caso, desde la fecha de pago de los correspondientes derechos de expedición, hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.Los títulos obtenidos en el extranjero deberán estar homologados o reconocidos oficialmente, así como tener plena validez en España.d) Los solicitantes que no tengan la nacionalidad española deberán acreditar un nivel B2, o superior, de castellano.e) No haber sido beneficiario de ninguna otra beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante dos o más años.Podrán acceder a la condición de beneficiario aquellas personas que hayan disfrutado de otra beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria hasta completar el plazo máximo de dos años legalmente establecido. f) No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Cuarto. Bases reguladoras.Orden IND/61/2022, de 13 de septiembre, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria de 26 de septiembre de 2022.Quinto.- Cuantía.La dotación de las becas será de ochocientos euros (800,00 €) brutos mensuales.Sexto.- Plazo de presentación de solicitudes.Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Cantabria.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 08/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSDECLARACIÓN RESPONSABLEPublicado 08/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSSOLICITUDPublicado 08/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden IND/49/2025, de 7 de octubre, por la que se convoca una beca de formación práctica dirigida a postgraduados en la Dirección General de Comercio y Consumo.Publicado 14/10/2025Orden IND/61/2022, de 13 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica dirigidas a postgraduados en la Dirección General de Comercio y ConsumoInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.