¿A quién se dirige?
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Desempleo
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 09/10/2025
- Publicación en diario oficial
- 15/10/2025
Texto oficial de apertura: Día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria y extracto en DOE
Texto oficial de cierre: Dos meses desde día siguiente fecha finalización prácticas ultimo alumno participante
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la resolución arriba referenciada, cuyo texto completo puedeconsultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones((http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial deExtremadura.Primero. Objeto. Convocatoria de 2025 de las subvenciones destinadas a financiar loscostes derivados de la actividad de tutoría en el módulo de formaciónpráctica en centros de trabajo, que haya sido programado en las accionesformativas conducentes a certificados profesionales de la ofertaformativa del Servicio Extremeño Público de Empleo dirigida a personastrabajadoras desempleadas.Segundo. Personas beneficiarias.1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 77.1 a) de la Orden de 27de marzo de 2023, podrán obtener la condición de personas beneficiariaslos centros o entidades de formación, que hayan ejecutado las accionesformativas conducentes a certificados profesionales a las que se vinculael módulo de formación práctica en centros de trabajo, que hayan sidofinanciadas con cargo a las convocatorias a que hace mención el resuelvotercero de la presente resolución y que reúnan los requisitosestablecidos en la referida Orden de 27 de marzo de 2023.2. En el caso de acciones formativas con compromiso de contratación,únicamente podrán acceder a las subvenciones previstas en la presenteresolución los centros y entidades de formación que hayan sidobeneficiarias de las subvenciones destinadas a financiar dichas accionesformativas y no los centros y entidades de formación que, en su caso,hayan sido subcontratados por las empresas o entidades beneficiarias aque hace mención el artículo 69.1 b) de la Orden de 27 de marzo de 2023para ejecutar la actividad subvencionada.Tercero. Bases reguladorasLas bases reguladoras de la presente convocatoria son las contenidas enla Sección 1ª “Disposiciones Generales”, y la Subsección 2ª“Subvenciones para financiar los costes derivados de la realización deprácticas profesionales no laborales en empresas”, de la Sección 3ª“Disposiciones aplicables al procedimiento de concesión de subvencionesen régimen de concesión directa”, del Capítulo IV “Subvencionesdestinadas a financiar la oferta formativa dirigida a personasdesempleadas”, de la Orden de 27 de marzo de 2023 por la que se regulala programación, gestión y control de la oferta de formación profesionalpara el empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas y seestablecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a sufinanciación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOEnº 62, de 30 de marzo, de 2023).Cuarto. Cuantía total convocatoria.1. La cuantía total prevista inicialmente para el período de vigencia dela presente convocatoria asciende a 720.000 €, con cargo a los créditosautorizados en el proyecto de gasto 20210292 "Certificados deprofesionalidad. Cualificaciones y FP. Iniciativas formacióntrabajadores desempleados", con fuente de financiación de Transferenciasdel Estado y con la siguiente distribución por aplicaciones y ejerciciospresupuestarios:Anualidad 2025: 360.000,00 €Aplicaciones presupuestarias e importes:140130000G/242B/46000TE2400800120210292:50.000,00 €140130000G/242B/47000TE2400800120210292:260.000,00 €140130000G/242B/48000TE2400800120210292:50.500,00 €Anualidad 2026: 360.000,00 €Aplicaciones presupuestarias e importes:140130000G/242B/46000TE2400800120210292:50.500,00 €140130000G/242B/47000TE2400800120210292:260.000,00 €140130000G/242B/48000TE2400800120210292:50.500,00 €2. La citada cuantía podrá aumentarse en función de las disponibilidadespresupuestarias, en los términos previstos en el artículo 39.4 de la Ley6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma deExtremadura, con la publicación del correspondiente anuncio en el DiarioOficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones de la ComunidadAutónoma, así como en el Portal Electrónico de la Transparencia y laParticipación Ciudadana, conforme lo establecido en el artículo 11 de laLey 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.Quinto. Cuantía individualizada de la subvención.Con arreglo a lo previsto en el artículo 78 de la Orden de 27 de marzode 2023, la cuantía de la subvención destinada a financiar los costesderivados de la actividad de tutoría en el módulo de formación prácticaen centros de trabajo se determinará mediante el producto del número dehoras programadas para las prácticas por el número de alumnos/as que hancompletado dichas prácticas y por un módulo económico por importe de 3€, según lo indicado en el Anexo I de la referida orden.Se computará el alumnado que haya completado el módulo de formaciónpráctica en centros de trabajo, incluido el que se incorpore a dichomódulo en el supuesto previsto en el artículo 25 de la Orden de 27 demarzo de 2023.A efectos de lo previsto en anteriormente, se entiende que hancompletado las prácticas, aquellos/as alumnos/as que hayan asistido, almenos, al 75 por ciento de las horas de dichas prácticas.Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.De acuerdo con lo previsto en el artículo 79.5 de la Orden de 27 demarzo de 2023, el plazo para presentar las solicitudes de subvenciónserá de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la fecha definalización del módulo de formación práctica en centros de trabajo porel/la último/a alumno/a que ha completado las prácticas, teniendo encuenta el plazo de realización de las prácticas y su posible ampliación,según lo previsto en el artículo 25.4 de la referida Orden.Séptimo. Otros datos.Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuranpublicados en el Diario Oficial de Extremadura, en la Orden de 27 demarzo de 2023 (DOE nº 62, de 30 de marzo), en la resolución deconvocatoria, disponibles en el punto de acceso general electrónico delos servicios y trámites https://www.juntaex.es, así como en la páginaweb https://extremaduratrabaja.juntaex.es, e igualmente se podrá accedera ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.