Plazo no verificadoBDNS 861777
Convocatoria de subvenciones con destino a cultura 2025
LOCAL · PEDROLA · AYUNTAMIENTO DE PEDROLA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 18:48 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES243 - Zaragoza
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 10/10/2025
- Publicación en diario oficial
- 17/10/2025
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de publicación anuncio en BOPZ
Texto oficial de cierre: 20 días hábiles desde el día siguiente a publicación en BOPZ
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Visto los expedientes de convocatoria de diferentes subvenciones para el ejercicio 2025 que se están tramitando en este Ayuntamiento. Considerando que actualmente están en trámite varios procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva por diversos conceptos: ayudas al comercio local, reforma de viviendas, asociaciones deportivas, deportistas, promoción educativa, acción social y cultura, en concreto las siguientes: ….. -Exp. 1180/2025, aprobado mediante decreto de la Alcaldía-Presidencia nº2025-0987 de 9 de octubre y publicado en el BOPnº239 de 17 de octubre (Ayudas para la promoción de la cultura). …… El plazo de justificación de los gastos subvencionados es el día 30 de noviembre del presente año, lo que teniendo en cuenta que el día de la fecha no han sido concedidas, es necesario ampliar el plazo de justificación.Por razones de economía procesal resulta más adecuado dictar un solo acto administrativo que incluya la identificación de todos los procedimientos acordando la ampliación del plazo concreto.En virtud del principio de publicidad y transparencia y en aplicación de los arts. 18 y 20 de la Ley General de Subvenciones y el art,14 del texto Refundido de la Ley Aragonesa, el obligatorio la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en la Base de Subvenciones la ampliación del plazo. Visto el Informe propuesta del Técnico de Gestión del Ayuntamiento de Pedrola, en virtud de las atribuciones que la legislación vigente me confiere: RESUELVO Primero. - Aprobar la ampliación de plazo hasta el día 15 de diciembre de 2025 para la justificación del gasto de las siguientes subvenciones:…. -Exp. 1180/2025, aprobado mediante decreto de la Alcaldía-Presidencia nº2025-0987 de 9 de octubre y publicado en el BOPnº239 de 17 de octubre (Ayudas para la promoción de la cultura). …… Segundo. – Remitir a la Base de Datos Nacional de Subvenciones la información necesaria de la ampliación, así como al Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Tercero. – Dar la difusión adecuada a la presente Convocatoria, a los efectos de dar a conocer su aprobación, y posibilitar la presentación de documentación. En Pedrola, a fecha de la firma electrónica LA ALCALDESAFdo.: Manuela Berges Barreras
Primero. – Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, las asociaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro constituidas legalmente y debidamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales que no estén incursas en causa que impida obtener la condición de beneficiario según el artículo 13, párrafo 2.º, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal, que realicen actividades o presenten programas específicos acordes con la planificación general municipal en materia de cultura. Segundo. – Objeto De acuerdo con la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pedrola, aprobada por el Ayuntamiento Pleno, en sesión de 30 de junio de 2019, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza nº 226, de 1/10/2019, se efectúa convocatoria para regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de actividades, proyectos y programas de carácter cultural promovida por Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales del Ayuntamiento Pedrola que se consideren acordes con la planificación general municipal en materia de cultura que se desarrollen en el municipio. También, aunque no se desarrollen en el municipio, los gastos de carácter cultural (entradas, guías, etc.) relacionados con viajes culturales promovidos por dichas asociaciones. Tercero. - Bases reguladoras La presente convocatoria se realiza con sujeción a lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pedrola. Cuarto. - Crédito presupuestario El crédito presupuestario previsto para esta convocatoria asciende a la cantidad de 8.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria: 3340.48000: Subvención a Entidades de Promoción Cultural, del Presupuesto municipal vigente. Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes desde la fecha de publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza. La convocatoria completa se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Tablón de Anuncios y la página web municipal. Las solicitudes de subvención y la documentación que deba acompañarlas, de conformidad con la convocatoria, deberán ser dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Pedrola, Plaza España nº 1, 50690 Pedrola. De acuerdo con lo señalado en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas deberán presentar las solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento mediante medios electrónicos a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pedrola en la dirección electrónica https://pedrola.sedelectronica.es/info.0
Primero. – Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, las asociaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro constituidas legalmente y debidamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales que no estén incursas en causa que impida obtener la condición de beneficiario según el artículo 13, párrafo 2.º, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal, que realicen actividades o presenten programas específicos acordes con la planificación general municipal en materia de cultura. Segundo. – Objeto De acuerdo con la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pedrola, aprobada por el Ayuntamiento Pleno, en sesión de 30 de junio de 2019, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza nº 226, de 1/10/2019, se efectúa convocatoria para regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de actividades, proyectos y programas de carácter cultural promovida por Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales del Ayuntamiento Pedrola que se consideren acordes con la planificación general municipal en materia de cultura que se desarrollen en el municipio. También, aunque no se desarrollen en el municipio, los gastos de carácter cultural (entradas, guías, etc.) relacionados con viajes culturales promovidos por dichas asociaciones. Tercero. - Bases reguladoras La presente convocatoria se realiza con sujeción a lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pedrola. Cuarto. - Crédito presupuestario El crédito presupuestario previsto para esta convocatoria asciende a la cantidad de 8.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria: 3340.48000: Subvención a Entidades de Promoción Cultural, del Presupuesto municipal vigente. Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes desde la fecha de publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza. La convocatoria completa se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Tablón de Anuncios y la página web municipal. Las solicitudes de subvención y la documentación que deba acompañarlas, de conformidad con la convocatoria, deberán ser dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Pedrola, Plaza España nº 1, 50690 Pedrola. De acuerdo con lo señalado en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas deberán presentar las solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento mediante medios electrónicos a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pedrola en la dirección electrónica https://pedrola.sedelectronica.es/info.0
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 10/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSMODIFICACION BASES CONVOCATORIA SUBVENCION CON DESTINO A AYUDAS PARA LA PROMOCION DE LA CULTURA 2025Publicado 03/12/2025EXTRACTO de la Resolución de Alcaldía de fecha 9 de octubre de 2025, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a actividades de promoción y fomento de la cultura para el ejercicio 2025, en el municipio de Pedrola (Zaragoza)Publicado 17/10/2025Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de PedrolaInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.