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Plazo no verificadoBDNS 863111

AYUDAS 2026 A PYMES PARA LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA EXTREMEÑA Y MEJORA DE LA COMERCIALIZACIÓN, S/ RESOLUCIÓN DE 10 DE OCTUBRE DE 2025, QUE LA CONVOCA

AUTONOMICA · EXTREMADURA · DIRECCIÓN GENERAL DE INTELIGENCIA COMPETITIVA Y COMERCIO

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 19:16 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES43 - EXTREMADURA

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
30/09/2026
Registro en BDNS
17/10/2025
Publicación en diario oficial
22/10/2025

Texto oficial de apertura: EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN EN DOE DE LA CONVOCATORIA

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es)y en el presente Diario Oficial de Extremadura.Primero. Beneficiarios. Personas físicas y jurídicas que tengan laconsideración de pequeña y mediana empresa y que ejerzan una actividadeconómica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.También serán beneficiarios las asociaciones empresariales, así como lascomunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica opatrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedanllevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o seencuentren en la situación que motiva la concesión de la ayuda y queejerzan una actividad económica propia en el territorio de la ComunidadAutónoma de Extremadura.Los beneficiarios deberán desarrollar en Extremadura actividades detransformación, de fabricación, de construcción, de instalación y deproducción, así como de comercio al por mayor y de servicios, excluidoslos de intermediación.Segundo. Objeto. Aprobar la convocatoria de las ayudas para lainternacionalización de la empresa extremeña y la mejora de lascondiciones de comercialización exterior destinadas a la pequeña ymediana empresa extremeña, dirigidas a fomentar su internacionalizacióny fortalecer sus capacidades digitales en la dirección de los mercadosexteriores, así como realizar la convocatoria para el ejercicio 2026.Tercero. Bases reguladoras. Decreto 141/2022, de 30 de noviembre, por elque se establecen las bases reguladoras de las ayudas para lainternacionalización de la empresa extremeña y la mejora de lascondiciones de comercialización exterior, y se aprueba la primeraconvocatoria correspondiente al ejercicio 2023, (DOE núm. 1, de 2 deenero de 2023).Cuarto. Cuantía. La cuantía total de la convocatoria de ayudas asciendea 900.000 euros, El coste de las ayudas será imputado a la aplicaciónpresupuestaria 140030000G/341A/77000/FD211A1303/20230036 y proyecto degasto 20230036 denominado “Ayudas de impulso internacionalización ytransformación digital”.Con carácter general, las ayudas consistirán en una subvención del 75%de los gastos elegibles, a excepción de las actividades de participaciónen ferias comerciales de carácter internacional, tanto de manerapresencial como virtual, y de consultoría para la internacionalizacióndigital y posicionamiento orgánico SEO internacional, en las que laintensidad de ayuda será de 50% de los gastos elegibles. El importemáximo de ayuda que podrá recibir un mismo beneficiario por convocatoriano podrá exceder de 30.000 euros.Estas ayudas están sometidas a las disposiciones del Reglamento (UE)2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión,y se encuentran encuadradas en el programa FEDER 2021-2027 Extremadura,con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER),dentro del Objetivo Político 1: “Una Europa más competitiva y másinteligente”, Prioridad de Inversión: 1.A “Transición Digital eInteligente”, Objetivo específico 1 iii). “el refuerzo del crecimientosostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo enestas, también mediante inversiones productivas”. Las mismas seencuentran una cofinanciadas en un 85 % por parte de la Unión Europea, através de fondos FEDER.Quinto. Actividades subvencionables. Serán subvencionables losproyectos integrales de internacionalización, los planes de acciónexterior o las operaciones puntuales que encuadren una o varias de lasactividades siguientes:a) Participación en ferias comerciales de carácter internacional, tantode manera presencial como virtual.b) Misiones comerciales prospectivas o directas.c) Misiones comerciales inversas.d) Implantación en el exterior.e) Registro de patentes y marcas en el exterior, así como homologacionesy certificaciones necesarias para la comercialización internacional delos productos.f) Licitaciones internacionales.g) Publicidad en el exterior, incluyendo campañas promocionales ypublicitarias en medios digitales internacionales.h) Presentaciones de productos, desfiles, demostraciones técnicas ytalleres en vivo, así como otras acciones promocionales tanto decarácter presencial como virtual en los mercados de destino,i) Consultoría para la internacionalización digital y posicionamientoorgánico SEO internacional.j) Modificación, ampliación y reforma de la página web.k) Material promocional en formato digital enfocado a mercadosexteriores.En cualquier caso, la inversión mínima subvencionable habrá de alcanzarla cantidad de 1.000 euros (IVA excluido).Sexto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación desolicitudes de ayuda se iniciará a partir del día siguiente de lapublicación de la convocatoria y el presente extracto en el DiarioOficial de Extremadura y finalizará el 30 de septiembre de 2026, o en sucaso hasta el agotamiento del crédito presupuestario.Séptimo. Otros.Las ayudas previstas en la presente convocatoria se hallan acogidas alrégimen de minimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE)2023/2831 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023, relativo a laaplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento dela Unión Europea a las ayudas de minimis, no pudiendo superar la ayudatotal de minimis la cantidad de 300.000 euros en los tres años previos.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 17/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior, correspondiente al ejercicio 2026.Publicado 22/10/2025Decreto 141/2022, de 30 de noviembre, de bases reguladoras de las ayudas para internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023