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Plazo no verificadoBDNS 863116

AYUDAS ECONÓMICAS DE SERVICIOS SOCIALES PARA LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD AFECTADAS POR LAS INUNDACIONES SUFRIDAS EL 29 DE OCTUBRE EN EL MUNICIPIO DE ALFARB

LOCAL · ALFARB · AYUNTAMIENTO DE ALFARB

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 19:16 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES523 - Valencia / València

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
20/10/2025
Fin de solicitudes
27/10/2025
Registro en BDNS
17/10/2025
Publicación en diario oficial
28/10/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones.Primera. Objeto.Las presentes bases tiene como objeto regular el procedimiento y requisitos para la concesión directa de ayudas económicas de servicios sociales dirigidas a personas individuales o unidades familiares, residentes en el municipio de Alfarb, con la finalidad de atender todas aquellas situaciones de urgente necesidad derivadas, de modo directo o indirecto, de las inundaciones acaecidas el día 29 de octubre como consecuencia del temporal de lluvia y viento producido por la DANA iniciada en la Comunitat Valenciana y contribuir a evitar el agravamiento o deterioro de las situaciones de vulnerabilidad de las personas físicas o unidades de convivencia por esta circunstancia.Segunda. Personas beneficiarias.Podrán ser beneficiarias de las ayudas aquellas personas físicas, mayores de edad, residentes en el municipio de Alfarb que, habiendo resultado afectadas de modo directo o indirecto por las consecuencias de la DANA, reúnan los siguientes requisitos:1. Que la persona solicitante (a nivel de unidad familiar o de convivencia) no disponga de recursos o ingresos suficientes para afrontar la situación de emergencia y justifique la necesidad. Se entenderá que la unidad familiar o de convivencia a la que pertenece la persona solicitante no dispone de recursos o ingresos suficientes para afrontar la situación de emergencia en todo caso cuando no exceda de las siguientes cuantías:o 10.500 € per cápita (IPREM vigente en cómputo anual con 14 pagas) para unidades familiares de 3 o más miembros.o 14.700 € per cápita (1,25 veces el IPREM vigente en cómputo anual con 14 pagas) para unidades familiares de 2 miembros.o 16.800 € per cápita (1,5 veces el IPREM vigente en cómputo anual con 14 pagas) para unidades familiares de un solo miembro.A los efectos de lo establecido en este requisito, se entenderá por unidad familiar o de convivencia:a) Se considerará unidad familiar o de convivencia, a efectos de las ayudas previstas en las presentes bases, la integrada por el/la solicitante y las personas que convivan en el mismo domicilio, siempre que se encuentren unidas a la persona solicitante por matrimonio o análoga relación a la conyugal o por vínculos de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad, afinidad o adopción.b) Sin perjuicio de lo anterior, se considerará que también forman parte de la unidad familiar o de convivencia las demás personas que, conviviendo en el mismo domicilio que la persona solicitante, pudieran beneficiarse de las ayudas que se concedan.c) La convivencia en un mismo domicilio se acreditará mediante certificado de convivencia o empadronamiento colectivo expedido por el Ayuntamiento.d) La residencia efectiva se acreditará mediante el empadronamiento. Será necesario que el solicitante se encuentre empadronado en el municipio de Alfarb antes del 29 de octubre de 2025.e) Nadie podrá formar parte de dos unidades familiares o de convivencia al mismo tiempo.f) Se considerarán ingresos de la unidad familiar o de convivencia la totalidad de los ingresos brutos procedentes de todos y cada uno de sus miembros. A tales efectos, se contabilizarán todos los ingresos provenientes de sueldos, rentas, propiedades, intereses bancarios y pensiones o ayudas otorgadas por instituciones públicas o privadas, y cualquier otro ingreso que se perciba por cualquier miembro de la unidad de convivencia. En este extremo, no se tendrán en cuenta otras ayudas o subvenciones percibidas con motivo de la afectación de la DANA salvo a las que se refiere el punto 3.g) En caso de que en una misma vivienda, existan más de dos unidades de convivencia, deberá ser acreditado mediante declaración responsable y comprobación por parte del equipo técnico mediante visita domiciliaria, así como cualquier otro mecanismo de prueba que pueda acreditar dicha circunstancia, no pudiendo existir vínculo de parentesco.2. Que la unidad familiar o de convivencia del solicitante no haya sido beneficiaria de las ayuda municipales concedidas con cargo a la donación de la Fundación Amancio Ortega para los afectados por el temporal DANA del 29 de octubre de 2024.3. Que presente la siguiente documentación:3.1. Declaración Responsable conforme al modelo anexo a estas bases.3.2. Copia de la última declaración de la Renta (IRPF) (Año 2024) o, en su defecto, Certificado negativo de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)3.3. En caso de ingresos laborales: copia de las nóminas correspondientes a los tres últimos meses.3.4. Certificados de pensiones, prestaciones, subsidios u otras ayudas, en su caso.3.5. Cualquier otro documento que acredite la situación de vulnerabilidad (relativo a cualquier miembro de la unidad de convivencia), tales como:O Copia del certificado de grado de diversidad funcionalO Copia resolución de grado de dependenciaO Copia del título de familia numerosa,O Copia del título de familia monoparental.4. Que disponga de informe técnico favorable, que habrá de emitirse por persona profesional del Equipo de Intervención Social de los servicios sociales de la mancomunidad del Marquesat, en el que se determine la necesidad.Tercera. Importe de las ayudas.La ayuda consiste en una prestación económica, extraordinaria por las circunstancias de la DANA, de pago único, para cubrir necesidades básicas y situaciones de urgente necesidad de la unidad familiar y destinadas a paliar aquellas situaciones en que puedan hallarse las personas afectadas por un estado de vulnerabilidad y/o en riesgo de exclusión social. Estas ayudas se conceden atendiendo a la necesidad de resolución de problemáticas sociales generadas o agravadas como consecuencia directa o indirecta de la DANA. El importe de esta ayuda es de 1.000 euros por unidad familiar en vivienda afectada. En caso de ser solicitada por más de una persona se otorgará a la persona de mayor vulnerabilidad a relación de menor cuantía de ingresos percibidos. En el caso, de que las solicitudes presentadas y concedidas superen dicha cuantía máxima, se podrá habilitar una cuantía adicional por el importe necesario para poder atenderlas, siempre que exista crédito suficiente y adecuado para ello, previa tramitación de la correspondiente modificación presupuestaria. Si no existiese suficiente crédito para atender todas las solicitudes que cuenten con todos losrequisitos se procederá al prorrateo entre todos los beneficiarios. En el caso de que no se agote dicha cuantía, y exista un excedente, se podrá prorratear entre las solicitudes presentadas y concedidas, sin que se supere el límite de 5.000 € por unidad familiar. También se podrá distribuir en función de las condiciones específicas apreciadas por los servicios sociales en cada caso particular. Con carácter excepcional, y únicamente ante la existencia de un excedente, podrá emitirse informe técnico favorable para la concesión de la ayuda a solicitantes respecto de los cuales no concurra alguno de los requisitos establecidos en estas bases, cuando de la intervención de la persona profesional, se detecten situaciones de extrema vulnerabilidad en la persona o unidad familiar solicitante, por la concurrencia de otros factores de carácter social, que deberán quedar debidamente acreditados en dicho informe.Cuarto. Bases reguladoras.Resolución de Alcaldía núm. 550 de 15 de octubre de 2025: https://alfarb.es/convocatoria-de-ayudas- servicios-sociales/Quinto. Dotación presupuestaria.20.905,60 euros con cargo a la partida 2025-231-48001, cuyo crédito ha sido habilitado como consecuencia de la Orden del Ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 por la que se concede una subvención por importe de 38.801.575 euros a los municipios del artículo 80 del real decreto – ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la depresión aislada en niveles altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo para solicitar las ayudas será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el tablón de edictos municipal del Ayuntamiento de Alfarb hasta el 27 de octubre de 2025, sin perjuicio de la publicación en extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 17/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSAYUDAS ECONÓMICAS DE SERVICIOS SOCIALES PARA LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD AFECTADAS POR LAS INUNDACIONES SUFRIDAS EL 29 DE OCTUBRE EN EL MUNICIPIO DE ALFARBPublicado 28/10/2025AYUDAS ECONÓMICAS DE SERVICIOS SOCIALES PARA LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD AFECTADAS POR LAS INUNDACIONES SUFRIDAS EL 29 DE OCTUBRE EN EL MUNICIPIO DE ALFARB