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Plazo no verificadoBDNS 863122

Resolución de Presidencia 2025/9533 de 17 de octubre, referente a Convocatoria para la concesión de subvenciones a la inversión para la reactivación económica tras el paso de las dos depresiones aisladas en niveles altos (DANA) por la provincia de Málaga.

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE MÁLAGA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 19:16 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES617 - Málaga

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
23/10/2025
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
17/10/2025
Publicación en diario oficial
22/10/2025

Texto oficial de apertura: Desde las 09:00 horas del día siguiente al de la publicación del extracto en el BOPMA

Texto oficial de cierre: Hasta agotar el crédito previsto y, en todo caso, hasta el 1 de noviembre del año de la convocatoria

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero.- Objeto.1. La convocatoria actual tiene por objeto  la concesión de subvenciones a la inversión, en régimen de concurrencia no competitiva para la reactivación económica después del paso de las dos depresiones aisladas en niveles altos DANA por la provincia de Málaga, en el periodo comprendido entre el 28 de octubre al 30 de noviembre  de 2025. Segundo.- BeneficiariosPodrán ser beneficiarias las personas  físicas y jurídicas que, presentando la solicitud en plazo y según modelo normalizado, cumplan con los requisitos relacionados en el art 2 de las bases reguladoras de la convocatoria Tercero.- Bases reguladoras.Anexo V.38 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Málaga, aprobadas por acuerdo de Pleno de 23 de julio de 2025, punto 8.2, y publicadas en el BOPMA número 196 de fecha de 15 de octubre de 2025. Cuarto.- Financiación y cuantía de la subvención.La convocatoria se financia con cargo a los créditos presupuestarios que figuran en el presupuesto del año 2025 de la Diputación Provincial de Málaga, por un  importe total de un millón de euros (1.000.000,00 €), consignados en el proyecto de gasto con número de código 2025/2/4331/2 imputándose a la aplicación presupuestaria 1101/4331/7700000.Las cuantías máximas a  conceder a las personas beneficiarias de la subvención no podrá ser superior a 20.000,00 IVA excluido, por establecimiento abierto al público. Pudiendo ser un solicitante beneficiario de tantas subvenciones como establecimiento tuviera abiertos al público en el momento del paso de las DANA y hubieran sufrido daños  a consecuencia de las mismas.  Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.1.- El plazo de presentación solicitudes se iniciará a las 09:00 horas del día siguiente al que se publique,  en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga el extracto de la convocatoria previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones y finalizará cuando se agote el crédito presupuestario previsto en la convocatoria y, en todo caso, el 1 de Noviembre del año de la convocatoria.Si fuese precisa una ampliación del plazo de presentación, se estará a lo dispuesto en el art. 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin que dicha ampliación perjudique derechos de tercero.2.- La presentación de solicitudes, con la documentación prevista en el art 6 de las bases reguladoras, se efectuará preferentemente a través de medios electrónicos en la sede electrónica (https://sede.malaga.es/), en el trámite especifico habilitado al efecto, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en atención a la obligación o no de relacionarse con la Administración por medios electrónicos. Así, la presentación de solicitudes podrá efectuarse:2.1) Para los interesados obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos:a) En el registro electrónico de la Diputación de Málaga, accesible a través de la sede electrónica. b) En el registro electrónico común, accesible en la página web https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do, o el que corresponda, en su caso.2.2) Para los restantes interesados: a) En algunos de los medios anteriormente señalados. b) En las oficinas de Correos, mediante correo certificado en sobre abierto. c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en    el extranjero.d) En la Oficina de Asistencia en materia de registro de la Diputación Provincial de Málaga o en alguna de las siguientes, siempre que se encuentren conectadas en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR): Administración General del Estado, o Administración de las comunidades autónomas, o entidades que  integran la Administración Local, u órganos públicos y entidades integrantes del sector público institucional.3.- La presentación de solicitudes, junto a la documentación prevista en el artículo 6 de la convocatoria, se realizará a través del trámite específico habilitado al efecto en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Málaga titulado “Convocatoria de Subvención Dana 2025”, con dirección https://sede.malaga.es/ied-subdana2025. Sexto.- Otros datos.El plazo de ejecución de los gastos subvencionables será el comprendido entre el 28 de octubre de 2024 y 31 de marzo de 2026, permitiéndose los gastos realizados con anterioridad a la publicación de la convocatoria de la subvención, siempre que hayan sido ejecutadas dentro del periodo señalado anteriormente.Los beneficiarios de la subvención deberán presentar la justificación en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de ejecución, en el modo  y con los requisitos establecidos en los artículos 9 y 10 de las bases que regulan la presente convocatoria.  

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 17/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución 2025/9533, de 17/10/2025, del Presidente de la Diputación Provincial de Málaga, por la que se aprueba la “Convocatoria para la concesión de subvenciones a la inversión, en régimen de concurrencia no competitiva, para la reactivación económica después del paso de las dos depresiones aisladas en niveles altos (DANA) por la provincia de MálagaPublicado 22/10/2025Acuerdo de Pleno de 23 de julio de 2025, punto 8.2, Anexo V38, de aprobación de las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones a la inversión para la reactivación económica tras el paso de dos precipitaciones aisladas en niveles altos (DANA)