Plazo no verificadoBDNS 863336
Orden de 15 de octubre de 2025, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas al estudio para el alumnado que curse enseñanzas artísticas superiores en la Comunidad de Castilla y León en el curso académico 2025-2026
AUTONOMICA · CASTILLA Y LEÓN · CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 19:22 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES41 - CASTILLA Y LEON
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 29/10/2025
- Fin de solicitudes
- 25/11/2025
- Registro en BDNS
- 20/10/2025
- Publicación en diario oficial
- 28/10/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS, y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).Primero. – Beneficiarios.1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas el alumnado que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúna los siguientes requisitos generales:a) Estar matriculado en algún centro que oficialmente imparta enseñanzas artísticas superiores en la Comunidad de Castilla y León durante el curso 2025-2026.b) Cursar enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos oficiales de enseñanzas artísticas superiores de grado o de máster.c) No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de las enseñanzas artísticas superiores oficiales para las que se solicita la ayuda.d) Haber resultado beneficiario de la beca de matrícula para el curso académico 2025-2026, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, convocada mediante la Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Secretaría de Estado de Educación.2. Asimismo, para ser beneficiario de estas ayudas, el alumnado deberá cumplir con el requisito de estar empadronado en un municipio de Castilla y León en el momento de presentación de la solicitud, así como el compromiso de mantenerlo durante el periodo inherente al reconocimiento o ejercicio del derecho al cobro de la ayuda.Segundo.– Objeto.Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas al estudio al alumnado que curse enseñanzas artísticas superiores en centros públicos o privados que impartan esas enseñanzas de la Comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2025-2026, en las modalidades y para los destinatarios siguientes:a) Aprovechamiento académico para el alumnado que curse segundo y posteriores cursos de enseñanzas artísticas superiores oficiales de grado y para quienes cursen enseñanzas artísticas superiores oficiales de máster.b) Renta para el alumnado de todos los cursos de enseñanzas artísticas superiores oficiales de grado.Tercero.– Bases reguladoras.ORDEN EDU/671/2025, de 17 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al estudio para el alumnado que curse enseñanzas artísticas superiores en centros públicos o privados que impartan esas enseñanzas de la Comunidad de Castilla y León (publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León nº. 122, de 27 de junio).Cuarto.– Cuantía.1. La cuantía global máxima del crédito asignado a estas ayudas será de CIENTO SETENTA MIL EUROS (170.000 €), distribuidos de la siguiente manera:a) NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO EUROS (93.854 €) destinados a financiar la modalidad de aprovechamiento académico.b) SETENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS EUROS (76.146 €) destinados a financiar la modalidad de renta.2. Para la modalidad de aprovechamiento académico, la ayuda para cada beneficiario no podrá ser, en ningún caso, inferior a un euro (1 €) ni superior a diez euros (10 €) por crédito superado.3. Para la modalidad de renta, la ayuda para cada beneficiario no podrá ser, en ningún caso, inferior a cien euros (100 €) ni superior a trescientos cincuenta euros (350 €).Quinto. – Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 24/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la orden de 15 de octubre de 2025, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas al estudio para el alumnado que curse enseñanzas artísticas superiores en centros públicos o privados que impartan esas enseñanzas de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso académico 2025-2026.Publicado 28/10/2025Orden EDU/671/2025, de 17 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al estudio para el alumnado que curse enseñanzas artísticas superiores en la Comunidad de Castilla y LeónInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.