CONVOCATORIA PÚBLICA DEL PROGRAMA DE CONCESIÓN DE AYUDAS A LA PROMOCIÓN DE DEPORTISTAS FERROLANOS Y CLUBS O ENTIDADES DEPORTIVAS FERROLANAS PARA FACILITAR SU PARTICIPACIÓN EN COMPETICIONES NACIONALES E INTERNACIONALES
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES111 - A Coruña
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
20/10/2025
Publicación en diario oficial
24/10/2025
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.- Entidades beneficiarias Podrán concurrir a esta convocatoria de subvenciones todas los deportistas y entidades deportivas que cumplan los requisitos y las finalidades de esta convocatoria y que fomenten y promocionen, en general, la Educación física y el Deporte en el término municipal del Ayuntamiento de Ferrol. Segundo.- Objeto Las ayudas económicas de esta convocatoria se destinarán a ayudar a los deportistas y equipos destacados de la Ciudad en su participación en la competición deportiva de alto nivel. Este objetivo intenta paliar nen la medida de lo posible el elevado coste que supone la participación en competiciones nacionales e internacionales propias del deporte de rendimiento. Quedan excluidas del programa las entidades y/o actividades relacionadas en la Base Segunda de las bases reguladoras. Las competiciones deportivas objeto de la subvención serán las comprendidas el el periodo de temporada 2024/2025 ( del 1 de octubre de 2024 al 30 de septiembre 2025) Tercero.- Régimen en el que se efectuará la concesión Las ayudas reguladas en esta norma tienen la naturaleza jurídica de subvención y se otorgarán en régimen de concurrencia non competitiva, al amparo de lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de Subvenciones. Cuarto.- Bases reguladoras La convocatoria se regirá por las bases para el programa de concesión de ayudas a la promoción de deportistas ferrolanos y clubs o entidades deportivas ferrolanas para facilitar su participación en competiciones nacionales e internacionales publicadas en el BOP de A Coruña de fecha 20/10/2025 (BOP núm. 200) y en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Ferrol aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 13/10/2025. https://traductor.dacoruna.gal/fron-trad/urlTranslate.php?direccion3=gl-es&inurl=https://bop.dacoruna.gal/bopportal/publicado/2025/10/20/2025_0000006717.html Quinto.- Cuantía El importe consignado asciende a un total de 60.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 05004 3411 48000 del presupuesto ordinario para el año 2025. Sexto.- Criterios de valoración Los criterios de valoración de las solicitudes son los establecidos en la Base Séptima de las Bases reguladoras. Séptimo.- Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña. Octavo.- Órganos competentes para la instrucción y resolución de los expedientes Serán los establecidos en la Base Quinta de las Bases Reguladoras. Noveno.- Plazo de resolución, notificación y presentación de recursos Serán los establecidos en la base Quinta y Octava de las Bases Reguladoras. Décimo.- Documentos e información que deben relacionarse con la petición Serán los que constan como anexos de las Bases Reguladoras. Undécimo.- Reformulación de solicitudes Las Bases no reconocen esta posibilidad. Duodécimo.- Plazo de justificación De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 2.1 b) y 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, estas ayudas están condicionadas a que dichas personas, a efectos de esta subvención, acrediten su talento deportivo mediante el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases TERCERA Y SÉPTIMA, a través de la entrega de la documentación exigida en las mismas, no siendo necesaria, por tanto, la presentación de una cuenta justificativa de gastos Trigésimo.- Uso de la lengua y de un lenguaje no discriminatorio. Las comunicaciones con el Ayuntamiento de Ferrol, así como las difusiones relativas al objeto de este convenio deberán realizarse en gallego en cumplimiento de la Ordenanza Municipal de Normalización Lingüística. Igualmente, se empleará un lenguaje no discriminatorio ni excluyente del género femenino. Cuadragésimo.- medio de notificación y publicación de la convocatoria La presente convocatoria se enviará para su publicación a la Base Nacional de Datos de Subvenciones (BNDS).