Plazo no verificadoBDNS 863512
Convocatoria para la solicitud de subvenciones dirigida a personas jubiladas propietarias de un inmueble que constituya su vivenda 2025
LOCAL · CASSÀ DE LA SELVA · AYUNTAMIENTO DE CASSÀ DE LA SELVA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 19:25 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES512 - Girona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 03/11/2025
- Fin de solicitudes
- 14/11/2025
- Registro en BDNS
- 21/10/2025
- Publicación en diario oficial
- 24/10/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. ObjetoEl objeto de estas bases es regular el otorgamiento de subvenciones, por un importe que puede ser el equivalente al 25% de la cuota líquida del impuesto sobre bienes inmuebles y con un límite de 200 €, correspondiente al vivienda habitual, a personas jubiladas que son sujetos pasivos del impuesto, y tienen unos ingresos anuales iguales o inferiores a 1,3 veces el IPREM cuando sólo haya un empadronado o ingresos anuales iguales o inferiores a 2,6 veces el IPREM para cuando hayan dos empadronado. Segundo. BeneficiariosPodrán solicitar la subvención las personas físicas, mayores de 65 años, jubiladas, que son sujetos pasivos del impuesto como propietarios del inmueble, cuando haya una o dos personas empadronadas en la vivienda y siempre que se trate de su vivienda habitual.En caso de dos personas empadronadas, será suficiente que una de ellas tenga más de 65 años y la otra más de 60.La suma total de los ingresos anuales de la unidad familiar debe ser iguales o inferiores a 1,3 veces el IPREM cuando sólo haya un empadronado o ingresos anuales iguales o inferiores a 2,6 veces el IPREM para cuando haya dos empadronado.Se entenderá como vivienda habitual, a los efectos del otorgamiento de la subvención aquí regulada, aquella en la que esté empadronado el beneficiario de la subvención el 1 de enero del año de la cuota a subvencionar.Los solicitantes, en la fecha de devengo de la cuota a subvencionar, deben cumplir los siguientes requisitos:a) Ser titular de la vivienda habitual con un máximo de una plaza de aparcamiento y un trastero incorporados.b) Ni la persona solicitante, ni ninguna persona que viva en la vivienda y esté empadronada, no podrá disponer de otros inmuebles urbanos.c) Que el solicitante, junto con el conjunto de personas empadronadas con él deben tener unos ingresos anuales iguales o inferiores a 1,3 veces el IPREM cuando sólo haya un empadronado o ingresos anuales iguales o inferiores a 2,6 veces el IPREM para cuando haya dos empadronado.En caso de que haya más de dos empadronados en la vivienda no se podrá optar a esta subvención.d) Estar empadronado en la Cassà de la Selva.e) Ser sujeto pasivo del Impuesto sobre los Bienes Inmuebles por su vivienda habitual, en la fecha de devengo de la cuota subvencionada. En este caso, el empadronamiento en el domicilio habitual para el que se solicita la subvención, se deberá prolongar al menos durante el período comprendido entre el 1 de enero de la cuota a subvencionar hasta la fecha de formalización de la solicitud.f) Los solicitantes, en la fecha de presentación de su solicitud, deben estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, el resto de Administraciones Públicas, y con la Seguridad Social. La presentación de declaración responsable sustituirá a la presentación de los certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En esta declaración el solicitante autorizará al ayuntamiento para llevar a cabo las consultas necesarias con las demás administraciones públicas Tercero. Bases reguladorasLa convocatoria se realiza de conformidad con las bases aprobadas por el Pleno, en sesión de fecha el 29 de noviembre de 2018 y publicadas en el BOP número 20, de 29 de enero de 2019. Cuarto. Cuantía1.- El presupuesto máximo que se destinará para la concesión de estas subvenciones objeto de la presente convocatoria será de 8.000 €, compartidos con las subvenciones dirigidas a familias monoparentales que sean propietarias de un inmueble y sea el domicilio habitual.Irá a cargo de la aplicación presupuestaria 501 2310 48005. El importe otorgado en el marco de estas subvenciones para cada solicitante será de como máximo 200 €.2.- No podrán concederse ayudas por encima del crédito presupuestario disponible. En caso de que el número de solicitudes recibidas se derive una cuantía de ayudas superior al crédito disponible, se prorrateará proporcionalmente este crédito entre todas las solicitudes. Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEn la web municipal se publicará el modelo de solicitud normalizado. El plazo de presentación de solicitudes será del 3 de noviembre al 14 de noviembre de 2025, ambos incluidos.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 21/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Decreto de alcaldía de fecha 21 de octubre de 2025 del Ayuntamiento de Cassà de la Selva por el cual se convoca una subvención dirigida a personas jubiladas sobre la cuota líquida del Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente al domicilio habitualPublicado 24/10/2025Convocatoria para la solicitud de subvenciones dirigida a personas jubiladas propietarias de un inmueble que constituya su vivenda 2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.