Plazo no verificadoBDNS 863695
Subvenciones a proyectos de carácter cultural para Benidorm.
LOCAL · BENIDORM · AYUNTAMIENTO DE BENIDORM
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 19:30 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES521 - Alicante / Alacant
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 21/10/2025
- Publicación en diario oficial
- 23/10/2025
Texto oficial de apertura: Día siguiente al de la publicación en el BOP
Texto oficial de cierre: 10 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOP
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Extracto publicado
PRIMERO.- OBJETOLas presentes bases tienen por objeto el fomento de las actividades organizadas por las asociaciones culturales de Benidorm durante el año 2025.SEGUNDO.- BENEFICIARIOSPodrán acogerse a las subvenciones las Asociaciones Culturales de Benidorm que estén legalmente constituidas e inscritas en el registro de asociaciones del ayuntamiento de Benidorm con al menos 1 año de antigüedad a contar desde la fecha de publicación de esta convocatoria en BOP, tengan entre sus fines la realización, fomento o divulgación de actividades culturales en la ciudad y que dispongan de sede social estable, activa y abierta al público en Benidorm.TERCERO.- FINANCIACIÓNLa presente convocatoria cuenta con la cantidad de 8.000 €.CUARTO.- CUANTÍA DE LA AYUDAEl importe máximo por beneficiario, proyecto y convocatoria es de 1.000€.Cada entidad sólo puede presentar una solicitud con un máximo de un proyecto.QUINTO.- RÉGIMEN DE COMPATIBILIDADESEsta subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que su importe, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, no supere el coste de la actividad subvencionada.SEXTO.- GASTOS OBJETO DE SUBVENCIÓNPodrán ser objeto de subvención:-Los gastos corrientes derivados del desarrollo de los proyectos o programas a subvencionar.-Los gastos corrientes correspondientes al normal funcionamiento de la Asociación.-Los alquileres de material necesario para el desarrollo de actividades y los arrendamientos de inmuebles, excluyéndose expresamente, en ambos casos el leasing.SEPTIMO.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓNLa solicitud y la documentación deberán presentarse en el registro general del Ayuntamiento de Benidorm, mediante instancia general, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Benidorm https://sede.benidorm.org/registro-electronico, en el plazo de 10 días naturales a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOP de Alicante.A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:1) Memoria descriptiva y valorada económicamente del proyecto, programa o actividad para la que se solicita la subvención, con el siguiente contenido:- Denominación del proyecto- Objetivos- Ámbito de actuación: destinatarios y nº de beneficiarios- Tipo de actividad (abierta o exclusiva para sus socios)- Breve desarrollo descriptivo de las actividades- Metodología- Medios e Infraestructura- Calendario/Temporalización: las actividades deben desarrollarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.- Presupuesto detallado de gastos del proyecto objeto de la solicitud, indicando la subvención solicitada, los gastos que serán imputados a dicha subvención y los recursos económicos disponibles.2) Programa de acciones y actividades previstas o realizadas en el año 2025 (Anexo I).3) Breve currículum o desarrollo histórico descriptivo del colectivo o asociación.4) Acreditación de la persona firmante de la solicitud.5) Tarjeta de Identificación Fiscal6) Estatutos Vigentes7) Declaración responsable (Anexo II).8) Ficha de Mantenimiento de Tercero, o certificado de titularidad del Banco, en caso de que no conste ya en este Ayuntamiento.OCTAVO- DE LA JUSTIFICACIÓNLas subvenciones se harán efectivas a las entidades beneficiarias previa presentación, dentro del plazo máximo de 10 días naturales desde la notificación de la subvención concedida, de los justificantes de los gastos realizados conforme al objeto de la subvención, de acuerdo con lo establecido en la resolución de concesión.NOVENO.- PUBLICIDADLa presente convocatoria se publicará íntegramente en el sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index), en el Boletín Oficial de la Provincia, y en el tablón de anuncios municipal y en la página web municipal.
Bases y documentación
ANEXO I, II Y IIIPublicado 21/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 21/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 20 de octubre de 2025 en la que se resolvió la aprobación de las Bases Reguladoras para la concesión de Subvenciones a proyectos de carácter cultural para Benidorm.Publicado 23/10/2025Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de SubvencionesInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.