Plazo no verificadoBDNS 863780
CONVOCATORIA DE AYUDAS A ESTUDIANTES CURSO 2024-2025
LOCAL · BENIMODO · AYUNTAMIENTO DE BENIMODO
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 19:31 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 22/10/2025
- Publicación en diario oficial
- 31/10/2025
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a la publicación en el BOP de Valencia
Texto oficial de cierre: 10 días hábiles
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con el que prevén los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual puede consultarse en la Base de datos nacional de subvencionesI.- Objeto de la subvención:Es objeto de esta convocatoria la concesión de ayudas para los estudiantes matriculados el curso 2024/2025, en centros de enseñanza oficial en las siguientes modalidades:• ENSEÑANZA SECUNDARIA OBLIGATORIA (ESO)• FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA (FPB)• EDUCACIÓN ESPECIAL• BACHILLERATO• CICLOS FORMATIVOS (medio y superior)• ESTUDIOS ARTÍSTICOS (medio y superior)• ESTUDIOS PROFESIONALES Y SUPERIORES DE MÚSICA Y DANZA• UNIVERSIDAD• MÁSTERES HABILITANTESII.- Beneficiarios de la subvención:Serán beneficiarios de estas ayudas aquellos/as alumnos/as que cumplan los siguientes requisitos:- Haber sido matriculados en centros de enseñanza oficial durante el curso 2024/2025.- Pertenecer a alguna de las modalidades señaladas en el objeto reseñado anteriormente.- Estar empadronado en Benimodo, junto al resto de los integrantes de la unidad familiar en el municipio de Benimodo en la fecha de la finalización de la presentación de las solicitudes y durante todo el curso escolar para el cual se solicita la ayuda.- No tener trabajo remunerado.- Que la persona solicitante o los progenitores o representantes legales tendrán que cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en la fecha de la finalización de presentación de las solicitudes.La acreditación de estos requisitos se efectuará por medio de la declaración responsable y la autorización integrada en el formulario de solicitud.Quedan excluidos de estas ayudas aquellos estudiantes matriculados en cursillos, cursos de preparación de oposiciones, cursos o pruebas de acceso, etc. y los alumnos del resto de másteres y posgrados.III.- Procedimiento para solicitud de la subvención:Las solicitudes dirigidas al alcalde-presidente de la corporación local se presentarán mediante modelo específico (ANEXO I) a través del registro de entrada del Ayuntamiento de Benimodo o por medios electrónicos (Sede electrónica del Ayuntamiento de Benimodo), dentro del plazo de 10 días, a contar desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de València.Todo esto, sin perjuicio de realizar el registro en cualquier de los lugares señalados a tal efecto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.IV.- La documentación a aportar sería la siguiente:- Modelo específico de solicitud de ayudas (ANEXO I) debidamente rellenado y firmado por interesado en el caso de ser mayor de edad o por sus representantes legales. En caso deseparación, divorcio o cese de la convivencia, la solicitud se firmará por el padre o la madre que tuviera atribuida la guardia y custodia. Cuando la guardia y custodia sea compartida, ambos progenitores tendrán que firmar la solicitud.Si se presentara solicitudes para varios hermanos/as se tiene que formalizar la solicitud para cada uno de ellos, pero la documentación a adjuntar no se tendrá que duplicar, siendo suficiente su aportación en una de ellas.En caso de separación, divorcio o cese de la convivencia: sentencia judicial y/o convenio regulador o documento público donde consto la custodia del menor, salvo que se hubiera presentado en convocatorias anteriores y no existiera ningún cambio o modificación. En las familias monoparentales: título que acredite la condición de familia monoparental.- Acreditación de haber obtenido plaza, expedida por el centro educativo correspondiente.- Fotocopia del DNI del solicitante.- Certificado de empadronamiento de la unidad familiar o autorizar de oficio al Ayuntamiento de Benimodo el cotejo de estos datos.- Fotocopia del n.º de cuenta bancaria donde se tiene que transferir la ayuda o documento expedido por la entidad bancaria donde conste la cuenta donde se desea recibir la transferencia. El titular de la cuenta tiene que ser uno de los progenitores solicitantes mayor de edad.- Cuenta justificativa. Aportación de facturas y otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos establecidos reglamentariamente, que tendrán que estar fechadas entre junio 2024 y mayo de 2025. En ningún caso, se aceptará la justificación de la subvención mediante la presentación de recibos, albaranes, tickets, notas de entrega o similares para justificar los gastos asumidos.V.- Criterios valoración:- ESO, FPB y Educación Especial: 50 euros.- Bachillerato, ciclos formativos, estudios artísticos, estudios profesionales de música y danza: 70 euros.- Estudios superiores de música y danza y universidad: 150 euros.Los solicitantes tendrán acceso a una sola ayuda, aunque se encuentren matriculados en más de una disciplina, y siempre que la justificación de los gastos subvencionables sean superior a la cantidad otorgada.En el supuesto de que el número de solicitudes diera lugar a una cantidad mayor a la consignada presupuestariamente, la cuantía de cada ayuda se distribuirá de manera proporcional según las disponibilidades presupuestarias.VI.- Gastos subvencionables.-Los gastos subvencionables serán las siguientes:1.- Material escolar: el desarrollo de estas materias educativas supone un gasto en material fungible escolar, referido al conjunto de medios que facilitan la enseñanza, quedando excluido en todo caso material deportivo.Con carácter específico, y no excluyente, se encuentra subvencionado el siguiente material:Mochilas, estuches, calculadoras, cuadernos, carpetas, libros de lectura, equipación informática necesaria para el desarrollo de los estudios en el centro educativo (según las indicaciones del centro), material de escritura, dibujo y manualidades.Compatibilidad ayudas:- En cuanto a la Educación Secundaria Obligatoria, los Ciclos Formativos de Grado Básico y la Educación Especial, solo será compatible la ayuda si se destina a material no incluido en el programa de Banco de Libros.- En cuanto al Bachillerato y los Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, enseñanza artística media y superior, enseñanza profesional y superior de música y Danza, Universitario y Máster será compatible teniendo en cuenta las condiciones impuestas por la propia Consellería.2.- Transporte escolar:Dentro de esta línea de subvención, se tendrán en cuenta para la concesión de la ayuda aquellos gastos realizados para transporte escolar que suponga el desplazamiento desde el municipio de Benimodo hasta el centro de enseñanza que corresponda.- En cuanto a la Educación Secundaria Obligatoria, los Ciclos Formativos de Grado Básico y la Educación Especial, solo será compatible la ayuda en el supuesto de que el alumnado no sea beneficiario del servicio de transporte escolar que presta la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte en alguna de sus modalidades, puesto que un mismo alumno no puede ser beneficiario de dos servicios de transporte escolar simultáneamente.- En cuanto al Bachillerato y los Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, enseñanza artística media y superior, enseñanza profesional y superior de música y Danza, Universitario y Máster será compatible siempre que estas enseñanzas no se encuentran incluidas en las ayudas otorgades por la Consellería para el curso 2024-2025.Órgano competente:El órgano competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento será la Alcaldía, a partir del informe elaborado por la comisión evaluadora.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 22/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 22/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA DE AYUDAS A ESTUDIANTES CURSO 2024-2025Publicado 31/10/2025ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONESInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.