BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES OTORGADAS EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A FINANCIAR A EMPRENDEDORES DEL PROGRAMA BENEMPRENDE EN EL MARCO DEL PLAN TERRITORIAL DE FOMENTO DEL MUNICIPIO DE BENAVENTE, ANUALIDAD 2025
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES41 - CASTILLA Y LEON
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
22/10/2025
Publicación en diario oficial
24/10/2025
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a contar a partir del día siguiente publicación de la convocatoria en el B.O.P Zamo
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Beneficiarios.Requisitos para solicitar la subvención:Podrán solicitar las ayudas las sociedades mercantiles, sociedades civiles, comunidades de bienes, entidades económicas sin personalidad jurídica, y asimismo los empresarios individuales (personas físicas) que cumplan los siguientes requisitos:a) Que el inicio de la actividad empresarial o profesional se produzca entre el día 1 de enero de 2025 y el día 30 de junio de 2025 y que estén válidamente constituidos con su correspondiente alta en Hacienda y en la Seguridad Social. b) En el caso de personas físicas, se requiere a el alta en el Régimen especial de la Seguridad Social para trabajadores autónomos (en adelante RETA), mutualidad o colegio profesional correspondiente, estimándose este alta, como fecha de inicio de la actividad.c) En el caso de Sociedades y Entidades sin personalidad jurídica deberá haberse constituido válidamente y cursar alta en la Seguridad Social por parte del empresario individual o del socio administrador de la sociedad. Cuando varios socios ostenten la representación de la empresa se tendrá en cuenta como inicio la primera alta en la seguridad social de la cualquiera de los socios efectivos. Dicha alta será considerada para todas las entidades beneficiarias como el inicio de la actividad empresarial.d) El Centro de trabajo debe estar ubicado en el municipio de Benavente y en caso de no tener local afecto a la actividad económica, el domicilio fiscal debe estar también en el municipio de Benavente.e) Acreditar el gasto mínimo inicial vinculado a la creación de la empresa de 750,00 €, conforme al plan de gastos y financiación contenido en el Anexo II. f) Que no se haya solicitado ni obtenido otra subvención para el mismo concepto de ninguna entidad pública o privada. En todo caso, quedarán excluidos los solicitantes de las ayudas de la Dirección General de Comercio y Consumo de la Junta de Castilla y León, así como de las ayudas concedidas por el Servicio Público de empleo destinadas al fomento y desarrollo de actividad económica o autoempleo, que tenga el mismo objeto o análogas.g) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración tributaria, con la relativas de la tesorería de la seguridad social, mutualidad o colegio profesional y con el Ayuntamiento de Benavente. No será necesario la aportación de estos certificados acreditativos, si el solicitante, no desautoriza expresamente al Ayuntamiento para obtener dichos certificados. Las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Benavente, no requiere autorización previa al realizarse de oficio.No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria:a) En el caso de empresarios individuales, las personas que en los seis meses anteriores a la fecha de alta en el RETA, hayan ejercicio la misma o similar actividad como trabajadores por cuenta ajena. Se considera la misma o similar actividad la coincidencia de los tres primeros dígitos en la clasificación Nacional de actividades económicas. b) Los socios no podrán solicitar esta subvención a título individual.c) Las empresas que procedan de un cambio de denominación o de forma jurídica de una empresa preexistente, así como los traslados de empresas preexistentes.d) Las empresas o entidades dependientes o vinculadas societariamente a administraciones, entes u organismos públicos.e) Las empresas participadas por otra empresa solicitante.f) Aquellas entidades en quienes concurran alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la LGD, entre otras, hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.OBJETOLa finalidad de este programa es la de facilitar y apoyar mediante ayudas económicas proyectos de autoempleo que inicien su actividad entre el 1 de enero de 2025 y el día 30 de junio de 2025, y que, por su viabilidad; contribuyan en términos económicos y/o comerciales al desarrollo del municipio de Benavente, además de que mantengan su actividad en el municipio de Benavente durante al menos dos años desde la resolución de la convocatoria.Actividad subvencionable: Inicio de actividad empresarial y profesional, en el término municipal de Benavente, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el día 30 de junio de 2025.BASES REGULADORAS Por decreto de Alcaldía de fecha 21 de octubre de 2025 se aprobaron las bases reguladoras de la convocatoria destinadas a financiar a emprendedores del Programa BenEmprende en el marco del plan territorial de Fomento del Ayuntamiento de Benavente anualidad 2025. Publicadas en la página web del ayuntamiento. https://www.benavente.es/aytobenavente/ayuntamiento/portal-etransparaencia/economica/CUANTÍALos créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes 43300-47900 EMPRENDEDORES y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 5.000,00 euros.PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDESEl plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora (BOP).