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Plazo no verificadoBDNS 864023

Anuncio concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, para los reconocimientos a los deportistas locales (ejercicio 2025)

LOCAL · ALCANAR · AYUNTAMIENTO DE ALCANAR

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 19:36 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES - ESPAÑA

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
28/10/2025
Fin de solicitudes
15/11/2025
Registro en BDNS
23/10/2025
Publicación en diario oficial
28/10/2025

Texto oficial de apertura: Fecha de publicación del anuncio de convocatoria en el BOPT

Texto oficial de cierre: Finalización período de solicitudes

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

La Junta de Gobierno Local de este ayuntamiento, en sesión de fecha 22/10/2025, aprobó la convocatoria para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, para los reconocimientos a los deportistas locales (ejercicio 2025), de acuerdo con las bases aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 20/08/2025.De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.by 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convoca1.- Objeto, finalidad y período de ejecuciónEl objeto de las presentes bases es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, justificación y cobro de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento a través de la concejalía de Deportes, destinadas a apoyar la práctica deportiva y facilitar la mejora del rendimiento de la mayoría de los/las deportistas, así como optimizar su participación en las competiciones deportivas, así como optimizar su participación en las competiciones deportivas.2.- Requisitos de los beneficiarios/asPodrán solicitar estos reconocimientos los/las deportistas de Alcanar que reúnan, en la fecha de aprobación de las bases los requisitos establecidos en las bases que regulan estas ayudas (anuncio BOPT 27/08/2025).3.- Obligaciones de las personas beneficiariasSon obligaciones de los/las beneficiarios/as de estos reconocimientos las establecidas en las bases reguladoras de estas ayudas (BOPT de fecha 27/08/2025). Su incumplimiento originará las responsabilidades que en cada caso correspondan y la incoación del expediente de reintegro del reconocimiento4.- Crédito presupuestario y cuantía máximaEl importe y porcentaje de los reconocimientos que se otorguen no excederá, en cualquier caso, de 500 euros, y como límite tendrán la consignación presupuestaria fijada. En caso de que los importes acumulados de los/las solicitantes con derecho a reconocimiento supere el crédito disponible, éste se prorrateará.El presupuesto máximo que se destinará este año 2025 para la concesión de las subvenciones reguladas en las presentes bases reguladoras y la aplicación presupuestaria donde se ha propuesto que se consignen estos gastos son los siguientes: 341-4800002 Subvención Deportistas locales 4.000,00 euros.5.- Gastos subvencionablesLos reconocimientos se otorgarán a aquellos solicitantes que obtengan mejor valoración una vez aplicados los criterios objetivos determinados en las bases reguladoras del otorgamiento de estas ayudas.6.- Plazo de resolución, de notificación y régimen de recursos.El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona.La solicitud deberá ser presentada en el registro de la corporación a través de los mecanismos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las administraciones públicas. Las personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente, de acuerdo con lo que dispone la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.El modelo normalizado de solicitud y justificación de subvención, podrá encontrarse en www.alcanar.cat una vez convocada ésta. Dicha documentación deberá presentarse en cualquiera de las lenguas cooficiales de Cataluña, irá debidamente firmada por la persona solicitante y será original o copia debidamente autenticada. La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y aceptación de las normas que la regulan.7.- Órganos competentes para la instrucción y la propuesta de concesiónEl órgano responsable de la instrucción del procedimiento para el otorgamiento de las subvenciones previstas en las presentes bases es la concejalía de Deportes a través de la comisión de valoración.8.- Gastos subvencionablesCon carácter general se considerarán gastos subvencionables todos aquellos gastos corrientes que tengan una relación directa con la actividad o programa subvencionado, cuyos documentos tendrán que ser a nombre del deportista, de acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras de estas ayudas.9.- Plazo de resoluciónEl plazo para el otorgamiento de los reconocimientos será, como máximo, de tres meses a contar desde la fecha de cierre del período de presentación de solicitudes. La falta de resolución en el plazo indicado tendrá efectos desestimatorios.10.- Forma de pago.El pago de los reconocimientos concedidos, se efectuará de una sola vez y previa la presentación, dentro del plazo establecido a tal efecto, de los justificantes que se exigen.11.- Compatibilidad con otras subvenciones. El reconocimiento otorgado será compatible con cualquier otra subvención y/o financiación concedida por otras administraciones o entes públicos o privados por la misma actividad. 12.- ReintegroEstará obligado/a a reintegrar, el/la beneficiario/a que haya percibido reconocimiento falseando las condiciones exigidas o escondiendo aquellas que hubieran impedido su concesión; por incumplimiento total o parcial del objetivo de la actividad o del proyecto; por incumplimiento de la obligación de justificar en los plazos establecidos; por resistencia u obstrucción a las actuaciones de comprobación y control financiero y en los demás supuestos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.13.- Infracciones y sancionesEn materia de infracciones y sanciones se aplicará lo dispuesto en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Título IV del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en el Título IV de la Ordenanza General de Subvenciones.14.- Régimen jurídico supletorioLo que no esté previsto expresamente en estas bases y en la Ordenanza reguladora del Otorgamiento de Subvenciones del Ayuntamiento de Alcanar, será de aplicación lo dispuesto en los artículos 239 a 241 del texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, 118 a 129 del Reglamento, de obras, actividades y servicios de los entes locales de noviembre, General de Subvenciones y en el resto de normativa concordante.15.- Protección de datosInformación bàsica sobre protección de datos (+info)Responsable: Alcaldía del Ayuntamiento de AlcanarDelegado de protección de datos: APDTIC PROFESIONALES SLFinalidad: La gestión de su solicitud de ayuda, y publicación de la concesión de las subvenciones, en cumplimiento de las obligaciones legales impuestas por la normativa subvencional y en materia de transparencia.Legitimación: El cumplimiento de tareas en interés público y/o el ejercicio de poderes públicos y/o el consentimiento del interesado y/o el cumplimiento de una obligación legal y/o el interés legítimo del responsable o interés legítimo de un tercero.Destinatarios/as: Ayuntamiento de Alcanar. Los datos no se cederán a terceros, salvo que sea obligación legal.Derechos: Acceder a los datos, rectificarlos, suprimirlos cuando corresponda, oponerse al tratamiento y solicitar su limitaciónInformación adicional: Puede consultarse la información adicional y detallada sobre protección de datos en nuestra página web:www.alcanar.catContacto: Puede dirigirse al responsable del tratamiento de los datos, con el fin de ejercer los derechos mencionados en el apartado anterior, o bien para obtener más información, a través de los siguientes correos electrónicos:ajuntament@alcanar.cat - dpo@alcanar.catTodo lo que se hace constar para el conocimiento general.

Bases y documentación

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