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Plazo no verificadoBDNS 864192

Orden de 22 de octubre de 2025 , Conv. de ayudas recobidas en las BBRR de 26.06.2024 para Eficiencia energética

AUTONOMICA · ANDALUCÍA · CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 19:40 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAGRAN EMPRESA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES61 - ANDALUCIA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
22/12/2025
Fin de solicitudes
09/01/2026
Registro en BDNS
23/10/2025
Publicación en diario oficial
19/12/2025

Texto oficial de cierre: 10 días hábiles

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BDNS (Identif): 864192 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.Primero. Convocatoria.1. Se convocan para el año 2026 las ayudas que se citan, previstas en la Orden de 26 de junio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo sostenible de la pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican: Líneas de ayudaPartidas presupuestariasCuantía máxima (€)  20252026Ayudas para inversiones a bordo de buques pesqueros, con puerto base en Andalucía, para la promoción de la eficiencia energética y la mitigación del cambio climático, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque.1200120000 G/71P/77300/00 G4110303A6 202400025215.000285.000 Ayudas para inversiones a bordo y en equipos individuales, con el fin de mejorar la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo de las personas tripulantes de buques pesqueros con puerto base en Andalucía y de las personas pescadoras a pie, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque.1200120000 G/71P/77300/00 G4110502A6 202300020550.000150.000TOTAL65.000435.000 Segundo. Beneficiarios.Podrán ser personas o entidades beneficiarias de estas ayudas, las que se relacionan a continuación: 1) Ayudas para inversiones a bordo de buques pesqueros, con puerto base en Andalucía, para la promoción de la eficiencia energética y la mitigación del cambio climático, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque: las personas físicas, las personas jurídicas, así como las comunidades de bienes o sociedades civiles que cumplan los siguientes requisitos: a) Que sean propietarias del buque pesquero para el que solicita la ayuda o que sea armadora de dicho buque, en este último caso siempre que exista acuerdo entre la persona propietaria y la armadora en la que se conceda derecho a la armadora para efectuar inversiones en el buque pesquero. b) Que sean propietarias del buque auxiliar asociado a la almadraba para el que solicita la ayuda y siempre que la almadraba tenga autorización administrativa y haya ejercido la actividad en las campañas en los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda. Este requisito será comprobado de oficio por el órgano gestor mediante las notas de venta. 2)Ayudas para inversiones a bordo y en equipos individuales, con el fin de mejorar la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo de los tripulantes de buques pesqueros con puerto base en Andalucía y de los pescadores a pie, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque: las personas físicas, las personas jurídicas, así como las comunidades de bienes o sociedades civiles que cumplan los siguientes requisitos: a) Que sean propietarias del buque pesquero para el que solicita la ayuda o que sea armadora de dicho buque, en este último caso siempre que exista acuerdo entre la persona propietaria y la armadora en la que se conceda derecho a la armadora para efectuar inversiones en el buque pesquero. b) Que sean propietarias del buque auxiliar asociado a la almadraba para el que solicita la ayuda y siempre que la almadraba tenga autorización administrativa y haya ejercido la actividad en las campañas en los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda. Este requisito será comprobado de oficio por el órgano gestor mediante las notas de venta. c) Personas pescadoras a pie. Tercero. Objeto.El objeto de esta orden es convocar para el año 2026 las ayudas para inversiones a bordo de buques pesqueros, con puerto base en Andalucía, para la promoción de la eficiencia energética y la mitigación del cambio climático, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque y las ayudas para inversiones a bordo y en equipos individuales, con el fin de mejorar la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo de las personas tripulantes de buques pesqueros con puerto base en Andalucía y de las personas pescadoras a pie, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque, previstas en la Orden de 26 de junio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo sostenible de la pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.Cuarto. Bases reguladoras.La presente convocatoria se regirá por la Orden de 26 de junio de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo sostenible de la pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027 (BOJA n.º 127 de 2 de julio, de 2024).Quinto. Cuantía.La dotación de estas líneas de ayuda se expone en el cuadro que se recoge en el apartado primero de este extracto.Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Séptimo. Otros datos.Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la Orden de convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las personas solicitantes en las siguientes direcciones electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía:https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25512.htmlhttps://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25514.html 

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 19/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden de 22 de octubre de 2025, conv. 2025 de las ayudas previstas en la Orden de 26/06/24 de BB.RR para las ayudas destinadas al desarrollo sostenible de la pesca (línea Eficiciencia energética pesca)Publicado 19/12/2025Orden 26 junio 2024, BR competitiva, destinada al desarrollo sostenible en la CA en el marco del Programa Operativo FEMPA 2021-2027