Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 24/10/2025
- Publicación en diario oficial
- 27/10/2025
Texto oficial de apertura: a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP
Texto oficial de cierre: 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Objeto y finalidad. Tiene por objeto la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Clubes Deportivos y Deportistas Individuales dentro del Municipio de Villaquilambre en la Temporada 2024/2025 destinadas a:Fomentar y promocionar del asociacionismo deportivo dentro del Municipio de Villaquilambre.Aumentar el número de Clubes Deportivos y Deportistas Individuales dentro del Municipio de Villaquilambre.Contribuir a una mayor práctica físico-deportiva e incrementar la participación de deportistas del Municipio de Villaquilambre, en las múltiples y variadas modalidades deportivas con el consiguiente desarrollo de hábitos saludables, además de beneficios psicológicos y sociales de la población en general. Bases reguladoras. Las subvenciones objeto de la presente Convocatoria se regirán, además de por lo previsto en las presentes Bases, por lo dispuesto en las BGS y por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Reglamento que la desarrolla, en las bases de ejecución del presupuesto y en las restantes normas de derecho administrativo, aplicándose en su defecto las normas de derecho privado. Aplicación presupuestaria. Las subvenciones se concederán con cargo al Presupuesto para el año 2025, publicado en el BOP nº63, de fecha 01/04/25, con cargo a la partida, partida 2025.341.01.489.10, por un importe total de treinta y cinco mil euros (35.000 €), quedando condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión Beneficiarios. Con carácter general las subvenciones se destinarán a personas o entidades que hayan de realizar la actividad y que se encuentren en situación de legítima concesión, concretándose dichos beneficiarios en la respectiva convocatoria. Podrán obtener la condición de beneficiarios de la presente Convocatoria los Clubes Deportivos y Deportistas Individuales que reúnan que a la fecha de solicitud reúnan, además de las condiciones previstas en los artículos 11 y 13 de la LGS, los siguientes requisitos:Será necesario estar al corriente de las obligaciones pecuniarias de cualquier clase con el Ayuntamiento de Villaquilambre. La acreditación de estar al corriente de las obligaciones con la Entidad Pública corresponderá incorporarla, con base en lo dispuesto en el art. 23.3 de la LGS, a la propia Administración, mediante certificación del Servicio correspondiente. El certificado tendrá un período de validez de doce meses.Estar legalmente constituidas y, en el caso de entidades sujetas a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación, acreditar que han actualizado sus Estatutos o que su adecuación se halla en tramitación.Poseer Código de Identificación Fiscal o en su caso DNI en Deportistas Individuales.Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y al corriente en el pago de cuotas al Régimen correspondiente de la Seguridad Social.Estar empadronados o tener su sede social en el municipio con anterioridad al 31/08/2023, y desarrollen su actividad en o para el municipio de Villaquilambre. Forma y plazo de presentación de las solicitudes. 1.- Conforme a lo regulado en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante Ley del PACAP), las personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, de forma que no se admitirá documentación presentada de manera presencial, salvo que resulte obligatoria la presentación de objetos o documentos en un soporte específico no susceptible de digitalización. Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento o en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley del PACAP. Para ello, se necesita disponer de certificado o DNI electrónico (DNIe) y acceder directamente desde el siguiente enlace rellenando los datos y adjuntando la documentación correspondiente en la convocatoria 2.- El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles (por razones de urgencia en la tramitación, según Bases Generales) contados a partir del siguiente al de la fecha de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, y la solicitud seguirá el modelo establecido en el Anexo I, ya sea el modelo A o B (según corresponda) de la presente convocatoria. El modelo de la solicitud y resto de documentación se facilitarán a través de la sede o página web del Ayuntamiento de Villaquilambre https://www.villaquilambre.es/ debiendo aportar la documentación necesaria especificada en las bases.