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Plazo no verificadoBDNS 864514

CONVOCATORIA PREMIOS III CONCURSO DE COCA DE FIRA DE ONTINYENT

LOCAL · ONTINYENT · AYUNTAMIENTO DE ONTINYENT

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 19:46 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES523 - Valencia / València

Finalidad

Otras Prestaciones económicas

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
24/10/2025
Publicación en diario oficial
04/11/2025

Texto oficial de apertura: AL DIA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN EN EL BOP DE VALENCIA

Texto oficial de cierre: 10 DIAS NATURALES DESPUÉS DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOP DE VALENCIA

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

PRIMERO.- OBJETO Y FINALIDAD 1. El objeto de la presente convocatoria es el de mostrar la riqueza de la gastronomía de Ontinyent a través de una de las tradiciones culinarias de nuestra ciudad ligada a la festividad de “La Fira”, con más de 600 años de historia. 2. Las normas contenidas en las presentes bases constituyen el marco de actuación y régimen jurídico aplicable a la concesión de unos premios que contribuyen a la promoción de nuestras tradiciones culinarias, reflejo de la cultura e historia de Ontinyent, dentro de la actividad de promoción cultural del Ayuntamiento de Ontinyent. Este concurso podrá celebrarse con las colaboraciones de comercios y empresas del sector. SEGUNDO.- BASES REGULADORAS Las bases reguladoras de la convocatoria se aprobaron en Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ontinyent de 23 de octubre de 2025. TERCERO.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES 1. Podrán participar en la presente convocatoria tanto personas jurídicas como personas físicas que desean contribuir a la difusión de la receta de la coca de Fira de Ontinyent. 2. La participación podrá ser a título individual o en representación de una asociación, grupo, etc, para lo cual los grupos serán mínimo de dos y máximo de cuatro personas en cualquiera de las categorías. 3. Únicamente se podrá participar en una de las dos categorías. 4. No podrán obtener la condición de personas beneficiarias las personas en que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. CUARTO.- MODALIDADES 1. Profesional: se podrá acoger a esta categoría cualquier profesional de la hostelería o panadero de la Comunidad Valenciana. Esta modalidad estará dividida en dos tipos de valoraciones: Tradicional: constará únicamente de los ingredientes tradicionales (tocino, alcachofas, longanizas, pebrassos). Innovación y técnicas modernas: al menos tendrá que incorporar 3 ingredientes de la coca de feria tradicional. 2. Amateur: se podrán acoger a esta categoría todas aquellas personas físicas mayores de edad, aficcionadas, que no sean profesionales de la cocina y que estén empadronadas en Ontinyent. En esta modalidad únicamente se aceptarán cocas de feria tradicionales. QUINTO.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA El Concurso se financiará con cargo a la aplicación "51500 33821 48000 CONCURSO COCA DE FIRA DE ONTINYENT" del Presupuesto municipal de 2025 en una cantidad de 1.500,00 €. El resto de premios en especie, consistentes en cheques consumo, serán satisfechos por las entidades colaboradoras Comerç In y AHVAL. SEXTO.- PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESIÓN DEL PREMIO Las solicitudes de participación, que se ajustarán al modelo del Anexo I de la convocatoria, se presentarán en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Ontinyent, o a través de la Sede electrónica, o por cualquier otro medio que esté previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en los plazos de inscripción del apartado 4 posterior. Para poder acceder a la Sede electrónica, la persona solicitante tendrá que disponer de certificado digital de firma electrónica. Las personas jurídicas tienen que presentar las solicitudes obligatoriamente de forma telemática, de acuerdo con lo que dispone el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, utilizando el certificado digital de firma electrónica de la entidad solicitante.   

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 24/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 24/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO CONVOCATORIA PREMIOS III CONCURSO DE COCA DE FIRA DE ONTINYENTPublicado 04/11/2025