encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 865164

Ayuda 2025-2026 DIRECTA a la ENTRADA de vivienda protegida de nueva construcción, según Resolución 15/10/2025, que convoca.

AUTONOMICA · EXTREMADURA · SECRETARÍA GENERAL DE VIVIENDA, ARQUITECTURA, ACCESIBILIDAD Y REGENERACIÓN URBANA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 20:00 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES43 - EXTREMADURA

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
28/10/2025
Publicación en diario oficial
04/11/2025

Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación en DOE

Texto oficial de cierre: Un año desde la publicación en DOE

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó enel Diario Oficial de Extremadura número 212, de fecha 4 de noviembre de2025, EXTRACTO de la convocatoria de las subvenciones del Programa deayuda directa a la entrada, correspondiente a las anualidades 2025-2026.(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).Con fecha 2 de octubre de 2024, se publicó en el DOE número 192 elDecreto 111/2024, de 3 de septiembre, por el que se aprueban las basesreguladoras de las subvenciones del Programa de vivienda protegidaautopromovida, del Programa de ayuda directa a la entrada y del Programade ayudas al promotor de vivienda protegida de nueva construcción y seaprueba la primera convocatoria de dichos programas de subvención.Mediante RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2025, de la Secretaría General,por la que se convocan las subvenciones del Programa de ayuda directa ala entrada, correspondiente a las anualidades 2025-2026, publicado en elDOE Nº 212, de fecha 4 de noviembre de 2025, que en que en su resuelvonoveno establece:“1. A esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 1.372.000,00€, de los que 300.000,00 € se imputarán a la anualidad 2025 y1.072.000,00 € a la anualidad 2026 de los Presupuestos Generales de laComunidad Autónoma de Extremadura, con cargo a la aplicaciónpresupuestaria 160020000 G/261A/78000, código de proyecto de gasto20240536 y fuente de financiación CAG0000001.2. La concesión de subvenciones tendrá, como límite, la cuantía globaldel crédito presupuestario, sin perjuicio de su incremento conforme a laLey 6/2011, de 23 de marzo, en función de las disponibilidadespresupuestarias.Asimismo, de producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y noprocederse a efectuar las modificaciones correspondientes, se procederáa declarar terminado el plazo de vigencia de la convocatoria medianteanuncio de la persona titular de la Secretaría General de la Consejeríade Infraestructuras, Transporte y Vivienda, que será objeto depublicación en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es )y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index ), con laconsiguiente inadmisión de las solicitudes presentadas conposterioridad.”El crédito existente es insuficiente para atender a todas lassolicitudes que se han presentado hasta la fecha.Conforme a lo dispuesto en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 demarzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, elaumento de los créditos en la convocatoria exige la publicación en elDiario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano al quecorresponde la aprobación de la convocatoria, en el que recoja cómoquedarían los créditos totales de la convocatoria, distribuidos porproyectos y aplicaciones presupuestarias.En virtud de cuanto antecede, se procede a publicar un anuncio deampliación de los créditos previstos en el resuelvo 9 de la segundaconvocatoria de las Ayudas directas a la entrada en vivienda protegidanueva, correspondiente a las anualidades 2025-2026, a la que se destinala cantidad máxima de 1.372.000,00€, de los que 300.000,00 € se imputanal ejercicio 2025 y 1.072.000,00 € al ejercicio 2026, con cargo a laaplicación presupuestaria 160020000 G/261A/78000, fondo CAG0000001 yproyecto de gasto 20240536.De manera que las aplicaciones, proyectos y cuantías correspondientes alas ayudas serán los siguientes, quedando el resuelvo 9, de laconvocatoria redactado de la siguiente forma:“A esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 2.232.000,00 €,de los que 1.632.000,00 € al ejercicio 2026, y 600.000,00€ al ejercicio2027, con cargo a la aplicación presupuestaria 160020000 G/261A/78000,fondo CAG0000001 y proyecto de gasto 20240536.”Y el párrafo primero del punto cuarto del EXTRACTO de la convocatoria delas subvenciones del Programa de Ayudas directas a la entrada envivienda protegida nueva, correspondiente a las anualidades 2025-2026,quedaría redactado de la siguiente forma:“1. A esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 2.232.000,00€, de los que 1.632.000,00 € se imputarán a la anualidad 2026 y600.000,00 € se imputarán a la anualidad 2027 de los PresupuestosGenerales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con cargo a laaplicación presupuestaria 160020000 G/261A/78000, código de proyecto degasto 20240536 y fuente de financiación CAG0000001.La subvención se ajustará a las siguientes cuantías:Línea general.— Para actuaciones señaladas en el artículo 23.a) del Decreto 111/2024,de 3 de septiembre: 3.000 €.— Para actuaciones referidas en el artículo 23.b) del Decreto 111/2024,de 3 de septiembre: 6.000 € (para IFP > 2,5 IPREM) y 9.000 € (para IFP =2,5 IPREM).Líneas específicas de protección preferente (artículo 25 del Decreto111/2024, de 3 deseptiembre): 1.000 € adicionales.”La presente ampliación de crédito se encuentra destinada a atender a lassolicitudes presentadas hasta la fecha, pero no impide que lassolicitudes que las viviendas que se adquieran o adjudiquen conposterioridad puedan acceder a las ayudas del programa que sean objetode la siguiente convocatoria.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en elartículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de laComunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de laconvocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de DatosNacional de Subvenciones(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE(http://doe.juntaex.es).Primero. Objeto.Convocatoria de las subvenciones del programa de ayuda directa a laentrada, que tiene por objeto financiar una parte del precio deadquisición o adjudicación de las siguientes tipologías de viviendaprotegida:a) Viviendas protegidas de nueva construcción de régimen general oespecial calificadas definitivamente conforme a Planes autonómicos devivienda anteriores al Plan de Rehabilitación y Vivienda de Extremadura2013-2016.b) Viviendas protegidas de nueva construcción de régimen especialcalificadas provisionalmente conforme al Plan de Rehabilitación yVivienda de Extremadura 2013- 2016, o posteriores, y siempre antes del 1de enero de 2026.Segundo. Personas beneficiarias.Las personas adquirentes o adjudicatarias de las viviendas protegidas denueva construcción referidas en el apartado 2 de la convocatoria debenhaber formalizado un contrato de compraventa o título de adjudicacióndebidamente visado (debe recoger el contenido mínimo exigido en lasbases reguladoras de la subvención -cesión del derecho al cobro de lasubvención, entre otros-, con las salvedades contempladas en estas) queno haya sido elevado a documento público con anterioridad al 15 de juliode 2023. Las personas adquirentes o adjudicatarias y, en su caso, suscónyuges o parejas de hecho inscritas en el Registro de Parejas de Hechode la Comunidad Autónoma de Extremadura o registro equivalente, deberándisponer de unos ingresos anuales superiores a 1 vez el IPREM y que noexcedan de 3,5 veces el IPREM, y no deberán ser propietarias ousufructuarias de alguna vivienda en España; todo ello con lasexenciones y salvedades contempladas en el apartado 2 del ResuelvoTercero de la convocatoria.Tercero. Bases reguladoras.Decreto 111/2024, de 3 de septiembre, por el que se aprueban las basesreguladoras de las subvenciones del Programa de vivienda protegidaautopromovida, del Programa de ayuda directa a la entrada y del Programade ayudas al promotor de vivienda protegida de nueva construcción y seaprueba la primera convocatoria de dichos programas de subvención (DOEn.º 192, de 2 de octubre).Cuarto. Cuantía.1. A esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 1.372.000,00€, de los que 300.000,00 € se imputarán a la anualidad 2025 y1.072.000,00 € a la anualidad 2026 de los Presupuestos Generales de laComunidad Autónoma de Extremadura, con cargo a la aplicaciónpresupuestaria 160020000 G/261A/78000, código de proyecto de gasto20240536 y fuente de financiación CAG0000001.La subvención se ajustará a las siguientes cuantías:Línea general- Para actuaciones señaladas en el artículo 23 a) del Decreto 111/2024,de 3 de septiembre: 3.000 €.- Para actuaciones referidas en el artículo 23 b) del Decreto 111/2024,de 3 de septiembre: 6.000 € (para IFP > 2,5 IPREM) y 9.000 € (para IFP =2,5 IPREM).Líneas específicas de protección preferente (artículo 25 del Decreto111/2024, de 3 de septiembre): 1.000 € adicionales.Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de un año a partirdel día siguiente al de la publicación de la convocatoria; noadmitiéndose a trámite las que se presenten fuera de este plazo.Las solicitudes de la subvención se dirigirán a la Secretaría General deVivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana y se ajustarán al modelonormalizado que figura en el anexo I de la convocatoria, que estarádisponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios ytrámites (https://www.juntaex.es/w/0697924), debiendo presentarse en laforma indicada en el Resuelvo Quinto de la convocatoria.Las personas solicitantes de la subvención deberán aportar, junto con elmodelo normalizado de solicitud, la documentación que se relaciona en elResuelvo Sexto de la convocatoria.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 15/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSModificación del EXTRACTO y Anuncio por el que se da publicidad al incremento del crédito de la segunda convocatoria de las Ayudas directas a la entrada en vivienda protegida nueva, correspondiente a las anualidades 2025- 2026 (RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones del Programa de ayuda directa a la entrada, correspondiente a las anualidades 2025-2026).Publicado 21/10/2026Extracto de la convocatoria de las subvenciones del programa de ayuda directa a la entrada, correspondiente a las anualidades 2025-2026.Publicado 04/11/2025Decreto 111/2024, de 3 de septiembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones del programa de vivienda protegida autopromovida, del programa de ayuda directa a la entrada y del programa de ayudas al promotor de vivi