SUBVENCIONES PARA LA MEJORA DE LAS CONDICIONES DEL INTERIOR DE LAS VIVIENDAS, PLAN RENHATA. CONVOCATORIA 2025
AUTONOMICA · COMUNITAT VALENCIANA · SECRETARÍA AUTONÓMICA DE VIVIENDA
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 12/11/2025
- Fin de solicitudes
- 12/01/2026
- Registro en BDNS
- 28/10/2025
- Publicación en diario oficial
- 11/11/2025
Texto oficial de apertura: DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL DOGV
Texto oficial de cierre: DOS MESES CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL DOGV
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio
Primero. Objeto
Convocar para el ejercicio 2025 las subvenciones reguladas en la Resolución por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la mejora de las condiciones del interior de las viviendas, en el marco del Plan de reforma interior de vivienda, plan Renhata, que serán de aplicación únicamente en esta convocatoria.
Segundo. Criterio de otorgamiento de la subvención
Se trata de una concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva donde las solicitudes presentadas se baremarán de acuerdo con lo dispuesto en la base decimocuarta y para obtener la subvención de sostenibilidad se baremarán de acuerdo con lo dispuesto en la base decimoquinta de la Resolución por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la mejora de las condiciones del interior de las viviendas.
Tercero. Personas beneficiarias
Podrán acogerse a las subvenciones que se convocan las personas físicas contempladas en la base tercera de las bases reguladoras, siempre que cumplan con los requisitos fijados en ellas para la correspondiente subvención convocada.
Cuarto. Bases reguladoras
Las bases reguladoras se contienen en la Resolución de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la mejora de las condiciones del interior de las viviendas, en el marco del Plan de reforma interior de vivienda, plan Renhata y se convocan las subvenciones para el ejercicio 2025.
Quinto. Financiación de las ayudas
1. La financiación de las ayudas reguladas en esta resolución para la presente convocatoria se hará con cargo al capítulo VII mediante la aplicación presupuestaria con centro gestor G01160501GE00000, funcional G.431H00 y elemento PEP (línea) S0501, «Fomento de la Calidad de la Vivienda de la Comunitat Valenciana», de los presupuestos de la Generalitat para 2025.
2. La cuantía total máxima de las ayudas a conceder en la presente convocatoria será inicialmente de 6.000.000 euros correspondiente a la disponibilidad presupuestaria de la línea referida, de fondos propios no condicionados de la Generalitat. Su abono, habida cuenta la diversidad temporal de las actuaciones subvencionables y según lo dispuesto en la base vigésima, se sujetará a una ejecución presupuestaria desarrollada en dos anualidades con la siguiente dotación económica:
- Ejercicio presupuestario 2025: 400.000 euros
- Ejercicio presupuestario 2026: 5.600.000 euros
No obstante si se cumplen alguno de los supuestos previstos en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 77/2019, de 7 de junio, del Consell, de regulación del procedimiento de gestión del presupuesto de la Generalitat, la cuantía total máxima prevista en el párrafo anterior se podrá aumentar con una cuantía adicional de hasta 5.000.000 euros, mediante resolución de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda. Dicha resolución se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana previamente a la resolución de concesión de las ayudas.
3. La efectividad de la cuantía adicional a la que se refiere el apartado 2 queda condicionada a la disponibilidad efectiva del crédito en un momento anterior a la resolución de la concesión de las subvenciones.
Asimismo, ateniéndose a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 77/2019, de 7 de junio, del Consell, de regulación del procedimiento de gestión del presupuesto de la Generalitat, la presente convocatoria prevé que eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibiliten el dictado de una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya aquellas solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito inicialmente habilitado.
Sexto. Plazo y forma de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de la solicitud será de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El incumplimiento del plazo de solicitud determinará automáticamente la exclusión de la convocatoria.
El plazo para solicitar la inscripción como gestor o agente de la rehabilitación en los registros correspondientes creados al efecto será de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Las solicitudes se presentarán conforme a lo establecido en la base decimotercera, sin perjuicio de lo que dispone la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 02/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 02/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de 30 de octubre de 2025, de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la mejora de las condiciones del interior de las viviendas, en el marco del Plan de reforma interior de vivienda, plan Renhata se convocan las subvenciones para el ejercicio 2025.Publicado 11/11/2025SUBVENCIONES PARA LA MEJORA DE LAS CONDICIONES DEL INTERIOR DE LAS VIVIENDAS, PLAN RENHATA. CONVOCATORIA 2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.