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Plazo no verificadoBDNS 865339

Resolución de 26/09/2025, de la concejala delegada de Infraestructuras y Movilidad, por la que se convocan ayudas para el mantenimiento y compensación de gastos de taxis adaptados a personas con movilidad reducida en el ejercicio 2025

LOCAL · CORUÑA, A · AYUNTAMIENTO DE CORUÑA, A

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 20:03 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES111 - A Coruña

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
04/11/2025
Fin de solicitudes
03/12/2025
Registro en BDNS
29/10/2025
Publicación en diario oficial
03/11/2025

Texto oficial de apertura: Al día siguiente al de la publicación del extracto en el BOP

Texto oficial de cierre: Un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Personas beneficiariasPodrán acceder a la condición de beneficiario/a de la subvención las personas y las agrupaciones de personas (físicas y jurídicas), las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, esté válidamente constituida y sea titular de una licencia de taxi adaptado concedida por el Ayuntamiento de A Coruña para el traslado de personas con movilidad reducida o discapacidad. En los casos señalados de las agrupaciones de personas, las comunidades de bienes o las unidades económicas o patrimonios, cada socio y socia, independientemente de su porcentaje de participación en la sociedad, deberá reunir los requisitos.Cuando se trate de agrupaciones sin personalidad jurídica, deberán hacer constar en la solicitud de subvención los compromisos de ejecución que asume cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención que aplicará cada uno/a, pues cada miembro adquiere la condición de beneficiario/a. En cualquier caso, nombrarán a una persona como representante o apoderada de la agrupación, con poderes suficientes para cumplir con las obligaciones que le corresponden a la agrupación como beneficiaria.Tanto los compromisos de ejecución que asume cada miembro de la agrupación, como el importe de la subvención que aplicará cada uno/a, se harán constar en la resolución de concesión.No podrá disolverse la agrupación hasta que transcurra el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley General de Subvenciones.Segundo. FinalidadSubvenciones para aquellas personas que siendo titulares de un taxi adaptado para el traslado de personas con discapacidad, dispongan de una licencia de taxi en el municipio de A Coruña, con el objeto de financiar los gastos de conservación y mantenimiento de los vehículos durante el ejercicio 2025.Tercero. Bases reguladorasEsta convocatoria se regirá íntegramente por las presentes bases, por la Ordenanza Municipal específica de Subvenciones del Servicio de Movilidad Urbana (BOP nº 47, de fecha 2602.2008), por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia; por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, respetando las demás normas de derecho administrativo que le resulten de aplicación y ajustándose, en todo caso, a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación. En la tramitación del gasto derivado de esta convocatoria específica se tendrá en cuenta lo establecido en las bases de ejecución 10ª.2. b) y 11ª del presupuesto municipal en vigor.Asimismo, resulta aplicable la Ley 19/13, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, la Instrucción de Transparencia del Ayuntamiento de A Coruña y la Ordenanza Municipal para la Igualdad en la Diversidad aprobada en el Pleno ordinario de 03.10.2019 (BOP nº 204 de 25.10.2019).Las bases estarán a disposición de las personas interesadas en:- sede electrónica del Ayuntamiento de A Coruña: https://sede.coruna.gal/sede/gl- página WEB del Servicio de Movilidad Urbana: https://www.coruna.gal/movilidad- página WEB del BOP: http://bop.dicoruna.es/bopportal/- Base de Datos Nacional de Subvenciones: http://www.infosubvenciones.esCuarto. ImporteEl importe global de las subvenciones objeto de esta convocatoria específica es de veinticinco mil euros (25.000,00€), gasto imputable a la aplicación presupuestaria 41.4412.47901 denominada “otras subvenciones a empresas privadas” del presupuesto municipal para el ejercicio.Este crédito es el límite del importe de las subvenciones que se pueden conceder.La cuantía establecida podrá incrementarse por resolución del órgano competente, previa tramitación del expediente de modificación de crédito. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 58 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en caso de que este crédito se incremente mediante una modificación presupuestaria, esta cuantía adicional podrá aplicarse a la concesión de subvenciones sin necesidad de una nueva convocatoria.La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito.El importe global se dividirá en partes iguales entre todas las personas solicitantes que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria hasta agotar el crédito existente para esta finalidad, incluidos, en su caso, los importes suplementados a través de modificaciones presupuestarias, y sin que la cuantía concedida a cada una de las beneficiarias pueda superar el importe justificado con las facturas.En caso de que la cantidad asignada mediante este reparto a una o varias personas beneficiarias exceda el límite subvencionable a cada una de ellas, los importes restantes se volverán a dividir a partes iguales entre los/las restantes beneficiarios/as hasta agotar el crédito presupuestario.Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo para presentar las solicitudes será de UN MES, que se computa desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOP de A Coruña. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.Las personas obligadas a relacionarse con las administraciones por medios electrónicos deberán presentar la solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento https://sede.coruna.gal/sede/glLas demás solicitudes podrán presentarse igualmente a través de la sede electrónica o bien de forma presencial en el registro general del Ayuntamiento, o por cualquier otro medio de los regulados en el art.16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Sexto. Otros datosGastos subvencionables:Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indudable respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, se realicen en el período comprendido entre 1 de enero de 2025 y la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP de A Coruña, y se incluyan entre los siguientes:a) Gastos de combustibleb) Gastos de mantenimiento del vehículoc) Gastos de reparación del vehículod) Gastos de seguros del vehículoe) Otros gastos corrientes coincidentes con la naturaleza de esta convocatoriaSe admitirán facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa, acreditativos de los gastos efectuados.Las facturas o documentos justificativos deberán incluir el número de matrícula del taxi adaptado correspondiente.En todo caso, debe acreditarse de manera fidedigna en el correspondiente justificante de gasto que este está directamente relacionado con la actividad o proyecto de que se trate.Se considera gasto realizado el efectivamente pagado entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP de A Coruña.El coste de los gastos subvencionables no podrá superar el valor de mercado.Gastos no subvencionables:No se subvencionarán los gastos que no se ajusten a los conceptos ni a los períodos recogidos en los apartados anteriores, en particular en la base 6.1 de esta convocatoria. No son subvencionables las inversiones en bienes inventariables ni aquellos gastos incompatibles con la naturaleza del crédito presupuestario.En ningún caso serán subvencionables: – Los costes salariales y cuotas de la seguridad social, ni de trabajadores ni de titulares de las licencias– Las provisiones, indemnizaciones o tributos– Los intereses deudores de las cuentas bancarias– Los intereses, recargos y sanciones administrativas o penales– Los gastos de procedimientos judiciales– Los impuestos indirectos, cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, ni los impuestos personales sobre la renta.Forma de pago:El pago de la subvención concedida se realizará previa la justificación de la realización de la actividad o el proyecto para el cual se había otorgado, en los términos previstos en la normativa sobre subvenciones.El pago se realizará mediante ingreso del importe total concedido en la cuenta bancaria reflejada en la solicitud. Compatibilidad con otras ayudas:Esta subvención es compatible con otras ayudas, de entidades públicas o privadas. En ningún caso el importe de la subvención municipal podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con otros ingresos, subvenciones o ayudas, supere el importe justificado como coste de la actividad o proyecto.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 29/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSAprobación de la convocatoriaPublicado 29/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 29/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución 16783 de 26 de septiembre de 2025 de la concejala delegada de Infraestructuras y Movilidad, por la que se convocan ayudas para el mantenimiento y compensación de los gastos de taxis adaptados a las personas con movilidad reducidaPublicado 03/11/2025Ordenanza específica de subvenciones del servicio de Movilidad Urbana del Ayuntamiento de A Coruña (BOP nº 47, de fecha 26 de febrero de 2008)