Resolución de 27 de octubre de 2025, de la Concejala Delegada de Barrios y Atención al Ciudadano, por la que se convocan las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a Federaciones de Asociaciones de Vecinos de la ciudad de Zamora, año 2025
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES419 - Zamora
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
29/10/2025
Publicación en diario oficial
31/10/2025
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la publicación en el B.O.P. de la presente convocatoria
Texto oficial de cierre: Quince días hábiles desde la fecha de publicación
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:Serán beneficiarias las entidades (agrupaciones de asociaciones vecinales (Federaciones) inscritas en el registro municipal de asociaciones del Excmo. Ayuntamiento de Zamora, debiendo tener el domicilio social en Zamora y desarrollar sus actividades dentro del ámbito territorial del municipio, cumpliendo con estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Hacienda Municipal, todo ello en el marco de actividades que desarrollen las federaciones. Segundo. Objeto.El objeto de la convocatoria es la concesión de subvenciones destinadas a Federaciones de Asociaciones de Vecinos para fomentar la participación ciudadana en la ciudad de Zamora, que promueva la dinamización social para que redunde en beneficio de todos los ciudadanos materializándose en la programación de diferentes actividades.La subvención se destinará a financiar los gastos ocasionados por las diversas actividades socioculturales realizadas por las Federaciones Vecinales.Tercero. Bases reguladoras.Aprobadas por acuerdo de Pleno de 30 de marzo de 2017, cuya aprobación definitiva y texto íntegro se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora nº 68, de 21 de junio de 2017.Cuarto. Cuantía.La cuantía máxima destinada a esta convocatoria es de 13.000 € como marca el presupuesto municipal de la Concejalía de Barrios y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Zamora en base a la aplicación presupuestaria 925.03 - 489.21Para determinar la cuantía individualizada de las subvenciones se aplicarán los criterios establecidos en la convocatoria. La cuantía otorgada será una cantidad cierta, y sin referencia a un porcentaje o fracción de coste total. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aislado o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.15 días hábiles desde la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora. Sexto. Otros datos.Documentación a presentar: Junto a la solicitud, las entidades solicitantes deberán presentar:- Documentación relativa a la entidad:La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación: a) Certificado expedido por el Secretario de la entidad, o miembro con capacidad de certificación, con el visto bueno de su Presidente, en el que conste la composición actual de la Junta Directiva u órgano rector ejecutivo, la fecha de elección y la persona acreditada para suscribir esta solicitud, adjuntando copia compulsada de su documento nacional de identidad. b) Documento del/a Secretario/a de la Entidad certificando el número actualizado de asociaciones pertenecientes a la federación inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y con actividad, indicando el número de personas asociadas. c) Fotocopia del CIF de la Entidad Solicitante. d) Certificado de titularidad de la cuenta corriente en que se realizaría el posible importe de la subvención, emitido por la entidad bancaria correspondiente. e) Certificados acreditativos de encontrarse al corriente de obligaciones con la AEAT, con la Seguridad Social y con la Hacienda Municipal. f) Certificados y/o declaraciones responsables de no incurrir en las circunstancias previstas en la Base 2.2 g) Cualquier otro documento que se exija en la convocatoria de las subvenciones.La mera presentación de solicitud de subvención en esta convocatoria supone la plena aceptación de estas bases, y el compromiso de la Entidad solicitante de cumplir las obligaciones y deberes que se desprenden de las mismas.Documentación obrante en poder del Ayuntamiento de Zamora: Para el supuesto de que alguno o algunos de los documentos exigidos ya estuvieran en poder de la Concejalía de Barrios o en cualquier otro Departamento del Ayuntamiento de Zamora, la entidad solicitante podrá acogerse a lo establecido en el artículo 53.1.d) LPAC. Para ello, el solicitante deberá indicar expresa y obligatoriamente el Departamento al que dirigió la documentación, el motivo y la fecha de presentación.En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerir al solicitante su presentación, o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.- Documentación relativa a las actividades, respecto de la que deberán tenerse en cuenta las especificaciones contenidas en la base 4, y que recogerá los siguientes apartados: a) Memoria de las actividades desarrolladas por la Federación para las que se solicita subvención que contenga, al menos, los siguientes puntos: - Justificación y motivación del proyecto o actividades. - Objetivos. - Actividades propuestas. b) Calendario previsto de ejecución. c) Presupuesto detallado de ingresos y gastos de las actividades para el que se solicita la subvención. d) Presupuesto anual de ingresos y gastos de la entidad. e) Declaración responsable del solicitante de que la subvención se destinará a la finalidad para la que se solicita, de la ausencia de prohibiciones para ser beneficiario de la subvención (Ordenanza Municipal de subvenciones (B.O.P. del 15 de marzo de 2.023) y de haber solicitado u obtenido otras subvenciones o ayudas para el mismo proyecto.- Se establecerán unos modelos para la solicitud y documentación que se incluirán en la oportuna convocatoria.- Autorización: Si así se indica por la entidad solicitante, otorgando la correspondiente autorización, desde la Concejalía de Barrios del Ayuntamiento de Zamora se llevarán a cabo todas aquellas actuaciones y consultas a otros Departamentos del Ayuntamiento de Zamora y de otras administraciones públicas relativas a la obtención de datos protegidos por la normativa correspondiente referentes a la situación de empadronamiento, situación fiscal y situación con la Hacienda Municipal y de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a los efectos de la adecuada instrucción del expediente administrativo que se articule con motivo de la oportuna convocatoria.