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Plazo no verificadoBDNS 865694

Orden de 23 de octubre de 2025 Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes, concesión de ayudas a Autoescuelas Región de Murcia para financiar costes asociados obtención permiso de conducir por parte de los jóvenes de la Región de Murcia

AUTONOMICA · REGIÓN DE MURCIA · CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUVENTUD, ACCIÓN EXTERIOR Y EMERGENCIAS

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 20:10 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES62 - REGION DE MURCIA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Fomento del Empleo

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
30/10/2025
Publicación en diario oficial
03/11/2025

Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BORM

Texto oficial de cierre: 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BORM

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero.- Objeto.La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de especial concurrencia, ayudas económicas destinadas a autoescuelas de la Región de Murcia, para financiar los costes asociados a la obtención del permiso de conducir por parte de los jóvenes de la Región de Murcia, durante el año 2025 y se concreta en la distribución del importe de las ayudas por las autoescuelas beneficiaras entre los jóvenes murcianos como últimos beneficiarios, para la realización del examen teórico destinado a  la obtención del permiso de conducir.Segundo .- Bases reguladoras.Las bases reguladoras por la que se rigen estas ayudas se han establecido mediante  Orden de 18 de junio  de 2024, de la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes y (BORM nº 152, de 2 de julio de 2024).Tercero.- Beneficiarios y requisitos.Podrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en esta orden, las autoescuelas que reúnan los siguientes requisitos:a)         Ser una autoescuela que tenga al menos un centro de trabajo abierto al público en la Región de Murcia, acreditándolo de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 a) de la presente convocatoria.b)         Estar inscritas en el Registro de Centros de Formación de Conductores y que cuente con autorización de apertura actualizada, conforme a lo estipulado en el Capítulo III del RD 1295/2003 por el que se aprueba el Reglamento regulador de las escuelas particulares de conductores, acreditándolo de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 a) de la presente convocatoria.c)         No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones o exclusiones recogidas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, acreditándolo mediante declaración responsable conforme al modelo de Anexo I.Cuarto.- Cuantía de la ayuda y reparto de la subvención.La cuantía total de las ayudas no podrá superar la cantidad de QUINIENTOS CATORCE MIL EUROS (514.000,00€), con cargo al crédito de la partida presupuestaria 19.02.00.323A.474.40, proyecto de gasto 53455 “A Autoescuelas Región de Murcia. Carnet de Conducir a Jóvenes”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2025, en virtud de la Ley 3/2025, de 23 de julio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la  Región de Murcia para el ejercicio 2025.Teniendo en cuenta que el crédito disponible de la subvención es de 514.000€ y el importe de las ayudas a conceder por joven es de 200€, el número máximo de ayudas es de 2.570.Si el número de ayudas a conceder a los jóvenes no supera las 2.570, se concederán la totalidad de las mismas. En este caso, el crédito sobrante se distribuirá de manera proporcional a las autoescuelas solicitantes, según el número de jóvenes que presenten en su solicitud, hasta un importe máximo por joven de 400€.En el caso de que el número de ayudas a conceder supere las 2.570, la distribución del crédito disponible se realizará de forma equitativa entre las solicitudes presentadas por las autoescuelas, en proporción al número de jóvenes que presenten en su solicitud, de conformidad con la siguiente fórmula:Ayuda= (Ni/N) × 2.570Donde:            Ni: es el número de jóvenes que presenta la autoescuela.            N: es el total de jóvenes presentados por todas las autoescuelas.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes para obtener las ayudas objeto de esta subvención será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la solicitud electrónica se presentará a través del Registro Electrónico Único accesible en la dirección electrónica https://sede.carm.es mediante formulario electrónico específico disponible en el procedimiento: 4725 – Ayudas a autoescuelas para financiar costes asociados al permiso de conducir de jóvenes de la Región de Murcia.

Bases y documentación

Orden Complementaria Concesión y Pago Autoescuelas 2025Publicado 27/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSOrden Concesión y Pago Autoescuelas 2025Publicado 13/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 30/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden de 23 de octubre de 2025 de la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes, por la que se convocan ayudas a Autoescuelas de la Región de Murcia para financiar costes asociados a la obtención del permiso de conducir por parte de los jóvenes de la Región de MurciaPublicado 03/11/2025Orden de 18 de junio de 2024 de la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a jóvenes para la realización de programas y actividades