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Plazo no verificadoBDNS 867188

Acuerdo de Pleno de fecha 30 de octubre de 2025 aprobando bases y convocatoria ayudas para la adquisición de vacunas no cubiertas por el sistema de salud pública

LOCAL · RAFELCOFER · AYUNTAMIENTO DE RAFELCOFER

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 16:21 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES523 - Valencia / València

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Sanidad

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
17/11/2025
Fin de solicitudes
09/12/2025
Registro en BDNS
06/11/2025
Publicación en diario oficial
17/11/2025

Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPV

Texto oficial de cierre: 15 días siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en le BOPV

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS A CONCEDER POR El AYUNTAMIENTO DE RAFELCOFER PARA La ADQUISICIÓN DE VACUNAS NO CUBIERTAS POR EL SISTEMA DE SALUD PÚBLICA.Artículo 1.- Objeto de la convocatoria.El Ayuntamiento de Rafelcofer convoca ayudas dirigidas a la adquisición de las vacunas no cubiertas por el actual sistema de salud pública, y, en concreto, las referidas al Meningitis ACWY (Nimenrix u otras) y Papiloma humano (Gardasil, Cervarix u otros). La tramitación de las ayudas se realizará por medio de procedimiento de conformidad con el que dispone la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones y en las bases de ejecución del Presupuesto municipal.Artículo 2.- Dotación máxima.La cuantía total de las ayudas a conceder asciende a un máximo de 2.000,00€ (ampliables en función de disponibilidad presupuestaria). Este gasto se financiará con cargo a la partida presupuestaria 312- 48001 del vigente Presupuesto Municipal.Artículo 3.- Dotación individual máxima de las ayudas.Las ayudas consistirán en una cantidad fija equivalente al 50% del coste de la vacuna con un máximo de 50,00 euros por dosis de cada vacuna. La adjudicación de las ayudas se efectuará sin más limitación que la consignación presupuestaria existente.Artículo 4.- Requisitos solicitantes de las becas.-           Podrán solicitar estas ayudas los padres, madres y/o tutores o personas encargadas por razón de tutela o acogida formalizada ante autoridad pública con competencia en materia de protección de menores en el caso de vacunas referidas a la Meningitis ACWY y personas entre los 14 y los 30 años (en el caso del Papiloma humano ) siempre que estén empadronados en el término municipal de Rafelcofer con anterioridad de la presente convocatoria en el BOP.-           Los solicitantes (tanto padre como madre, o, en su caso, solo quien tenga la custodia del menor) tendrán que estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Rafelcofer así como con el resto de Administraciones Públicas en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.Artículo 5.- Criterios para la concesión de las ayudas.En caso de que el importe total número de ayudas supero el importe máximo consignado, las ayudas se adjudicarán por orden de puntuación de conformidad con el baremo siguiente:-      Por renta per cápita igual o inferior a 1.800,00 euros: 3 puntos-      Por renta per cápita comprendida entre 1800,01 euros y 3.600,00 euros: 2 puntos-      Por renta per cápita comprendida entre 3.600,01 euros y 5.000,00 euros: 1 punto-      Por renta per cápita comprendida entre 5.000,01 euros y 7.000,00 euros: 0,5 puntos-      Por situación de familia numerosa de categoría general: 2 puntos-      Por situación de familia numerosa de categoría especial: 3 puntos-      Por situación de discapacidad (por cada miembro de la unidad familiar afectado): 2 puntos-      Los niños y niñas que estén siguiendo un proceso de intervención social en los Servicios sociales municipales: 3 puntos-      Familias y/o menores en situación de riesgo social (discapacitado, progenitores que suponen riesgo, adicciones, maltrato, etc.), con un informe previo social: 6 puntos. En caso de duda, para la valoración de los aspectos sociales, se realizará visita domiciliaria.-      Situación laboral de los progenitores:- Los 2 progenitores están en la desocupación y no reciben ningún tipo de prestación económica: 4 puntos- Familias monoparentales en desocupación y no reciben ningún tipo de prestación económica: 4 puntos- Los 2 progenitores están en la desocupación y uno de ellos no recibe ningún tipo de prestación económica: 3 puntos- Los 2 progenitores están en la desocupación y ambos reciben algún tipo de prestación económica: 2 puntos- Familias monoparentales en desocupación y que reciben algún tipo de prestación económica: 2 puntos- Solo 1 progenitor está en la desocupación y no recibe ningún tipo de prestación económica: 1 punto- Solo 1 progenitor está en la desocupación y recibe algún tipo de prestación económica: 0,5 puntosEn caso de empate tendrían preferencia para la adjudicación de las ayudas a los solicitantes que se encuentran en alguna de las siguientes situaciones, establecidas por orden de prioridad:- Pertenecer a una familia en que algún miembro esté afectado de incapacitación legalmente reconocida o pertenecer a una familia en que el padre, la madre o el tutor estén en desocupación o sean pensionistas.Artículo 6.- Forma y plazo de presentación de las solicitudes.6.1. Las solicitudes tendrán que presentarse dentro de los 15 días siguientes de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPV conforme al modelo que figura en el anexo de esta convocatoria.Se dirigirá al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentará en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquier de los medios admitidos por el arte. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.6.2. A la solicitud habrá que adjuntar:a)         Fotocopia del NIF/DNI de los solicitantes así como del Libro de Familia.b)         Fotocopia del SIP del menor.c)         Ficha de tercero debidamente autorizada por la entidad financiera en que se procederá a formalizar el ingreso de las ayudas, fotocopia de la 1.ª hoja de la libreta bancaria o certificado bancario del padre/madre/tutor donde deseo que, en su caso, sea ingresada la ayuda.d)        Certificado de empadronamiento o autorización en el Ayuntamiento para su comprobación.e)         Fotocopia compulsada de la factura de la adquisición de las vacunas. Se admitirán las facturas en fecha entre el 10 de noviembre de 2024 y 10 de noviembre de 2025.f)         Modelo 100. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ejercicio 2024 (IRPF)g)         En su caso, el resto de documentación que se especifica en el artículo 5 de las presentas bases.6.3. Una vez recogidas las solicitudes se comprobará si reúnen todos los requisitos exigibles y se confeccionará una lista provisional de solicitudes admitidas que reúnen las condiciones y otra de solicitudes a enmendar errores o a aportar documentación, que serán expuestas en el Tablón de edictos del Ayuntamiento y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento (https://rafelcofer.sedelectronica.es/info.0 ). Las personas interesadas, a la vista de las listas provisionales podrán enmendar las solicitudes o presentar la documentación necesaria, en el plazo de 5 días hábiles, a contar del día siguiente a la fecha de exposición pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, con indicación que, en caso de incumplimiento, se tendrá por desistido en su petición, archivándose esta previa resolución que así lo declaro. En caso no haber errores a enmendar en las solicitudes se publicará directamente la resolución de concesión de ayudas previa la valoración prevista en el artículo siguiente.Artículo 7.- Procedimiento de adjudicación.7.1. Previa valoración por el personal del Ayuntamiento en el supuesto de que sea necesaria, el Alcalde Presidente, como órgano competente, procederá a resolver el procedimiento adjudicando y denegando las ayudas.7.2. La lista definitiva de los beneficiarios tendrá que ser expuesta en el Tablón de edictos del Ayuntamiento y en la sede electrónica de la página web oficial del Ayuntamiento (w ww.rafelcofer.es), sin perjuicio del cumplimiento de las normas que al respecto de publicidad prevé la Ley General de Subvenciones y sus disposiciones de despliegue.7.3. El acuerdo que adopto el Alcalde Presidente será impugnable en la forma y de acuerdo con los recursos que prevé la legislación sobre Régimen Local.Artículo 8.- Plazos del procedimiento.8.1. El plazo máximo para resolver la adjudicación de las ayudas será de tres meses, contadores desde el siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.8.2. Si transcurrido el plazo máximo del procedimiento no se ha dictado una resolución exprés ni esta se ha notificado y publicado, los solicitantes podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo, sin perjuicio que el ayuntamiento tenga que resolver de forma exprés.Artículo 9.- Procedimiento de pago de las ayudasEl procedimiento de pago de las ayudas previstas en estas bases se realizará a través de una transferencia por el importe de la ayuda a la cuenta corriente indicadaDISPOSICIÓN TRANSITORIA.La presentación de solicitudes se producirá desde el día siguiente a la publicación de estas bases en el Tablón de edictos del Ayuntamiento y en la sede electrónica de la página web oficial del Ayuntamiento (www.rafelcofer.es). DISPOSICIÓN FINAL.Estas bases específicas de ayudas municipales entrarán en vigor el día que se publican en el BOP. VER ANEXO 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 09/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSBASES AYUDAS VACUNACIÓN ESPAÑOLPublicado 09/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO SOLICITUDPublicado 06/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria de subvenciones para la adquisición de vacunas no cubiertas por el sistema de salud públicaPublicado 17/11/2025Bases y convocatoria de subvención en materia de adquisición vacunas no cubiertas en el sistema de salud pública 2025