Orden de 6 de noviembre de 2025, por la que se establece la convocatoria de las ayudas al control lechero en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2026, al amparo de la normativa que se cita
AUTONOMICA · ANDALUCÍA · CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES61 - ANDALUCIA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Agricultura, Pesca y Alimentación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
20/11/2025
Fin de solicitudes
29/11/2025
Registro en BDNS
07/11/2025
Publicación en diario oficial
19/11/2025
Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación en BOJA del extracto
Texto oficial de cierre: 10 días naturales
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS:De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA.Primero. Convocatoria.Se convocan en régimen de concurrencia competitiva para el año 2026, las ayudas destinadas a las actividades del control lechero en la Comunidad Autónoma de Andalucía, previstas en el Capitulo VI del Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, por el que se regula el control del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies bobina, ovina y caprina, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al control de rendimiento lechero y se modifican diversos reales decretos en materia agraria, en la cuantía total máxima de 278.382 euros (doscientos setenta y ocho mil trescientos ochenta y dos euros), con arreglo a los créditos presupuestarios:PARTIDAANUALIDADIMPORTE (euros)1200180000G/71B/78207/00S0602 20070030232026139.191,001200010000 G/71B/78207/00 01 20200000542027139.191,00Segundo. Personas beneficiarias.De acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 del Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, podrán solicitar las ayudas las entidades de control lechero o en su caso, las asociaciones u organizaciones de criadores que cumplan los requisitos establecidos en el citado articulo.Asimismo, estas ayudas podrán otorgarse a entidades públicas sujetas a Derecho Administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 22.2 del citado Real Decreto 663/2023, de 18 de julio.Tercero. Objeto.La finalidad es la evaluación genética de los reproductores a través de los esquemas de selección aprobados para las diferentes razas de las especies bovina, ovina y caprina.Cuarto. Bases reguladoras.Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, y la Orden por la que se establece la convocatoria de las ayudas al control lechero en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2026, al amparo de lo previsto en el Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, que se cita.Quinto. Cuantía.La cuantía total máxima es de 278.382 euros (doscientos setenta y ocho mil trescientos ochenta y dos euros), si bien la cuantía de la ayuda y sus límites se ajustarán a lo establecido en el Anexo I del Real Decreto 663/2023, de 18 de julio. Así, el importe máximo de la subvención por cada lactación finalizada y validada será el siguiente:Bovino: 10 euros.Ovino: 5 euros.Caprino: 5 euros.Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales, a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.Séptimo. Otros datos.Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios estarán a disposición de las personas solicitantes en la dirección: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25453Sevilla, de 2025.-El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, P.D.F. (disposición adicional tercera de la Orden 21.11.2022), la Viceconsejera , Consolación Vera Sánchez.