Plazo no verificadoBDNS 867861
Orden de 10 de noviembre 2025 del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de acreditaciones y subvenciones a las Unidades de Excelencia en Investigación y las Unidades de Invest
AUTONOMICA · ANDALUCÍA · CONSEJERÍA DE UNIVERSIDAD, INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 16:36 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES61 - ANDALUCIA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Investigación, desarrollo e innovación
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 24/11/2025
- Fin de solicitudes
- 16/12/2025
- Registro en BDNS
- 11/11/2025
- Publicación en diario oficial
- 11/11/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS: XXXXXXDe conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans), y en el presente BOJA.Primero. Convocatoria.Se convoca para el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia competitiva, la acreditación y concesión de subvenciones destinadas a las "Unidades de Excelencia en Investigación" y las "Unidades de Investigación Competitiva" del Sistema Andaluz del Conocimiento. El objeto de las subvenciones es el desarrollo del Programa estratégico de la Unidad, que ha de consistir en la realización de proyectos y/o actuaciones de investigación aplicada, conforme a la definición incluida en el Manual de Frascati.En todo caso el Programa Estratégico ha de estar vinculado a la estructura de especialización de la Estrategia de Especialización Inteligente, entornos de especialización inteligente (en adelante EEI) y ejes de apoyo transversal (en adelante EAT), esto es, sectores o cadenas de valor sectorial, en las que Andalucía dispone de un potencial diferencial de desarrollo, ya sea por disponibilidad de recursos materiales, de recursos humanos o por su tejido empresarial y actividades de investigación e innovación que contribuyan a la especialización y sostenibilidad del ecosistema de innovación de Andalucía y atiendan a los principios generales que marcan los Objetivos de Desarrollo Sostenible, configurándose como elementos que traccionan para avanzar hacia una sociedad más innovadora e igualitaria.Segundo. Entidades beneficiarias.1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de las bases reguladoras, podrán solicitar la acreditación y las subvenciones los siguientes Agentes del Conocimiento:1º Universidades andaluzas.2º Organismos Públicos de Investigación.3º Centros, Institutos o Fundaciones de Investigación y/o Innovación.2. No podrán participar en esta convocatoria, además de las unidades previstas en el artículo 5.2 de las bases reguladoras, aquellos centros, institutos o fundaciones de investigación y/o innovación que reciban anualmente una subvención o aportación de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación superior a 100.000 € destinada a financiar los gastos de funcionamiento.3. Los Organismos Públicos de Investigación únicamente podrán participar en la convocatoria si cuentan con una unidad con sede en Andalucía en la que participe una universidad andaluza.Tercero. Objeto.De acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de las bases reguladoras, el objeto de las subvenciones es el desarrollo de un Programa estratégico de investigación de la unidad con el fin de impulsar la calidad, la relevancia y el impacto internacional de la investigación realizada en Andalucía y potenciar el fortalecimiento de las estructuras que desarrollan investigación excelente en nuestra comunidad autónoma, así como su efecto tractor sobre el conjunto del Sistema Andaluz del Conocimiento. Dicho objeto se materializa mediante el reconocimiento de las unidades de investigación, a través de un proceso competitivo basado en estándares internacionales, que conlleva la financiación de las actuaciones de investigación incluidas en sus programas estratégicos de investigación.Cuarto. Bases reguladoras.La presente convocatoria se regirá, en todo aquello que no esté previsto en la presente disposición por los dispuesto en Orden del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación de xx de octubre de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de acreditaciones y subvenciones a las Unidades de Excelencia en Investigación y las Unidades de Investigación Competitiva del Sistema Andaluz del Conocimiento y se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2025.Quinto. Financiación y cuantía de las subvenciones1. El importe total disponible para la presente convocatoria es de 27.000.000 euros. Las subvenciones se financiarán con cargo al Servicio 17 del programa presupuestario 54A y a las partidas presupuestarias siguientes:PARTIDA PRESUPUESTARIA: 1500170000 G/54A/70200/00 A411AA12N2 2025000237DENOMINACIÓN: AYUDAS PROYECTOS EXCELENCIA CENTROS PÚBLICOSANUALIDAD 2026: 2.400.000 eurosANUALIDAD 2028: 2.400.000 eurosPARTIDA PRESUPUESTARIA:1500170000 G/54A/74100/00 A411AA12N2 2025000238DENOMINACIÓN: AYUDAS PROYECTOS EXCELENCIA I+D+I UNIVERSIDADES ANDALUZASANUALIDAD 2026: 10.350.000 eurosANUALIDAD 2028: 10.350.000 eurosPARTIDA PRESUPUESTARIA: 1500170000 G/54A/78200/00 A411AA12N2 2025000241DENOMINACIÓN:: AYUDAS PROYECTOS EXCELENCIA OTROS CENTROSANUALIDAD 2026: 750.000 eurosANUALIDAD 2028: 750.000 euros2. En la financiación de estas subvenciones participa la Unión Europea, a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER en un 85%, mediante el Programa Andalucía FEDER 2021-2027.Sexto. Conceptos subvencionables.1. Los gastos subvencionables para esta convocatoria son los indicados en el artículo 8.3 de las bases reguladoras.2. El periodo dentro del cual deben realizarse los gastos subvencionables de la presente convocatoria abarca desde la fecha de publicación en BOJA de la convocatoria hasta la fecha fin del plazo máximo de ejecución del Programa estratégico de la unidad, que para esta convocatoria, será de 3 años a contar desde la fecha que se establezca en la resolución de concesión.3. Los costes indirectos se subvencionarán en base a un tipo fijo de 7% de los costes directos subvencionables de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.4 de las bases reguladoras.Séptimo. Cuantía de las subvenciones.La cuantía máxima de la subvención para el desarrollo del Programa Estratégico es de 1.500.000 euros para las unidades acreditadas como "Unidades de Excelencia en Investigación" y de 1.200.000 euros para las acreditadas como "Unidades de Investigación Competitiva".Octavo. Presentación de solicitudes1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de las bases reguladoras, las solicitudes, que irán dirigirán al órgano competente para resolver, se presentarán exclusivamente de forma telemática, en la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía creada mediante la Orden de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, de 25 de abril de 2022, a través del acceso disponible en la siguiente dirección electrónica (enlace al RPS):https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25849.html .2. Las solicitudes deberán presentarse desde 24 de noviembre de 2025 hasta 16 de diciembre de 2025. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido, resolviéndose la inadmisión de las mismas.3. Las solicitudes se presentarán, de conformidad con los modelos de formulario de solicitud que se incluyen como Anexos de la convocatoria, en la siguiente dirección electrónica: https://ws287.juntadeandalucia.es/oficinavirtual/#/.4. Conforme a lo dispuesto en el artículo 18.8 de las bases reguladoras, cada entidad podrá presentar un máximo de cinco solicitudes.5. Según lo dispuesto en el artículo 7.3 de las bases reguladoras se podrán conceder un máximo de cinco subvenciones por entidad solicitante.Séptimo. Otros datos.El formulario de la solicitud (Anexo I) y el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentación (Anexo II) se encuentra publicados en el BOJA junto con la convocatoria.El acceso a las solicitudes para su presentación, la normativa de aplicación y demás datos necesarios que afectan a la presente convocatoria, se encuentran disponibles en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección:https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25849.html
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 13/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la convocatoria para el año 2025 de la Orden de 10 de noviembre de 2025, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de acreditaciones y subvenciones a las Unidades dePublicado 11/11/2025Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de acreditacionesy subvencionesa las unidades de excelencia en investigación y unidades de investigación competitiva del sistema andaluz de conocimiento y se aprueba convocatoria 2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.