ACUERDO PLENARIO ADOPTADO EN SESIÓN ORDINARIA EL 30/10/2025 APROBANDO LAS BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA PARA LA DISTRIBUCIÓN DE SUBVENCIONES, COFINANCIADAS POR LA JUNTA DE ANDALUCÍA, DESTINADAS A PROYECTOS DE OBRAS Y SERVICIOS AFECTADOS EN PFEA 2025.
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE SEVILLA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES618 - Sevilla
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
Inicio de solicitudes
13/11/2025
Fin de solicitudes
31/01/2026
Registro en BDNS
11/11/2025
Publicación en diario oficial
13/11/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero: Beneficiarios.Entidades Locales beneficiarias de subvenciones del Programa de Fomento de Empleo Agrario 2025, excluida la Diputación de Sevilla.Segundo: Finalidad.Regular la concertación financiera entre la Junta de Andalucía y la Diputación para la cofinanciación de los materiales de las obras y servicios PFEA 2025, como complemento de la financiación previa concedida por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para cubrir los costes salariales y cotizaciones empresariales de estas actuaciones.Tercero: Bases Específicas.Las Bases Específicas para la distribución de subvenciones, cofinanciadas por la Junta de Andalucía, a proyectos de obras y servicios afectados en el Programa de Fomento de Empleo Agrario 2025 se encuentran publicadas en la sede electrónica de la Diputación de Sevilla y su extracto será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia desde esta BDNS.Cuarto: Importe.El presupuesto global para la convocatoria 2025 asciende a 19.209.166,24 euros, habiéndose previsto en las aplicaciones presupuestarias 3105.24106.76203, 3105.24106.76303, 3105.24106.76703 y 3105.24106.76803 del vigente ejercicio 2025 la cantidad de 11.525.499,77 euros, integrándose en el presupuesto de 2026 los fondos restantes, 7.683.666,47 euros.Podrá ampliarse dicho presupuesto global tras la aprobación de la convocatoria complementaria de subvenciones por parte de la Junta de Andalucía tras el correlativo incremento de la subvención INEM-CORPORACIONES LOCALES 2025 aprobado por el SEPE para los gastos de mano de obra.La cantidad a subvencionar por cada proyecto de obra o servicio estará sujeta a los siguientes límites:a. El 45% de la aportación del SEPE en los proyectos de obras.b. El 10% de la aportación del SEPE en los proyectos de servicios.No obstante, de ser varios los proyectos que se afecten a una Entidad Local, los proyectos de obras podrán superar el porcentaje establecido, en base a otros proyectos de la misma Entidad que no alcancen dicho porcentaje y siempre que la suma de las subvenciones de todos los proyectos de la Entidad no sobrepase la cuantía resultante de aplicar globalmente un máximo del 45% sobre las aportaciones del SEPE para la totalidad de las actuaciones de esa Entidad.Si se produjera una disminución de la cantidad que aporte el SEPE, las cantidades resultantes de esos porcentajes se verán automáticamente reducidas en la misma proporción, dando lugar a minoraciones de la subvención de materiales.Quinto: Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde la publicación del extracto de la convocatoria remitida a la Base de Datos Nacional de Subvenciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla hasta el 31 de enero de 2026.Sexto: Otros.Las solicitudes seguirán el modelo establecido como Anexo I de las mencionadas Bases Específicas, debiendo ir acompañada de los documentos descritos en la Base nº 10.