encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 869657

Convocatoria de tramitación anticipada de subvenciones de la Diputación Provincial de Huelva para la realización de actuaciones de personas jurídicas sin ánimo de lucro en materia de Igualdad de género y contra la violencia de género. Año 2026.

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE HUELVA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUELVA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 17:21 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES615 - Huelva

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
21/11/2025
Fin de solicitudes
15/12/2025
Registro en BDNS
19/11/2025
Publicación en diario oficial
21/11/2025

Texto oficial de apertura: Al día siguiente de su publicación

Texto oficial de cierre: Quince días hábiles después

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Extracto de la Convocatoria de tramitación anticipada de subvenciones de la Diputación Provincial de Huelva para la realización de actuaciones de personas jurídicas sin ánimo de lucro en materia de Igualdad de género y contra la violencia de género. Año 2026, aprobada por resolución de la Presidencia de la Diputación de Huelva, n.º 3613/2025 de fecha 18 de noviembre.Puede consultarse información de la convocatoria y descargarse el anexo en la página:https://s2.diphuelva.es/somostransparentes2/contenidos/12699_convocatoria-igualdad-y-violencia-de-genero-20261. Objeto.     1. Es objeto de la presente convocatoria la regulación del procedimiento de concesión de subvenciones del Departamento de Igualdad y Familias, mediante concurrencia competitiva, para la financiación de actuaciones en materia de igualdad de género y contra la violencia de género en la provincia de Huelva, conforme a las competencias legalmente atribuidas a la Diputación Provincial, llevadas a cabo por Personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro, con domicilio social en la provincia de Huelva.     2. Serán objeto de subvención las actividades y proyectos que estén dirigidos a:          a) Fomentar la toma de conciencia sobre la igualdad de mujeres y hombres.          b) Fomentar la superación de estereotipos y roles de género.          c) Fomentar el empoderamiento de las mujeres, en especial el de las mujeres del ámbito rural.          d) Realizar actuaciones y proyectos para la información, sensibilización, prevención y actuación frente a la violencia contra las mujeres.          e) Actuaciones encaminadas a visibilizar y valorar la participación de las mujeres en diferentes ámbitos.          f) Promover actuaciones dirigidas a fomentar el emprendimiento femenino.          g) Fomentar actuaciones dirigidas a la incorporación de las mujeres a las TIC’s.          h) Fomentar actuaciones para luchar contra el abandono de las mujeres jóvenes de las zonas rurales.          i) Fomentar la presencia de las niñas y mujeres en la práctica deportiva.          j) Promover actividades dirigidas al conocimiento y la recuperación de los oficios tradicionales realizados por mujeres.     3. No serán objeto de subvención:          a) Los proyectos que no cuenten con una clara perspectiva de igualdad entre mujeres y hombres.          b) Los gastos derivados de actividades como excursiones, visitas culturales, convivencias, fiestas, comidas, etc.         c) Los gastos de inversiones, infraestructuras, reformas, inventariables, de mantenimiento y/o gastos tales como alquileres, luz, agua y teléfono.(Ver más en apartado 1 de la convocatoria).2. Régimen jurídico.      Ordenanza general de subvenciones de la Diputación Provincial de Huelva. (Boletín Oficial de la Provincia de Huelva nº 136 de 18 de julio de 2016).     (Ver más en apartado 2 de la convocatoria).3. Personas beneficiarias.     1. La presente convocatoria contempla como beneficiarias a las Personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro:           1º Asociaciones que contemplen en sus fines, y quede recogido en sus estatutos, la igualdad entre mujeres y hombres y cuyo proyecto tenga impacto en municipios con población menor de 20.000 habitantes, o          2º Federaciones de asociaciones anteriormente citadas de los municipios de la provincia de Huelva, cuyo proyecto tenga impacto en las asociaciones y municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia.     En ambos casos, deberán tener domicilio social en la provincia de Huelva.     2. Una misma persona jurídica solicitante sólo podrá recibir ayuda para un único proyecto.     (Ver más en apartado 3 de la convocatoria).4. Ámbito temporal de las actividades.     1. Las personas jurídicas solicitantes podrán presentar, en el marco de esta convocatoria, proyectos de actividades que se inicien o se hayan iniciado desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026.     2. No serán subvencionados/as aquellos/as proyectos/actividades que se inicien y/o se desarrollen fuera de este período.5. Presupuesto total y aplicación presupuestaria.     1. El presupuesto máximo disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria es de OCHENTA Y CINCO MIL EUROS (85.000,00 €) que se imputarán al presupuesto del ejercicio 2026, dentro de la unidad orgánica donde se encuentra el servicio de Igualdad y Familias, atendiendo a la posibilidad que contempla el artículo 56 del Reglamento 887/2006, de 21 de julio, de la Ley General de Subvenciones y en relación con el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, sobre tramitación anticipada, quedando condicionada a la efectiva aprobación de los Presupuestos de la Diputación de Huelva para el año 2025, y a la inclusión en los mismos de una partida denominada “Subvenciones a Asociaciones”, con el importe indicado.     2.Este presupuesto tendrá carácter estimado, quedando condicionada la convocatoria a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la Resolución de concesión.6. Cuantía y abono.     1. El importe a conceder a cada uno de los proyectos subvencionados se determinará en relación a los puntos asignados conforme a los criterios de valoración de la presente convocatoria. En ningún caso este importe podrá ser superior a la cuantía solicitada, ni podrá exceder del coste total del proyecto o actividad subvencionada.     2. El importe máximo de la ayuda por solicitud será de 4.000,00 €.     3. La ayuda concedida podrá abonarse con carácter anticipado, una vez aprobada la Resolución de concesión, mediante transferencia bancaria.     Se abonará, siempre que la persona jurídica haya justificado la necesidad transitoria inmediata de liquidez para llevar a término la ejecución de la actividad/proyecto subvencionado, un primer pago anticipado por importe del 90% de la cantidad subvencionada.     El trámite del pago del 10% restante, se iniciará una vez compruebe el órgano instructor que la justificación del proyecto presentado por la persona beneficiaria es conforme a la resolución de concesión, a lo establecido en la presente convocatoria así como al resto de la legislación aplicable y con posterioridad al correspondiente informe favorable de fiscalización emitido por la Intervención de la Diputación Provincial de Huelva.     (Ver más en apartado 6 de la convocatoria).7. Procedimiento de selección.     Se establece un procedimiento de selección que se realizará en régimen de concurrencia competitiva según lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley General de Subvenciones.8. Presentación de solicitudes y plazos.      1. El plazo de presentación de solicitudes para la presente convocatoria se iniciará al día siguiente de la publicación del extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, expirando 15 días hábiles después.     2. No se admitirá ninguna solicitud con fecha anterior ni posterior a la del plazo señalado en esta convocatoria.     3. Las solicitudes (Anexo I) se presentarán, acompañadas de la documentación específica, necesariamente a través del catálogo de servicios de la sede electrónica de la Diputación en la dirección (https://sede.diphuelva.es), cumplimentando la información requerida para ese procedimiento.     Una vez seleccionado el icono de Subvenciones, podrá elegir esta convocatoria debiendo rellenar la información requerida para este procedimiento, acompañándose de la documentación específica solicitada. La presentación de la solicitud requerirá el acceso mediante sistema de identificación digital (Cl@ve o certificado digital).     Los documentos que se incorporen deberán estar en formato PDF, conforme a los requisitos técnicos establecidos.(Ver más en apartado 10 de la convocatoria).    

Bases y documentación

Anexo VII. Formulario de autorización-verificación de datosPublicado 19/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSRESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE TRAMITACIÓN ANTICIPADA DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUELVA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DE PERSONAS JURÍDICAS SIN ÁNIMO DE LUCRO EN MATERIA DE IGUALDAD DE GÉNERO Y CONTRA LA VIOLEPublicado 19/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 19/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria de tramitación anticipada de subvenciones de la Diputación Provincial de Huelva para la realización de actuaciones de personas jurídicas sin ánimo de lucro en materia de Igualdad de género y contra la violencia de género. Año 2026Publicado 21/11/2025Ordenanza General de subvenciones de la Diputación Provincial de Huelva. (Boletín Oficial de la Provincia de Huelva nº 136 de 18 de julio de 2016)