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Plazo no verificadoBDNS 870593

SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA ENTRE LOS TITULARES DE LICENCIAS DE AUTOTAXI DEL AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA PARA LA INSTALACIÓN DE ESCALÓN Y AGARRADOR/ES EN ARAS DE GARANTIZAR LA ACCESIBILIDAD DE LOS USUARIOS DEL TAXI

LOCAL · CARTAGENA · AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 17:40 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES62 - REGION DE MURCIA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras Prestaciones económicas

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
24/11/2025
Publicación en diario oficial
28/11/2025

Texto oficial de apertura: a partir del día siguiente al de la publicación en el BORM

Texto oficial de cierre: DIEZ DIAS

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

OBJETO DE LA CONVOCATORIA.La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para facilitar a los profesionales del taxi de la ciudad de Cartagena la instalación de escalón y agarradores en aras de garantizar la accesibilidad de los usuarios del taxiBENEFICIARIOS Y REQUISITOS.Podrán tener la condición de beneficiarios en esta convocatoria los profesionales que, a la fecha de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), sean titulares en activo de una licencia de taxi en el T.M. de Cartagena; cuyo vehículo adscrito a la licencia de la que sean titular cuenta con mínimo 37 centímetros desde la calzada hasta la parte baja del chasis. El beneficiario no podrá estar incurso en ninguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones a que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Asimismo, el beneficiario deberá hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como con el Ayuntamiento de Cartagena.DISPONIBILIDAD ECONÓMICA Y MÁXIMO A SUBVENCIONAREn particular, el número máximo de licencias que pueden resultar beneficiarias es de UNA. El beneficiario de la subvención se determinará mediante el presente procedimiento de concurrencia pública y en función de los criterios objetivos de selección regulados por las presentes bases.El Ayuntamiento de Cartagena aportará un importe máximo de MIL QUINIENTOS EUROS por la adquisición e instalación de escalón y agarrador. El importe de la subvención no excederá del 100 por 100 del coste total de la actividad subvencionada, quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, ingresos o recursos, supere el coste del taxímetro, coste de la instalación y documentación necesaria. Toda alteración de las condiciones que determinaron el otorgamiento de la concesión de la ayuda o la concurrencia de cualquier otro tipo de ayudas sobrevenidas no declaradas por el beneficiario, que en su conjunto o aisladamente, superen el coste de la adquisición del taxímetro, darán lugar a la modificación de la resolución de concesión y al reintegro del importe que correspondaLUGAR, PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDESLa solicitud presentada deberá contener cumplimentados los anexos que se adjuntan a la presente convocatoria y que comprenden:•Solicitud con indicación del n.º licencia. •Declaración responsable cumplimiento requisitos artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.•Certificado de titularidad de cuenta bancaria con IBAN. •Factura emitida por el proveedor, en caso de que ya haya sido adquirido e instalado el escalón y agarrador siempre que la compra se haya efectuado con fecha posterior al 01/01/2025. •Presupuesto/documento que obligue a las partes al suministro e instalación y en el que conste que se recibirá por el beneficiario con fecha anterior al 31/12/2025. CRITERIOS OBJETIVOS PARA VALORAR LA SOLICITUD. Las actuaciones objeto de ayuda serán seleccionadas y resueltas en concurrencia simple de acuerdo al siguiente orden de resolución: se atenderá a la fecha en que la solicitud, debidamente cumplimentada y acompañada de todos los documentos exigidos en estas bases, hubiere tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitaciónOBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS.El beneficiario de la subvención regulada en las presentes bases deberá cumplir las obligaciones que le fueran impuestas en virtud de lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en las presentes bases reguladoras y en las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Cartagena y, en todo caso, deberán:1. Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.2. Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano correspondiente, así como cualesquiera otras de control de la actividad económica-financiera que puedan realizar los órganos competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.3. Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, así como cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y podrán dar lugar a la modificación de la subvención otorgada.4. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.5. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello; incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto; incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente; resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero y demás supuestos previstos en la normativa reguladora de la subvención).6. Destinar la ayuda a la finalidad para la que fue concedida. Con la presentación de la solicitud se presume la aceptación incondicionada de las presentes Bases, condiciones, requisitos y obligaciones que en la misma se contienen.7. Destinar obligatoriamente la subvención a la finalidad aprobada. Cualquier modificación del destino de la subvención deberá ser aprobada por el Ayuntamiento de Cartagena previa solicitud; sin que este cambio pueda afectar al proyecto subvencionado en su día.8. Proporcionar al Ayuntamiento la información que se le requiera a efectos de seguimiento y de evaluación de la subvenciónFORMA DE PAGO Y JUSTIFICACIÓN.El pago de la subvención se realizará con carácter anticipado por el 100% de la ayuda concedida, tramitándose de oficio por el órgano instructor, tras la notificación de la concesión de la subvención. Para la justificación de la subvención otorgada deberá aportarse la siguiente documentación:1.Factura de adquisición e instalación del escalón y agarrador, que reúna los requisitos y límites establecidos en la legislación vigente.2.Declaración de haber realizado la inversión que fundamenta la concesión de la subvención; de otros ingresos o ayudas solicitadas o percibidas para la misma finalidad, y de que el importe de estos ingresos o ayudas sumado al de la presente subvención, no supera, en ningún caso, el coste total de la inversión realizada.3.Justificante acreditativo del pago de dicha factura. Las facturas deberán estar suficientemente desglosadas acreditando cada uno de los gastos en que se haya incurrido y demás documentos de valor probatorio equivalente admitidos en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. En cumplimiento de la Ley 11/2021 de 9 de julio, de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, no se admitirán justificantes de pago en efectivo superiores a 1.000 €. En caso de pagos inferiores a 1000 euros efectuados en metálico, se presentará diligencia firmada bajo la expresión recibí o pagado en la factura y documento probatorio de transferencia bancaria o cheque en el resto de los casos.4.Fotografía que acredite que el taxi lleva en un lugar visible un adhesivo que informe que la adquisición e implantación del escalón y agarrador ha sido financiado por el Excmo. Ayuntamiento de Cartagena.

Bases y documentación

CONCESIÓN SUBVENCIÓNPublicado 18/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 18/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSSUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA ENTRE LOS TITULARES DE LICENCIAS DE AUTOTAXI DEL AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA PARA LA INSTALACIÓN DE ESCALÓN Y AGARRADOR/ES EN ARAS DE GARANTIZAR LA ACCESIBILIDAD DE LOS USUARIOS DEL TAXIPublicado 28/11/2025Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, en las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayto. de Cartagena 2025