Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones vecinales del Ayuntamiento de O Carballiño para gastos de inversión y de gastos corrientes de funcionamiento para el año 2025 en locales de propiedad de la asociación o con cesión
LOCAL · CARBALLIÑO, O · AYUNTAMIENTO DE CARBALLIÑO, O
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES113 - Ourense
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
24/11/2025
Publicación en diario oficial
10/12/2025
Texto oficial de apertura: Al día siguiente a la publicación del extracto en el BOP
Texto oficial de cierre: Diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primera. Objeto y finalidad de la convocatoriaLas presentes bases tienen por objeto regular, tomando como marco legal a OrdenanzaGeneral Reguladora de las Subvenciones del Ayuntamiento de O Carballiño que se rige a su vez por la Ley General de Subvenciones 38/2003 de 17 de noviembre y Bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de O Carballiño, para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones a asociaciones de vecinos del Ayuntamiento de O Carballiño, destinadas la ejecución de obras de inversión y gastos corrientes de funcionamiento de los locales sociales.Segunda. Beneficiarios/as1. Podrán concurrir a la presente convocatoria de subvención (en cualquiera de las modalidades), aquellas asociaciones vecinales que cumplan los siguientes requisitos:estar legalmente constituidas e inscritas en el registro de asociaciones de la Xuntade Galicia y en el registro de asociaciones del Ayuntamiento de O Carballiño, con domicilio social en el Ayuntamiento de O Carballiño y proveídas del perceptivo Código de Identificación Fiscal (CIF).no estar incursa en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para la percepción de ayudas o subvenciones públicasestar al día con los deberes tributarios con la agencia tributaria estatal, autonómica, local y seguridad social.Será requisito para solicitar la subvención de inversión ostentar la titularidad (bien mediante documento de propiedad o de cesión de uso con la correspondiente autorización para la realización de obra) del local social2. Quedan excluidas:a) Aquellas asociaciones que hayan recibido otra subvención del ayuntamiento, en convocatorias anteriores, y no la justificaran debidamente.Tercera: Crédito1. El importe total asignado en el presupuesto municipal que se destina a esta finalidad asciende a 9.400 euros según se detalla a seguir:PLAN DE MEJORA DE LOCALES SOCIALES Aplicación presupuestaria importeGastos corrientes de funcionamiento 414.11.480.00 5400 €Inversión 414.11.780.00 4000 €2. Ninguna entidad podrá obtener una subvención del área de Medio Rural superior a:Para gastos de inversión................................................1000 €Para gastos corrientes de funcionamiento.......................600 €El remanente, de haberlo, se repartirá entre las solicitudes de manera proporcional.3. Estas subvenciones podrán ser compatibles con otras para el mismo fin. En ningún caso el importe de la subvención podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones de otras Administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, supere el coste total de la actividad a desarrollar por las entidades beneficiarias. Si así fuera, este hecho daría lugar a una modificación de la resolución de la concesión. Asimismo, toda alteración de las condiciones para la concesión de las subvenciones podrá dar lugar, si es el caso, a la modificación del acuerdo de concesiónSexta.- Presentación de solicitudes, plazo y documentación1.Las entidades que se acojan a esta orden deberán presentar la correspondiente solicitud mediante modelo normalizado (anexo I) que se facilitará en el Área de Medio Rural del Ayuntamiento de O Carballiño, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense, tras comunicación efectuada al efecto por la BDNS (Base de datos Nacional de Subvenciones), mediante instancia dirigida al alcalde presidente o concejal delegada de medio rural, en el registro general municipal del Ayuntamiento de O Carballiño o de cualquier otro manera de los establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público.