Plazo no verificadoBDNS 870762
BASES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES MUNICIPALES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES PARA EL AÑO 2025
LOCAL · CABANAS · AYUNTAMIENTO DE CABANAS
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 17:43 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES111 - A Coruña
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 25/11/2025
- Publicación en diario oficial
- 28/11/2025
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a la publicación de extracto en el BOP
Texto oficial de cierre: 15 días naturales desde el inicio de plazo
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
PRIMERO. PERSONAS BENEFICIARIASPodrán optar a estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas y entidades colectivas, que cumplan los siguientes requisitos:• Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones vecinales del Ayuntamiento o haberlo solicitado en la fecha de petición, en el momento de la presentación de la solicitud.• Tener actualizados los datos en el Registro municipal, teniendo en cuenta que toda modificación deberá comunicarse en el mes siguiente a su acontecimiento; y el presupuesto y el programa anual de actividades se comunicarán en el mes de enero de cada año y no haber firmado convenio ninguno con el Ayuntamiento de Cabanas.• Estar legalmente constituidas y con sede social en el término municipal de Cabanas.• Carecer de fines de lucro y que, de acuerdo con sus estatutos, tengan objetivos y finalidades que sean de interés vecinal y coincidentes con el objeto de la subvención.• Desarrollar sus actividades dentro del término municipal de Cabanas o sobre temas de interés para el Ayuntamiento.• No tener pendiente de justificar ninguna subvención concedida por el Ayuntamiento de Cabanas.• Estar al día en sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, Seguridad Social y con el Ayuntamiento.• Tener un mínimo de 15 socios en la fecha de presentación de la solicitud.• No estar incursa en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para obtener la condición de beneficiario de subvenciones (artículo 13 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones y artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia). SEGUNDO. OBJETO Y FINALIDAD El Ayuntamiento de Cabanas quiere, por la presente convocatoria, dar apoyo a las entidades y a las asociaciones municipales sin ánimo de lucro para alcanzar a los objetivos que les son propios, con el fin de acercar los ámbitos culturales, educativos y deportivos al mayor número posible de personas, facilitando la existencia de una vida cultural, educativa y deportiva estable en el Ayuntamiento de Cabanas; promover la participación activa de la vecindad en la cultura y en el deporte, la formación de los más pequeños y la convivencia con el objetivo de promover y dinamizar la participación activa de la vecindad en el tejido asociativo como generador de sinergias que contribuyan a la mejora de su calidad de vida; promover la auto financiación de las entidades; complementar la actividad de las asociaciones con los objetivos perseguidos por la Concejalías de Cultura, Educación y Deporte; y poner la disposición del Ayuntamiento información completa y actualizada de las asociaciones sin ánimo de lucro del municipio, con el fin de promover una relación fluida con las mismas. Las actividades tendrán que ser abiertas al público, que beneficien a colectividades genéricas de personas y no estén destinadas exclusivamente a las personas socias de la entidad. Estas bases tienen por objeto establecer los criterios y el procedimiento para conceder las subvenciones de acuerdo con los principios de publicidad, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación y transparencia para la realización de actividades que complementen o suplan a las atribuidas a la competencia municipal o que, en general, contribuyan al fomento de los intereses peculiares del municipio. En general, serán objeto de subvención las siguientes actividades: - Promoción de actividades culturales.- Promoción de actividades educativas.- Promoción de actividades deportivas.- Promoción de actividades vecinales, fiestas patronales y otras actividades lúdico-festivas. El período que se tendrá en cuenta para la realización de actividades será el ejercicio 2023. La concesión de las subvenciones estará supeditada al presupuesto municipal. El importe de la subvención no superará el 80 por 100 del coste de la(s) actividad(s) o proyecto(s) subvencionado(s). TERCEIRO. BASES REGULADORAS E CONVOCATORIA Bases de la convocatoria pública para la concesión de subvenciones municipales a asociaciones y entidades sin fines de lucro para el desarrollo de programas y actividades para el año 2025 aprobadas por Resolución de Alcaldía 2025-1145 de 20/11/2025.CUARTO. CUANTÍA 1.- Para las asociaciones y entidades que alcancen la puntuación mínima (8 puntos) para gastos de mantenimiento, estableciéndose la cantidad de 500 €. El resto de la consignación disponible en el presupuesto municipal se asignará en proporción a la puntuación obtenida por cada entidad. Una vez conocida la cuantía disponible y la puntuación, se determinará el valor del punto, y cada Asociación o Entidad percibirá el resto de la subvención en función de los puntos obtenidos. 2.- Las subvenciones otorgadas estarán siempre dentro del límite global de la dotación presupuestaria correspondiente. 3.- Las subvenciones que se otorguen al amparo de la presente convocatoria serán compatibles con otras para la misma finalidad sin que en ningún caso el importe de la ayuda municipal concedida pueda ser de tal cuantía que en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones o entes públicos, nacionales o internacionales superen el coste de la(s) actividad(s) que vaya a desarrollar el beneficiario. En el caso de existir exceso de financiación o beneficio deberá proceder al reintegro de la cuantía concedida por el Ayuntamiento de Cabanas en la cantidad que exceda del coste de la actividad. QUINTO. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES 1.-Solicitud: las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquier otro de los registros públicos a los que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el modelo normalizado. La solicitud, así como los anexos, podrán obtenerse en el Departamento de Cultura, así como en la página web del Ayuntamiento (www.cabanas.gal).2.-Plazo de presentación: el plazo durante el cual se pueden presentar las solicitudes será de quince (15) días naturales, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de La Coruña.3.-Documentación: junto con la solicitud- ANEXO I – deberá adjuntarse la siguiente documentación:a. Fotocopia compulsada de la tarjeta del CIF de la entidad.b. Fotocopia compulsada de los estatutos de la entidad.c. Certificación original de titularidad de la cuenta corriente, número de cuenta y entidad bancaria, que permita hacer efectivo el importe de la subvención mediante transferencia.d. Fotocopia compulsada de la tarjeta del NIF de la persona representante. y. Certificación acreditativa del acuerdo de solicitud y del nombramiento de la persona representante para sus relaciones con el Ayuntamiento (ANEXO II).f. Declaración responsable de la persona representante de la entidad/asociación de: aceptación de las bases de la convocatoria; estar al corriente de los deberes fiscales en general y, en concreto, con el Ayuntamiento de Cabanas y con la Seguridad Social; de que se ajustan a la realidad los datos y los documentos acercados con la solicitud; el compromiso de la entidad de aplicar el importe a las actuaciones subvencionadas y de hacer constar, en todo tipo de información que realice en el desarrollo de la actividad subvencionada, la colaboración prestada por el Ayuntamiento de Cabanas; no estar incurso en causas de incompatibilidad o incapacidad para contratar y percibir subvenciones de la Administración pública (ANEXO III).g. Memoria que haga mención al historial del solicitante, a las personas beneficiadas directa e indirectamente por la ayuda, a las actividades o inversiones a realizar y su calendario (ANEXO IV).h. Presupuesto detallado de ingresos y gastos (ANEXO V) y cuantía de la subvención solicitadai. Declaración jurada de las ayudas solicitadas y/o concedidas por cualquier Administración Pública o ente público o privado para la(s) misma(s) actividad(s); en el caso de no tener concedidas otras ayudas, declaración de no percepción de ayudas. (ANEXO VI).La documentación señalada en los apartados la, b y d no tendrá que ser presentada si ya se presentó en años anteriores y no hubo variación en ella. El departamento correspondiente revisará los expedientes de solicitud y verificará que contengan la documentación exigida. Se resultara que la documentación está incompleta o defectuosa, se le requerirá a la entidad solicitante para en el plazo máximo e improrrogable de diez (10) días hábiles, a partir del día siguiente a la fecha de notificación, acerque la documentación necesaria o corrija los defectos observados, haciéndole saber que, en el caso de incumplimiento, se tendrá por desistida su petición, previa resolución (artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas).
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 25/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 25/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSBASES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES MUNICIPALES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES PARA EL AÑO 2025Publicado 28/11/2025BASES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES MUNICIPALES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES PARA EL AÑO 2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.