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Plazo no verificadoBDNS 871088

Subvenciones 2025 a Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes para el establecimiento de Espacios Coworking en Extremadura - s/ Decreto 149/2025 que las convoca

AUTONOMICA · EXTREMADURA · DIRECCIÓN GENERAL DE DIGITALIZACIÓN REGIONAL

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 17:51 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES43 - EXTREMADURA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
26/11/2025
Publicación en diario oficial
01/12/2025

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente de la publicación en DOE

Texto oficial de cierre: Un mes desde la publicación de la convocatoria

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en elartículo 16.q de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de laComunidad Autónoma de Extremadura se publica el extracto de laconvocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de DatosNacional de Subvenciones http://www.infosubvenciones.es) y en el DiarioOficial de Extremadura.Primero. Objeto.Efectuar la primera convocatoria de las ayudas a otorgar a entidadeslocales de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma deExtremadura, para la creación de centros de trabajo colaborativo(Coworking o mejora de los existentes a través de la dotación demobiliario e infraestructura compartida, equipamiento no tecnológico yequipamiento tecnológico.Segundo. Entidades beneficiarias.Tendrán la condición de beneficiarias de estas ayudas las entidadeslocales incluidas municipios, entidades locales menores y mancomunidadesde la Comunidad Autónoma de Extremadura, que tengan una población demenos de 20.000 habitantes y que reúnan los requisitos previstos en laspresentes bases reguladoras.En el caso de las mancomunidades, la población se obtendrá con la sumade las poblaciones de los municipios que la integran. Para los datos depoblación se tendrán en cuenta los últimos datos publicados, a fecha depublicación de la convocatoria, por el Instituto Nacional de Estadística(en adelante INE).Tercero. Bases reguladoras.Estas ayudas se regirán por lo dispuesto en el Decreto 149/2025, de 4 denoviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas aotorgar a entidades locales de menos de 20.000 habitantes de laComunidad Autónoma de Extremadura para la implantación o mejora decentros de trabajo colaborativo (Coworking) y se aprueba la primeraconvocatoria.Cuarto. Financiación y cuantía.1. Para la convocatoria de 2026 se seguirá el procedimiento detramitación anticipada previsto en la regla 69 de la Orden de 17 dediciembre de 2020, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidadde la Junta de Extremadura.De acuerdo con ello, la convocatoria se efectúa en el ejercicio 2025,mientras que la instrucción y resolución del procedimiento de concesiónse efectuará en el ejercicio 2026, quedando sometida dicha convocatoriaa la condición suspensiva de que exista crédito adecuado y suficiente enlos Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para2026.El importe de la convocatoria asciende a 500.000 €, con cargo a laaplicación presupuestaria 14007/G332A/76000, siendo la fuente definanciación Fondos de la Comunidad Autónoma código fondo CAG0000001,proyecto de gasto número 20240344 denominado “FINANCIACIÓN DEACTUACIONES EN DIGITALIZACIÓN”.La distribución temporal y económica del gasto derivado de laconvocatoria será la siguiente:- Anualidad 2026: 500.000,00 €.2. El importe de subvención por entidad local consistirá en unporcentaje de las inversiones aprobadas hasta un máximo de 30.000 € porentidad local.• Porcentaje de subvención para los gastos indicados en los artículos4.2.1 y 4.2.2: 50% de la inversión aprobada.• Porcentaje de subvención para los gastos indicados en el artículo4.2.3 y 4.2.4: 100% de la inversión aprobada independientemente deltamaño de la entidad local.Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes.1. El plazo para presentar las solicitudes será de un mes a partir deldía siguiente al de la publicación de la convocatoria junto con suextracto, en el Diario Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es/ deconformidad con el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, deSubvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.2. Las solicitudes se tramitarán de forma electrónica a través del puntode acceso general electrónico https://www.juntaex.es/w/0721025 dentro dela ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el accesoa la sede electrónica asociada para presentar la solicitud.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 26/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DEL DECRETO 149/2025, DE 4 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE AYUDAS A OTORGAR A ENTIDADES LOCALES DE MENOS DE 20.000 HABITANTES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA PARA LA IMPLANTACIÓN O MEJORA DE CENTROS DE TRABAJO COLABORATIVO (COWORKING) Y SE APRUEBA LA PRIMERA CONVOCATORIAPublicado 01/12/2025Decreto 149/2025, de 4 de noviembre, de bases reguladoras de ayudas a entidades locales de menos de 20.000 habitantes de Extremadura para implantación o mejora de centros de trabajo colaborativo (Coworking) y se aprueba la primera convocatoria