Plazo no verificadoBDNS 871330
Subvenciones para impulsar la constitución y gestión de comunidades energéticas y la inversión en instalaciones de energía solar fotovoltaica (en régimen de autoconsumo colectivo) asociadas a las mismas, 2025
LOCAL · VITORIA-GASTEIZ · AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 17:55 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES211 - Araba/Álava
Finalidad
Industria y Energía
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 31/03/2026
- Registro en BDNS
- 27/11/2025
- Publicación en diario oficial
- 10/12/2025
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente de la publicación en BOTHA
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Beneficiarias.
Para el concepto subvencionable 1 (constitución y gestión de la comunidad energética): Asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco o, en su caso, en el registro público que corresponda, que estén integradas por personas físicas, pymes o entidades públicas, a modo de grupo motor, que pretendan constituir una comunidad energética, en la que la mayor parte de las personas socias no realicen actividad económica.
Para el concepto subvencionable 2, 3 y 4 (proyectos e inversiones en renovables y movilidad): Comunidades energéticas ya constituidas de naturaleza privada y con personalidad jurídica, integradas mayoritariamente por personas consumidoras residenciales que no desarrollen actividad económica
Segundo. Finalidad.
Regular el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a financiar:
- la constitución y gestión de la comunidad energética (concepto 1), como son los gastos de gestión documental y gastos de diseño y elaboración de páginas Web o aplicaciones informáticas para la constitución y gestión de la comunidad energética.
- la redacción de proyectos de energías renovables y movilidad sostenible y compartida (concepto 2), incluye el análisis energético previo, los cálculos de cobertura de demanda, los planos de ubicación, esquemas unifilares y memoria de calidades, presupuestos desglosados y en el caso de movilidad, estudio de viabilidad y planificación del sistema de uso compartido.
-la inversión en instalaciones de energía solar fotovoltaica en régimen de autoconsumo colectivo de las comunidades energéticas (concepto 3), que incluya la realización de la instalación fotovoltaica y dirección de obra, la elaboración de la documentación necesaria para la tramitación y legalización de la instalación, el diseño y elaboración de páginas Web o de aplicaciones informáticas para su gestión diaria.
- las inversiones en vehículos de movilidad sostenible y compartida (concepto 4) donde se incluye la compra de vehículos con etiqueta Cero Emisiones, las adaptaciones específicas para el uso compartido y el diseño y desarrollo de plataforma digital para la gestión del servicio compartido.
Tercero. Bases Reguladoras.
Aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz de fecha 14 de noviembre de 2025; se publicarán en el BOTHA.
Cuarto. Importe.
La dotación de esta convocatoria es de 700.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Se inicia el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOTHA y finaliza el 31 de marzo de 2026.
Primero. Beneficiarias.
Para el concepto subvencionable 1 (constitución y gestión de la comunidad energética): Asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco o, en su caso, en el registro público que corresponda, que estén integradas por personas físicas, pymes o entidades públicas, a modo de grupo motor, que pretendan constituir una comunidad energética, en la que la mayor parte de las personas socias no realicen actividad económica.
Para el concepto subvencionable 2, 3 y 4 (proyectos e inversiones en renovables y movilidad): Comunidades energéticas ya constituidas de naturaleza privada y con personalidad jurídica, integradas mayoritariamente por personas consumidoras residenciales que no desarrollen actividad económica
Segundo. Finalidad.
Regular el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a financiar:
- la constitución y gestión de la comunidad energética (concepto 1), como son los gastos de gestión documental y gastos de diseño y elaboración de páginas Web o aplicaciones informáticas para la constitución y gestión de la comunidad energética.
- la redacción de proyectos de energías renovables y movilidad sostenible y compartida (concepto 2), incluye el análisis energético previo, los cálculos de cobertura de demanda, los planos de ubicación, esquemas unifilares y memoria de calidades, presupuestos desglosados y en el caso de movilidad, estudio de viabilidad y planificación del sistema de uso compartido.
-la inversión en instalaciones de energía solar fotovoltaica en régimen de autoconsumo colectivo de las comunidades energéticas (concepto 3), que incluya la realización de la instalación fotovoltaica y dirección de obra, la elaboración de la documentación necesaria para la tramitación y legalización de la instalación, el diseño y elaboración de páginas Web o de aplicaciones informáticas para su gestión diaria.
- las inversiones en vehículos de movilidad sostenible y compartida (concepto 4) donde se incluye la compra de vehículos con etiqueta Cero Emisiones, las adaptaciones específicas para el uso compartido y el diseño y desarrollo de plataforma digital para la gestión del servicio compartido.
Tercero. Bases Reguladoras.
Aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz de fecha 14 de noviembre de 2025; se publicarán en el BOTHA.
Cuarto. Importe.
La dotación de esta convocatoria es de 700.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Se inicia el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOTHA y finaliza el 31 de marzo de 2026.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 27/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 14 de noviembre de 2024 por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la constitución y gestión de comunidades energéticas y la inversión en instalaciones de energía solar fotovoltaica, en régimen de autoconsumo colectivo, propiedad de las mismas, en el Municipio de Vitoria-Gasteiz.Publicado 10/12/2025Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-GasteizInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.