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Plazo no verificadoBDNS 872588

Resolución de 10 de diciembre 2025 de la D.G. de Promoción y Fomento del Turismo y la Hostería por la que se convocan para 2025, las ayudas previstas en la orden de 27 de julio de 2017, que aprueba las Bases Reguladoras para la concesión de subv MUNITUR

AUTONOMICA · ANDALUCÍA · CONSEJERÍA DE TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 13:27 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES61 - ANDALUCIA

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
01/12/2025
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
03/12/2025
Publicación en diario oficial
17/12/2025

Texto oficial de apertura: Día siguiente publicación extracto convocatoria

Texto oficial de cierre: modificado hasta 3 de febrero RES 18.12.2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BDNS (Identificador):De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completopuede consultarse en el presente BOJA y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio.Primero. ConvocatoriaSe convocan para el ejercicio 2025, las ayudas previstas en la Orden de 27 de julio de 2017, por la quese aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia nocompetitiva, a los Municipios Turísticos de Andalucía.Dichas bases han sido modificadas mediante la Disposición final primera de la Orden de 15 de junio de2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimende concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la implantación de las tecnologías de lainformación y la comunicación en las pymes turísticas de Andalucía (BOJA núm. 122, de 26 de junio) ymediante la disposición final primera de la Orden de 3 de junio de 2024, por la que se aprueban lasbases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,dirigidas a promover la sostenibilidad del turismo a través de la puesta en valor del patrimonio turísticoculturalde Andalucía (PATCUL).Segundo. Entidades beneficiarias.Municipios que ostenten una declaración como "Municipio Turístico de Andalucía" otorgada medianteAcuerdo del Consejo de Gobierno publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Ladeclaración como "Municipio Turístico de Andalucía" deberá estar vigente a la fecha de publicación dela convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.Tercero. Objeto.Constituye el objeto de la presente línea de subvenciones el fomento del patrimonio turístico-cultural,promoviendo la calidad en la prestación de los servicios municipales al conjunto de las personasturistas. A tal efecto, serán objeto de subvención aquellas actuaciones que vayan dirigidas a la mejorade la calidad de los espacios públicos de interés turístico-cultural dotando de material o equipamientoesos espacios, a alcanzar la accesibilidad universal de los recursos turístico-culturales de forma que sepermita su disfrute por todas las personas de acuerdo con el principio de "Diseño para Todos", a larecuperación y puesta en valor turístico de elementos del patrimonio cultural, a la creación y mejora deinfraestructuras turísticas en espacios de interés turístico-cultural, la mejora de la señalización turísticaen áreas y paisajes culturales, la adaptación a las nuevas tecnologías de los recursos turísticoculturalesy la implantación de rutas turísticas en áreas y paisajes culturales, tales como rutasgastronómicas, las que favorezcan el conocimiento de las actividades basadas en los sectoresprimarios, entre otras.Cuarto. Bases reguladoras.La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras contenidas en la Orden de 27 de julio de2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimende concurrencia no competitiva, a los Municipios Turísticos de Andalucía, cuyo cuadro resumen serecoge en el Anexo I de la Orden de 3 de junio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoraspara la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a promover lasostenibilidad del turismo a través de la puesta en valor del patrimonio turístico-cultural de Andalucía(PATCUL) (conforme a la Corrección de errores publicada en el BOJA núm. 132, de 9 de julio de 2024).Quinto. Importe.La financiación de estas subvenciones se realizará con cargo al crédito consignado en las partidaspresupuestarias indicadas a continuación, en la cuantía total máxima de 4.874.625,52 €,CONCEPTO PRESUPUESTARIO IMPORTE1600010000 G/75B/76100/00 01 2017000249 2026 2.437.312,76 euros1600010000 G/75B/76100/00 01 2017000249 2027 2.437.312,76 eurosEl porcentaje máximo de la subvención será de hasta el 100% del proyecto subvencionable, siempreque no supere la cuantía máxima correspondiente al 8% sobre la participación de cada una de ellas,en el ejercicio 2024, en el Fondo de Participación de las entidades locales en los tributos de laComunidad Autónoma de Andalucía (PATRICA).Dado que actualmente se encuentran declarados un total de 53 Municipios Turísticos de Andalucía, elnúmero de beneficiarios máximo será de 53, para el supuesto de que todas las subvencionesconcedidas ascendieran a la cuantía máxima indicada.Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al que sepublique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente extracto previsto en el art. 20.8.a) dela Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Séptimo. Otros datos.Tanto la solicitud, como el formulario de alegaciones, reformulación y presentación de documentos alos que se refiere la resolución de convocatoria, figuran publicados en el presente Boletín Oficial de laJunta de Andalucía junto con la convocatoria y se podrá acceder a ellos a través del Catálogo deProcedimientos y Servicios disponible en la Sede electrónica general de la Administración de la Juntade Andalucía.También se podrá acceder a los indicados formularios a través del Sistema Nacional de Publicidad deSubvenciones.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 23/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL TURISMO Y LA HOSTELERÍA, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA 2025 LAS AYUDAS PREVISTAS EN LA ORDEN DE 27 DE JULIO DE 2017Publicado 17/12/2025Orden de 27 de julio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en r.concurrencia no competitiva, a los Municipios Turísticos de Andalucía