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CONVOCATORIA CAMPAÑA NAVIDEÑA: “LOS RASCAS DE NAVIDAD VUELVEN A FUENTE ÁLAMO”

LOCAL · FUENTE ÁLAMO DE MURCIA · AYUNTAMIENTO DE FUENTE ÁLAMO DE MURCIA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 13:43 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES62 - REGION DE MURCIA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
11/12/2025
Fin de solicitudes
14/12/2025
Registro en BDNS
05/12/2025
Publicación en diario oficial
11/12/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

CONVOCATORIA CAMPAÑA NAVIDEÑA: “LOS RASCAS DE NAVIDAD VUELVEN A FUENTE ÁLAMO”El Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia tiene entre sus principales prioridades y competencias, dinamizar y promocionar el comercio local como motor fundamental de la economía local.  Por ello, desde la Concejalía de Comercio con la colaboración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se organiza la campaña navideña “Los rascas de Navidad vuelven a Fuente Álamo”.Esta campaña tiene como objetivo principal potenciar el consumo en los comercios de nuestro municipio, a través de unos bonos, colaborando tanto en el gasto familiar de los ciudadanos como impulsando el consumo local y fomentando la actividad comercial. Esta campaña va dirigida a los establecimientos comerciales del municipio de Fuente Álamo de Murcia, cuya concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva conforme a lo previsto en las presentes bases.  1.- Objeto y finalidad.Las bases tienen por objeto promover una campaña de apoyo al comercio local e impulso al consumo en aquellos establecimientos ubicados en el término municipal de Fuente Álamo de Murcia que cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.Objetivos:- Fomentar las compras en el pequeño comercio del término Municipal de Fuente Álamo de Murcia.- Animar a los establecimientos para que vendan la variedad del comercio existente en Fuente Álamo de Murcia.- Motivar a los fuentealameros y a sus visitantes para que, durante estas fechas, realicen sus compras en el municipio.El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, sujetándose a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.Las subvenciones serán compatibles con otras ayudas de diferente Administración que tengan la misma finalidad, teniendo en cuenta que el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste del gasto subvencionado, de acuerdo con lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 19 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.2.- Legislación aplicable.Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas; en la Ordenanza General reguladora de las Subvenciones a conceder por el Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia  (BORM, Nº 86 de 16/04/2013), y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado.3.- Beneficiarios.3.1.- Participantes.Podrán participar de forma gratuita y voluntaria todos los residentes y visitantes del municipio de Fuente Álamo, mayores de 18 años, que realicen compras en los comercios adheridos a la campaña.3.2. Comercios.Podrán ahderirse a esta iniciativa tanto las personas físicas o jurídicas, y las comunidades de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica que desarrollen alguna actividad comercial o empresarial en el término municipal de Fuente Álamo de Murcia, y que cumplan los siguientes requisitos:a) Cumplir los requisitos generales establecidos en el art. 6 de la Ordenanza de Subvenciones.b) Que el establecimiento, instalación o local afecto a la actividad económica se encuentre en el término municipal de Fuente Álamo de Murcia.c) No incurrir en ninguno de los motivos de exclusión establecidos en el art. 8 de la Ordenanza de Subvenciones.d) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria y con el Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia.e) No podrán obtener la condición de beneficiarios en quienes concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.f) Estar en posesión de la correspondiente licencia de apertura, o haber presentado en el Ayuntamiento, debidamente cumplimentada, la declaración responsable o comunicación previa que le habilita para el ejercicio de la actividad indicada.En caso de comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica debe nombrarse una persona representante apoderada, con poderes para cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación o comunidad de bienes. La agrupación o comunidad de bienes no podrá disolverse hasta que trascurra el plazo de prescripción a que hacen referencia los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Los comercios y empresas deberán publicitar la condición de entidad participante de la presente campaña, en aras de la debida información a los posibles interesados. Cada comercio adherido recibirá un cartel promocional que deberán colgar, de forma visible, en su establecimiento durante el plazo de duración de la campaña.Asimismo, el Ayuntamiento publicará el listado de comercios y empresas que han adquirido la condición de entidad participante en el programa de subvenciones objeto de tramitación.Los comercios deberán manifestar su interés en adherirse a la campaña y cumplimentar previo al inicio de la campaña el formulario de adhesión que el ayuntamiento pondrá a su disposición.4.- Desarrollo de la campaña.Los clientes que realicen una compra por un importe igual o superior a 25 € en cualquier comercio del municipio de Fuente Álamo adherido a esta campaña, recibirán una tarjeta en formato “RASCA Y GANA” dotada con uno de los posibles premios que se repartirán durante la campaña.Cada “rasca” será válido para un solo uso, siendo necesaria su presentación sin deteriorar y debidamente sellado por el comercio que lo entrega.El Ayuntamiento de Fuente Álamo repartirá un total de 12.000 tarjetas “Rasca y Gana” entre todos los comercios que se adhieran a la campaña. La entrega será de forma totalmente aleatoria, desconociéndose los premios de las tarjetas que se entregan.El comercio debe sellar todas las tarjetas que entregue a sus clientes, y los premios de dichas tarjetas solo podrán canjearse en comercios diferentes al que ha sellado el premio.Todos los premios son acumulables siempre que se canjeen en un establecimiento diferente al sello que incluya cada tarjeta.La compra tiene que ser igual o superior al importe del descuento del rasca. Se pueden canjear varios rascas premiados en una única compra.Todos los comercios adheridos a la promoción deberán aceptar tarjetas premiadas y realizar el correspondiente descuento en las compras realizadas en su establecimiento, siempre y cuando estas tarjetas estén selladas por cualquier otro comercio de la localidad. Es responsabilidad de cada comercio aceptar tarjetas debidamente selladas, originales y sin deteriorar.5.- Lugar y plazo de presentación de solicitudes, y documentación necesaria.La presentación de solicitudes de participación se realizará  mediante la Sede Electrónica de este Ayuntamiento (https://ayto-fuentealamo.es/sedeelectronica/) o por los medios previstos en el artículo 16.4 de LPAC, desde la publicación en el BORM de la presente convocatoria hasta el día 14 de diciembre de 2025, acompañando la siguiente documentación:- Formulario de inscripción a la campaña conforme al Anexo I de esta convocatoria.- DNI o CIF, en caso de empresa.- Certificado de titularidad bancaria emitido por la entidad bancaria. Esta cuenta deberá pertenecer a la persona o empresa solicitante de la subvención.- En caso de comunidades de bienes o sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica declaración responsables conforme al Anexo II.La solicitud se suscribirá por la persona que acredite la representación de la entidad interesada por cualquier medio válido en derecho. Cada entidad solo podrá presentar una única solicitud por convocatoria. En caso de presentar más de una solicitud, el órgano instructor del procedimiento únicamente considerará la presentada en primer lugar.6.- Premios.La dotación presupuestaria de esta convocatoria será de 10.000,00 euros que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 431.47900 del Estado de Gastos del Presupuesto en vigor, financiados con la subvención concedida por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.Se concederán los siguientes premios:- 1.100 rascas de 5 puntos (5.500,00 €).- 300 rascas de 10 puntos (3.000,00 €). - 100 rascas de 15 puntos (1.500,00 €).Cada punto tiene un valor de 1 euro.7.- Plazo de duración de la campaña.La campaña navideña “Los rascas de Navidad vuelven a Fuente Álamo” dará comienzo el 10 de diciembre de 2025 y dará por finalizada el día 08 de enero de 2026, o hasta finalización de bonos rascas siempre que se hayan entregado todos los rascas antes de la fecha fin. Así mismo, el Ayuntamiento se reserva el derecho de aumentar o disminuir la cantidad de bonos rascas, según el desarrollo de dicha campaña promocional. Todos los rascas premiados perderán su validez al día siguiente de la finalización de la campaña.8.- Tramitación (Arts. 14 a 22 Ordenanza de Subvenciones).- Órgano instructor: Concejalía de Comercio.- Órgano proponente: Concejalía de Comercio- Órgano resolutorio: Junta de Gobierno Local.Plazo máximo para resolver: seis meses contados a partir del día de la conclusión del plazo de presentación. Transcurrido este plazo sin haber notificado la resolución, se entenderá caducado el expediente.9.- Plazo de justificación y pago.Los comercios adheridos a la campaña, podrán canjear los rascas una vez finalizada la campaña. Para ello, los beneficiarios deberán presentar solicitud al Ayuntamiento de Fuente Álamo por Registro de Entrada desde el 9 de enero de 2026 hasta el 31 de enero de 2026, en el que deberá aportar los siguientes documentos:- Los originales de los bonos utilizados debidamente sellados por el comercio participante. El sello será visible en el anverso del bono.- Facturas/Ticket de caja que se hayan canjeado por los rascas premiados.- Listado con el desglose de todas las ventas en su valor total, junto al número y valor de los bonos utilizados en cada una de ellas (Anexo III).Una vez acreditado en el expediente que se cumplen con todos los requisitos y que ha quedado debidamente justificado, la Concejalía de Comercio propondrá a la Junta de Gobierno Local un listado de los comercios beneficiarios para proceder al reconocimiento y pago de la ayuda correspondiente.La justificación de la subvención es el documento acreditativo del derecho a percibir legítimamente la misma, por lo que la tramitación de la fase procedimental de justificación se realizará en el mismo expediente administrativo en el que quede constancia de la concesión de la subvención.

Bases y documentación

DECRETO DE ALCALDIAPublicado 05/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 05/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA CAMPAÑA NAVIDEÑA: “LOS RASCAS DE NAVIDAD VUELVEN A FUENTE ÁLAMO”Publicado 11/12/2025Ordenanza general reguladora de las subvenciones a conceder por el Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia.