BASES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACION DE FACHADAS Y CONSERVACION Y MANTENIMIENTO EXTERIOR DE EDIFICACIONES RURALES TRADICIONALES. AÑO 2025
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES243 - Zaragoza
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
09/12/2025
Publicación en diario oficial
16/12/2025
Texto oficial de apertura: A partir de la fecha de la publicación del extracto de la Convocatoria en el BOPZ
Texto oficial de cierre: 30 días hábiles a partir de la fecha de la publicación del extracto de la Convocatoria en el BOPZ
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
1. OBJETO Y ÁMBITO.El objeto de esta convocatoria comprende, de una parte, la rehabilitación estética de los cerramientos de las edificaciones en Suelo Urbano y Suelo No Urbanizable, de acuerdo a las prescripciones del PGOU, de otra, la rehabilitación de los cerramientos exteriores de las edificaciones orientada al ahorro y la eficiencia energética.2. BENEFICIARIOS.2.1 Podrán acogerse a esta convocatoria, todos aquellos propietarios cuyas edificaciones objeto de las obras de rehabilitación estén ubicadas tanto en el Casco Urbano como en el entorno rural.Los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:a) En el caso de personas físicas:Ser propietario y/o copropietario de la edificación para la cual se solicita la ayuda.La edificación deberá tener una antigüedad superior a 15 años.Obtener la licencia de obras correspondiente.Garantizar la coherencia técnica y constructiva con su estado de conservación.Que la vivienda objeto de la reforma tenga carácter de vivienda habitual acreditable mediante empadronamiento anterior a 01/05/2025.b) En el caso de personas jurídicas:Las Comunidades de Vecinos, cuando las obras afecten a modificación de elementos comunes del edificio. En caso de no estar constituida la Comunidad de Vecinos, se requerirá la suscripción de declaración de conformidad de la totalidad de los Propietarios/Titulares, que deberán cumplir, al menos para uno de ellos, las condiciones impuestas para las Personas Físicas.La edificación deberá tener una antigüedad superior a 15 años.Obtener la licencia de obras correspondiente.Garantizar la coherencia técnica y constructiva con su estado de conservación.No haber sido beneficiario de esta subvención por el mismo concepto en la convocatoria inmediatamente anterior a esta.2.2. No podrán tener la condición de beneficiarios las personas físicas o jurídicas cuyo objeto empresarial propio sea la construcción de inmuebles para su posterior venta.2.3. No podrán tener la condición de beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas que concurran en algunas de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.3. OBRAS SUBVENCIONADAS3.1. Edificaciones situadas en Suelo Urbano.Serán subvencionables las obras que tengan por objeto:1.- Rehabilitación estética de fachadas. (pintura, barniz, elementos decorativos, bajantes y cerrajería).2.- Rehabilitación de cerramientos exteriores (fachadas y cubierta) (Aislamiento en cubierta, aislamiento en fachadas, aleros, carpinterías y vidriería).3.2. Edificaciones situadas en Suelo No UrbanizableSerán subvencionables las obras que tengan por objeto:1.- Rehabilitación estética de fachadas de mases tradicionales (pintura, barniz, elementos decorativos, bajantes y cerrajería).2.- Rehabilitación de cerramientos exteriores (fachadas y cubierta) de mases tradicionales (Aislamiento en cubierta, aislamiento en fachadas, aleros, carpinterías y vidriería).Las obras objeto de subvención deberán estar iniciadas con posterioridad al 1 de mayo de 2025 y no finalizadas antes de la notificación del acuerdo definitivo del otorgamiento de la concesión de subvención.4. DOTACIÓN ECONÓMICAEstas ayudas se financiarán con cargo al Presupuesto General del Ayuntamiento de Caspe del año 2026 por un importe máximo total de 45.000,00 euros 5. PLAZOEl plazo de presentación de solicitudes será de treinta días hábiles a partir de la fecha de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza La convocatoria íntegra se publicará en la web del Ayuntamiento de Caspe (www.caspe.es). El impreso de solicitud, así como el resto de modelos normalizados a cumplimentar por el solicitante, se pondrán a disposición de los interesados en la web del Ayuntamiento de Caspe.