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Plazo no verificadoBDNS 873807

CONVOCATORIA PROGRAMA FUENCOLES 2025-2026

LOCAL · FUENLABRADA · AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 13:52 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES30 - COMUNIDAD DE MADRID

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.

Inicio de solicitudes
18/12/2025
Fin de solicitudes
22/01/2026
Registro en BDNS
09/12/2025
Publicación en diario oficial
17/12/2025

Texto oficial de apertura: PUBLICACIÓN

Texto oficial de cierre: 20 DÍAS HÁBILES

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los art. 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones en el siguiente enlace: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatoriasPRIMERO: BENEFICIARIOSLos 35 centros educativos que podrán acogerse a esta convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva son los que se relacionan a continuación, los cuales formularon solicitud previa para participar del programa Fuencoles 2025-2026, siendo ésta aprobada por su Consejo Escolar y registrada en el Ayuntamiento de Fuenlabrada:CENTRO EDUCATIVO1. CEIP Andrés Manjón 19. CEIP León Felipe2. CEIP Antonio Machado 20. CEIP Lope de Vega3. CEIPSO Arcipreste de Hita 21. CEIP Loranca4. CEIP Aula III 22. CEIP Maestra Trinidad García5. CEIP Benito Pérez Galdós 23. CEIP Manuel de Falla6. CEIP Carlos Cano 24. CEIP Manuela Malasaña7. CEIP Cervantes 25. CEIP Miguel Hernández8. CEIP Dulce Chacón 26. CEIP Pablo Neruda9. CEIP El Trigal 27. CEIP Poetisa Celia Viñas10. CEIPSO Enrique Tierno Galván 28. CEIP Rayuela11. CEIP Fco. de Goya 29. CEIP Rosalía de Castro12. CEIP Fco. Quevedo 30. CEIP Santiago Ramón y Cajal13. CEIP Fregacedos 31. CEIP Vicente Blasco Ibáñez14. CEIP Giner de los Ríos 32. CEIP Víctor Jara15. CEIP Green Peace 33. CEIP Yvonne Blake16. CEIP John Lennon 34. CEIPSO Salvador Dalí17. CEIP Juan de la Cierva 35. CEIPSO Velázquez18. CEIP La Cañada SEGUNDO. OBJETO.Se convocan ayudas para financiar gastos por la realización del programa ¿Patios Abiertos¿, actividades extraescolares y apertura en periodos no lectivos contribuyendo a reducir el desembolso económico de las familias y así facilitar la apertura de estos centros en los días y horarios señalados.TERCERO: GASTOS SUBVENCIONABLES.Serán objeto de subvención tanto la apertura de los patios de los centros escolares públicos como la prestación de actividades extraescolares y/o la apertura en días no lectivos, dirigidas con carácter general a los alumnos matriculados en dichos centros. Si existieran plazas libres no ocupadas por alumnos del propio centro, podrán participar otros alumnos no escolarizados en él y, excepcionalmente, alumnos de otros municipios, siempre que cumplan los requisitos establecidos y existan plazas disponibles no ocupadas por alumnos del centro o del municipio.Serán subvencionables los gastos por la realización de estas actividades destinados a los siguientes conceptos: - Pago a los profesionales encargados del desarrollo de las actividades. - Adquisición de material - Material necesario para la actividad No se subvencionarán gastos inventariables. Se considerará inventariable toda la compra de objetos del mismo grupo, igual o superior a 400€.CUARTO. BASES REGULADORAS.La Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOCM de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.QUINTO. IMPORTE.El importe asignado a estas ayudas asciende en total a 538.400 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 6051-326-48941, de los cuales 215.360 € corresponden al ejercicio 2025 y 323.040 € al ejercicio 2026. El importe máximo asignable a cada Centro Educativo consta en el artículo 6 de las Bases de la convocatoria.SEXTO. PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES.Se establece un plazo de 20 días hábiles desde el siguiente a la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid para formalizar la solicitud de subvención, que deberá presentarse a través de Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada o a través de las Sedes Electrónicas de las Administraciones Públicas en cumplimiento del artículo 14 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, acompañada de la documentación relacionada en el artículo 8 de la convocatoria.SÉPTIMO: PAGO.Se procederá al pago de la subvención de manera anticipada, por la totalidad, mediante transferencia a la cuenta bancaria que conste en la solicitud.OCTAVO: JUSTIFICACIÓN. Para la justificación, se establece como fecha máxima de presentación el 15 de julio de 2026, mediante la documentación requerida en el artículo 15 de la Convocatoria.Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este acto agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante alguno de los órganos jurisdiccionales que prevén los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta notificación.Sin perjuicio de lo anterior, podrá, con carácter potestativo, interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Asimismo, podrá utilizar cualquier otro recurso previsto en la Ley que a su derecho interese.La interposición de los recursos mencionados no suspende, por sí sola, la ejecución del acto administrativo.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 09/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSORDENANZA REGULADORA DE SUBVENCIONES AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA