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Plazo no verificadoBDNS 874304

SUBVENCIONES PARA ACTUACIONES DE AHORRO ENERGÉTICO Y DE AGUA EN LOS ESTABLECIMIENTOS CON ACTIVIDAD ECONÓMICA

LOCAL · CASTELLÓ D'EMPÚRIES · AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓ D'EMPÚRIES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 14:03 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES512 - Girona

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
11/12/2025
Publicación en diario oficial
30/12/2025

Texto oficial de apertura: Dia siguiente publicacion convocatoria BOP

Texto oficial de cierre: 28 de febrero del 2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

1.OBJETO Y FINALIDADEstas bases tienen por objeto la regulación de las subvenciones que en materia de Promoción Económica concederá el Ayuntamiento de Castelló d’Empúries destinadas a la realización de actuaciones de mejora para la reducción del consumo de energía y ahorro de agua en los establecimientos con actividad económica durante el año 2025.La voluntad municipal es incentivar que los empresarios del municipio realicen actuaciones de mejora en los establecimientos encaminadas a la reducción del consumo de energía y a la implementación de sistemas eficientes para el ahorro de agua, que permitan obtener beneficios ambientales y económicos, y de esta manera contribuir a la sostenibilidad del municipio.2.REGULACIÓNEstas subvenciones se regirán por lo que se ha fijado en la presente convocatoria; en las bases de ejecución del presupuesto; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y otras ayudas públicas; en la Ordenanza General de Subvenciones, aprobada definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento de Castelló d’Empúries, en sesión ordinaria de 25/03/2010, y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables y, en defecto de ello, en las normas de derecho privado.3.BENEFICIARIOSPodrán solicitar subvenciones las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos siguientes:Que hayan realizado inversiones o gastos descritos en el artículo 6 de estas bases durante el año 2025. Que los titulares de la actividad económica desarrollen su actividad en Castelló d’Empúries y que tengan domicilio social o sede del establecimiento en el término municipal.Que los titulares dispongan de las autorizaciones municipales correspondientes (licencias de obra y de actividades) y que la actividad se ejerza por un período mínimo de 9 meses/año. Que las personas físicas o jurídicas titulares de un establecimiento estén al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Castelló d’Empúries (en caso contrario, se podrá efectuar la correspondiente compensación de oficio).4.SOLICITUDESEl plazo de presentación de solicitudes comienza al día siguiente de la publicación de la convocatoria y finaliza el 28 de febrero de 2026 o el agotamiento de la partida presupuestaria correspondiente.5. IMPORTE DE LA SUBVENCIÓNEl importe máximo destinado a la concesión de estas subvenciones es de 68.000,00 €, con cargo a la partida presupuestaria número 06.430.47003 Ayudas a Empresas, del presupuesto municipal correspondiente al ejercicio 2025.El importe de la subvención, junto con el de las subvenciones concedidas con la misma finalidad por otras administraciones públicas, no podrá sobrepasar el coste de la obra o actividad subvencionada.Para inversiones realizadas de acuerdo con el artículo 6 de estas bases, el importe de la subvención seguirá un escalado en el que se irá acumulando el importe en cada uno de los diferentes estadios o franjas:- Estadio A. Hasta 5.000 euros, IVA incluido, la subvención será del 50 % del importe de la inversión.- Estadio B. Para inversiones realizadas en importes situados entre 5.001 euros y hasta 10.000 euros, IVA incluido, la subvención será del 30 % en esta franja de la inversión, acumulando el Importe del ESTADIO A.- Estadio C. Para inversiones en las que el gasto que se sitúa por encima de los 10.000 euros, IVA incluido, la subvención será del 25 % de la inversión, acumulando el importe del ESTADIO A y ESTADIO B.La subvención máxima a la que puede optar un solicitante es de 5.000 €.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 11/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 11/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSCONCESION SUBVENCIONES PARA ACTUACIONES DE AHORRO ENERGETICO 2025Publicado 30/12/2025SUBVENCIONES PARA ACTUACIONES DE AHORRO ENERGÉTICO Y DE AGUA EN LOS ESTABLECIMIENTOS CON ACTIVIDAD ECONÓMICA