PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES42 - CASTILLA LA MANCHA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
22/12/2025
Fin de solicitudes
14/01/2026
Registro en BDNS
12/12/2025
Publicación en diario oficial
19/12/2025
Texto oficial de apertura: El día siguiente al de la publicación en el DOCM
Texto oficial de cierre: 15 días desde el día siguiente al de la publicación en el DOCM
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Entidades beneficiarias. Podrán concurrir a la presente convocatoria de subvenciones las entidades privadas de iniciativa social y las universidades públicas que cumplan los requisitos establecidos en la Orden 5/2022, de 12 de enero, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a entidades para el desarrollo y mantenimiento de programas y servicios de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha, y en esta convocatoria. Segundo. Objeto. Esta resolución tiene por objeto convocar para el año 2026, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones destinadas a entidades privadas de iniciativa social y universidades públicas, para el desarrollo y mantenimiento de programas y servicios de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha. Tercero. Bases reguladoras. Orden 5/2022, de 12 de enero, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a entidades para el desarrollo y mantenimiento de programas y servicios de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha (D.O.C.M. núm. 12, de 19 de enero de 2022), modificada por la Orden 49/2023, de 14 de marzo (D.O.C.M. núm. 54, de 17 de marzo de 2023). Cuarto. Financiación. 1. Las subvenciones objeto de esta convocatoria se financiarán con cargo al Programa 313D de Atención a las Personas Mayores de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026, y dentro de las mismas, los programas a los que se refiere la base cuarta.1.b) de la Orden 5/2022, de 12 de enero, de la Consejería de Bienestar Social, se financiarán con cargo al FSE+, en el marco del Programa FSE+ 2021-2027 de Castilla-La Mancha. La cuantía estimada máxima destinada a esta convocatoria es de 3.292.590 ,00 euros, que se imputará a las aplicaciones presupuestarias que se relacionan a continuación, y al elemento PEP JCCM/0000026661, mayores, 2026-plazas y programas EEPP 2. El importe máximo individualizado por cada proyecto no excederá de 2.000.000 de euros. Quinto. Solicitud, lugar y plazo de presentación. 1. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Mayores de la Consejería de Bienestar Social y deberán presentarse de forma telemática con firma electrónica por la entidad beneficiaria mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es, que quedará anotada en el registro electrónico. El formulario del proyecto y los documentos originales que puedan resultar necesarios para la concesión de la subvención se digitalizarán y se presentarán como anexos a través de la citada sede electrónica. 2. Se presentará una única solicitud por cada proyecto a financiar y las entidades solicitantes no tendrán obligación de presentar documentación acompañando a la solicitud electrónica de iniciación, salvo el formulario del proyecto que estará disponible en la sede electrónica. En el caso de que alguna de las entidades presentase en plazo más de una solicitud para un mismo proyecto, será tramitada exclusivamente la presentada en último lugar, siendo anuladas las restantes. 3. El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.