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Plazo no verificadoBDNS 874780

Orden de 30 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2026 de las ayudas para actuaciones en caminos rurales en el período 2026-2027

AUTONOMICA · GALICIA · CONSELLERÍA DEL MEDIO RURAL

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 14:15 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES11 - GALICIA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Infraestructuras

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
06/02/2026
Fin de solicitudes
05/03/2026
Registro en BDNS
12/12/2025
Publicación en diario oficial
05/02/2026

Texto oficial de apertura: el día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia

Texto oficial de cierre: un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de G

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/convocatoria/874780).
Primero. Beneficiarios
Todos los ayuntamientos de Galicia que cumplan los siguientes requisitos:
a) Haber remitido al Consejo de Cuentas las cuentas del último ejercicio presupuestario a que legalmente estén obligados antes del vencimiento del plazo de presentación de la solicitud de la ayuda.
b) Estar alº corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de Galicia.
c) No podrán tener la condición de beneficiarios los ayuntamientos que estén incursos en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10.2 y 3 de la LSG.

Segundo. Objeto
El objeto es establecer las bases reguladoras de las ayudas para actuaciones en caminos rurales en el período 2026-2027, y convocar las correspondientes al año 2026.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 30 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2026 de las ayudas para actuaciones en caminos rurales en el período 2026-2027, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 de España, en régimen de concurrencia no competitiva mediante tramitación anticipada de gasto (código de procedimiento MR701E).
Cuarto. Cuantía
Para la financiación de esta convocatoria está previsto un crédito de 18.998.480,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 15.06.551A.7600 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2026 (código de proyecto 2026.00068), con la siguiente distribución por fondos y anualidades:
El importe total de la anualidad 2026 asciende a 7.740.146,00 €. Este crédito está cofinanciado en un 60 % por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco de la intervención 6872 del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 (Subintervención 6872_08 Servicios básicos. Plan caminos), en un 12 % por fondos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y en un 28 % por fondos propios de la Xunta de Galicia.
El importe total de la anualidad 2027 asciende a 11.258.334,00 €, correspondiendo 1.759.854,00 € al importe elegible, cofinanciado en un 60 % por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco de la intervención 6872 del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 (Subintervención 6872_08 Servicios básicos. Plan caminos), en un 12 % por fondos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y en un 28 % por fondos propios de la Xunta de Galicia. El importe restante de la anualidad 2027 que asciende a 9.498.480,00 € se financiará con fondos propios libres de la Consellería del Medio Rural, siendo susceptible de financiarse con cargo al Plan estratégico de la PAC 2023-2027 luego de la tramitación de una nueva reprogramación.


Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes de ayuda será de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el DOG.
Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.
Sexto. Otros datos
La concesión de ayudas se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva.
La ayuda financiará el 100 % de los gastos subvencionables, hasta el límite de la ayuda pública concedida a cada ayuntamiento.

Bases y documentación

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