PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES42 - CASTILLA LA MANCHA
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
01/01/2026
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
15/12/2025
Publicación en diario oficial
22/12/2025
Texto oficial de cierre: 31.12.2026 o el agotamiento del crédito si es anterior
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarias Tendrán la condición de personas beneficiarias de la subvención en concepto de becas, a efectos de la presente resolución, las mujeres víctimas de violencia de género y sus hijas e hijos que cursen estudios universitarios dirigidos a la obtención de un título oficial de grado o máster en Universidades Públicas de todo el territorio nacional, y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 3.1 de la Orden 78/2019, de 22 de mayo, de la Vicepresidencia Primera, por la que se aprueban las bases reguladoras de las becas Leonor Serrano Pablo de estudios universitarios a mujeres víctimas de violencia de género y a sus hijas e hijos. Segundo. Objeto La presente resolución tiene por objeto convocar subvenciones, mediante el procedimiento simplificado de concurrencia, destinadas a sufragar los gastos de formalización de matrícula de estudios universitarios dirigidos a la obtención de un título oficial de grado o máster en Universidades Públicas de todo el territorio nacional. Tercero. Bases reguladoras Las subvenciones a que se refiere la presente resolución se regirán, además de lo previsto por la misma, por la Orden 78/2019, de 22 de mayo, de la Vicepresidencia Primera, por la que se aprueban las bases reguladoras de las becas Leonor Serrano Pablo de estudios universitarios a mujeres víctimas de violencia de género y a sus hijas e hijos (DOCM nº 103, de 29 de mayo); por los preceptos básicos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como por lo establecido en el Decreto legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero. Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones es de 5.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria 70. 01.323B.48126 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026, objetivo 0366, línea 1118 del Plan estratégico de Subvenciones 2024-2026. Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes El plazo de presentación de las solicitudes estará abierto durante todo el año 2026 o el agotamiento del crédito si es anterior. Las solicitudes se cumplimentarán según el modelo que se recoge en el Anexo de la presente resolución, que estará disponible también en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), e irán dirigidas a la persona titular del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha. Las solicitudes podrán presentarse en cualquiera de las formas siguientes: a) Preferentemente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, los documentos originales podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. b) Mediante su presentación en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.