PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
XXXX - TODO EL MUNDO
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
15/12/2025
Publicación en diario oficial
08/01/2026
Texto oficial de apertura: Al dia siguiente de la publicacion en DOE
Texto oficial de cierre: 20 dias habiles posteriores a la publicacion en el DOE
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la ComunidadAutónoma de Extremadura se publica el extracto de la convocatoria, cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional deSubvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presenteDiario Oficial de Extremadura.PRIMERO. ENTIDADES BENEFICIARIAS.Podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas las federaciones decomunidades extremeñas en el exterior, considerando como tales aquellasasociaciones que cumplan los requisitos exigidos en la Ley 6/2009, de 17de diciembre, del Estatuto de los Extremeños en el Exterior y seencuentren inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Extremeñas enel Exterior, regulado por el Decreto 27/2011, de 18 de marzo, por el quese regula el Registro Oficial y el reconocimiento de las ComunidadesExtremeñas en el Exterior, que deberán cumplir los requisitossiguientes:1.No encontrarse incursas en alguna de las circunstancias que impidenobtener la condición de entidad beneficiaria recogidas en los apartados2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvencionesde la Comunidad Autónoma de Extremadura.2.Presentar una Memoria con el proyecto de las actividades que preveanrealizar durante el año de la respectiva convocatoria.SEGUNDO. OBJETOAprobar la convocatoria de las ayudas destinadas a financiar gastos deactividades de las federaciones de comunidades extremeñas en el exteriorcorrespondiente al ejercicio 2026TERCERO. BASES REGULADORASLas Bases reguladoras de la presente convocatoria son las contenidas enel Decreto 146/2025, de 4 de noviembre, por el que se establecen lasbases reguladoras de las ayudas destinadas a los programas deactividades de las comunidades extremeñas en el exterior y susfederaciones (D. O. E. núm. 216 de 10 de noviembre).CUARTO. CUANTÍAEl crédito convocado para la presente convocatoria asciende a lacantidad de 45.000,00 €, con cargo a los créditos autorizados en laaplicación presupuestaria 220040000253C48000, del proyecto de gasto20160007 “Fortalecimiento de las comunidades y federaciones decomunidades extremeñas en el exterior” y con fuente de financiación CAde los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadurapara 2026. Para las ayudas del Programa II operará el límite máximo de15.000,00 euros por ayuda concedida, teniendo en cuenta que en ningúncaso se podrán conceder ayudas por importe superior al solicitado.La presente convocatoria queda sometida a la condición suspensiva deexistencia de crédito adecuado y suficiente en los PresupuestosGenerales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la anualidad2026.QUINTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDESEl plazo de presentación será de 20 días hábiles a contar desde el díasiguiente al de la publicación de la convocatoria y del presenteextracto en el Diario Oficial de Extremadura.SEXTO. OTROS DATOSEstas ayudas se abonarán fraccionadamente en dos pagos, sin necesidad degarantía alguna. Una vez notificada la resolución de concesión y previacertificación de la secretaría de la federación beneficiaria del iniciode la actividad subvencionada y del cumplimiento de las medidas depublicidad, se procederá a realizar un pago por el 50% del importe totalde la ayuda concedida. Justificada la ayuda abonada en el primer pago dela subvención, se procederá a realizar un segundo pago por el 50%restante del importe total de la ayuda.