Subvenciones 2026 para el fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera según Resolución de 3 de diciembre de 2025 que la convoca
AUTONOMICA · EXTREMADURA · DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Subvenciones al transporte
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 31/12/2026
- Registro en BDNS
- 15/12/2025
- Publicación en diario oficial
- 18/12/2025
Texto oficial de apertura: DESDE EL DIA SIGUIIENTE AL DE LA PUBLICACION SIMULTANEA EN DOE DE CONVOVATORIA Y EXTRA
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en elartículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de laComunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de laconvocatoria referenciada, cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.infosubvenciones.es/) y en el Diario Oficial deExtremadura.Primero. Convocatoria.1. Se aprueba, para el año 2026, la convocatoria de concesión desubvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante eltransporte público regular de uso general de viajeros por carretera ypor la que se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del100 % del precio del billete.2. Al tratarse de una convocatoria de tramitación anticipada, elotorgamiento de las subvenciones quedará sometido a la condiciónsuspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente, en lospresupuestos generales de la Comunidad Autónoma, en el ejercicio en quedebe iniciarse la ejecución del gasto, para atender las obligaciones quese generen como consecuencia de su concesión en el ejercicio del año2026, así como a lo dispuesto respecto a la tramitación anticipada deexpedientes de subvenciones en la Regla 69 de la Orden de 17 dediciembre de 2020 por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidadpara la Junta de Extremadura, y en la Resolución de 27 de julio de 2021,de la Intervención General, por la que se modifica la Instrucción deContabilidad para la Junta de Extremadura, aprobada mediante Orden de 17de diciembre de 2020 y se aprueban los modelos de certificado deexistencia de crédito adecuado y suficiente en la tramitación anticipadade los gastos.Segundo. Objeto.Financiar la movilidad de las personas beneficiarias a través de losservicios de transporte público regular de uso general de viajeros porcarretera, como actividad de interés social, mediante la bonificacióníntegra del precio del billete o título de transporte que las personasusuarias adquieran en aquellos desplazamientos que tengan su origen ydestino en la Comunidad Autónoma de Extremadura, debiendo cumplir lostitulares del derecho a la subvención las obligaciones materiales yformales establecidas en la correspondiente normativa reguladora, dentrodel alcance que el gasto subvencionable adquiere en virtud del apartado3 de la disposición adicional decimoquinta de la Ley 1/2024, de 5 defebrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma deExtremadura para el año 2024, con cobertura de los títulos de transporteque incluyan servicios de ida y de vuelta.Ostentarán la condición de beneficiarias de la subvención las personasfísicas que, en virtud de resolución administrativa de concesión, seantitulares de la “Tarjeta de transporte subvencionado especial 100 %”,siempre que en ellas concurra, con carácter previo, el requisito detener su domicilio habitual en un municipio perteneciente a la ComunidadAutónoma de Extremadura, cualquiera que sea su condición personal.A estos efectos, tienen domicilio habitual en la Comunidad Autónoma deExtremadura quienes figuren empadronados en uno de sus municipios, seannacionales, residentes extranjeros, nacionales de Estados miembros de laUnión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el EspacioEconómico Europeo, personas a quienes sea de aplicación el régimencomunitario, o personas titulares del derecho de asilo o del derecho ala protección subsidiaria.Tercero. Normativa de aplicación y bases reguladoras.- Disposición adicional decimoquinta de la Ley 1/2024, de 5 de febrero,de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura parael año 2024, en aplicación de lo determinado en el artículo 8 de laOrden de 6 de febrero de 2025 por la que se fijan las condiciones ycriterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales dela Comunidad de Extremadura para 2024 en el ejercicio de 2025.- Decreto 83/2017, de 13 de junio (DOE n.º 116, de 19 de junio), por elque se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadasal fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de usogeneral de viajeros por carretera.Cuarto. Cuantía.La cuantía individualizada de la subvención, respecto del gastosubvencionable contraído por las personas beneficiarias, se ajustará al100% del mismo.El importe total de la convocatoria es de siete millones ochocientoscuarenta y tres mil setecientos euros, con sesenta y ocho céntimos deeuro (6.600.000,00 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria160050000 G/353C/48000, Fuente de Financiación CAG0000001 (código deproyecto 20001041), y distribuido en las anualidades siguientes:2026: 4.795.844,29 €2027: 1.804.155,71 €Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Desde el día siguiente al de la publicación simultánea en el DiarioOficial de Extremadura de la Resolución de convocatoria y del extractoprevisto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones, y en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011,siempre que dicha publicación se produzca con posterioridad al día 31 dediciembre de 2025, y desde el día 1 de enero de 2026 en caso contrario,y, en cualquier caso, hasta el día 31 de diciembre de 2026.Sexto. Extensión de la ayuda 100%.La ayuda del 100 % del título de transporte, para el gastosubvencionable previsto en el apartado 3 de la disposición adicionaldecimoquinta de la Ley 1/2024, será de aplicación en todos losdesplazamientos que efectúen las personas beneficiarias con origen ydestino en la Comunidad Autónoma dentro de los servicios de transporteregular de uso general que se presten en este ámbito territorial,mediante la contratación de viajes de ida, o de viajes de ida y vuelta,siendo la vuelta cerrada y concretada en fecha.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 20/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSMODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación del gasto por aumento del crédito previsto en la Resolución de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del precio del billete para el año 2026.Publicado 23/07/2026Extracto de la Resolución de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del precio del billete para el año 2026 (tramitación anticipada)Publicado 18/12/2025Decreto 83/2017, de 13 de junio, de bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carreteraInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.