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Plazo no verificadoBDNS 875186

Subvenciones 2026 para el fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera según Resolución de 3 de diciembre de 2025 que la convoca

AUTONOMICA · EXTREMADURA · DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 14:24 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES43 - EXTREMADURA

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Subvenciones al transporte

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
31/12/2026
Registro en BDNS
15/12/2025
Publicación en diario oficial
18/12/2025

Texto oficial de apertura: DESDE EL DIA SIGUIIENTE AL DE LA PUBLICACION SIMULTANEA EN DOE DE CONVOVATORIA Y EXTRA

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Extracto publicado

Con fecha 18 de diciembre de 2025, se publicó, en el número 243 delDiario Oficial de Extremadura, la Resolución de 3 de diciembre de 2025,de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria deconcesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad medianteel transporte público regular de uso general de viajeros por carretera yse dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % delprecio del billete para el año 2026.En la misma fecha de 18 de diciembre de 2025, se publica, igualmente, enel Diario Oficial de Extremadura, el Extracto de la Resolución de 3 dediciembre de 2025, en cuyo apartado cuarto (Cuantía), se expresa losiguiente:“La cuantía individualizada de la subvención, respecto del gastosubvencionable contraído por las personas beneficiarias, se ajustará al100% del mismo.El importe total de la convocatoria es de seis millones seiscientos mileuros (6.600.000 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria160050000 G/353C/48000, Fuente de Financiación CAG0000001 (código deproyecto 20001041) y TE35007002 (programa 441M “Subvenciones y Apoyo alTransporte Terrestre”), y distribuido en las anualidades siguientes:2026: 4.795.844,29 €.2027: 1.804.155,71 €”.Avanzado el ejercicio contable, se observa que la previsión de uso deltransporte público regular de uso general de viajeros por carretera haquedado sobrepasada por los datos reales que confirman un incrementosignificativo del número de personas usuarias que han utilizado dichoservicio para sus desplazamientos en comparación con las estimacionesprevias.Constando en la convocatoria una estimación crediticia de 6.600.000,00euros para toda la convocatoria del año 2026, la realidad de los datosrecabados hasta la aprobación de la presente modificación (lecturas dedatos de contrataciones o billetes), y los estimados hasta lafinalización de dicho ejercicio, sitúan las necesidades de gasto públicoen un importe adicional de 2.349.342,22 euros para dar cobertura alreembolso total de cantidades a las empresas operadoras por losdescuentos en el precio del billete practicados en los serviciosprestados en el año 2026, tanto en lo que se refiere a completar el pagoanticipado del 75% como a cubrir toda la liquidación de los reembolsosreferentes al período enero-junio de 2026.En concreto, las necesidades crediticias se reparten, en función delconcepto susceptible de atención, de la siguiente manera:- Atención a la finalización del pago del anticipo del 75 % a lasentidades colaboradoras pendientes de abono: 981.197,45 euros.- Atención a la liquidación del período enero-junio de 2026, bajoestimación del importe real del año 2025, incrementado en un 10 %:1.368.144,77 euros.Como consecuencia, el crédito adicional mencionado incrementará ladotación presupuestaria prevista en la convocatoria para la anualidad2026, en la actual cuantía de 4.795.844,29 euros, para atender elincremento de gasto estimado en la cantidad de 2.349.342,22 euros,resultando, para dicha anualidad, un total de 7.145.186,51 euros.El importe objeto de incremento (2.349.342,22 euros) se financiaíntegramente con cargo a fondos de la Comunidad Autónoma para elproyecto de gasto 20001041.Por todo ello, al amparo del apartado sexto de la convocatoria, quecontiene la previsión de que la cuantía establecida pueda aumentarse enfunción de las disponibilidades presupuestarias, se ha tramitado lamodificación del gasto por incremento del crédito inicial, constandoinforme favorable de la Intervención, procediendo la modificación delExtracto de la convocatoria publicado en el Diario Oficial deExtremadura n.º 110, de 10 de junio de 2025.Asimismo, y de conformidad con los apartados 3 y 4 del artículo 39 de laLey 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma deExtremadura, es preceptiva la publicación en el Diario Oficial deExtremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma deun anuncio del órgano al que corresponda la aprobación de laconvocatoria en el que se recojan las variaciones que puedan producirserespecto a las aplicaciones o proyectos presupuestarios, o cuantíasprevistas inicialmente en las convocatorias abiertas por concesióndirecta.En virtud de lo referido, deben hacerse públicos la modificación delExtracto y el anuncio por el que se da publicidad a la modificación delgasto por incremento del crédito, previsto en la Resolución de 3 dediciembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba laconvocatoria de concesión de subvenciones destinadas al fomento de lamovilidad mediante el transporte público regular de uso general deviajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de lasubvención del 100 % del precio del billete para el año 2026, con elsiguiente reparto de crédito:El importe total de la convocatoria es de ocho millones novecientoscuarenta y nueve mil trescientos cuarenta y dos euros con veintidóscéntimos de euro (8.949.342,22 euros), con cargo a la aplicaciónpresupuestaria 160050000 G/353C/48000, Fuente de Financiación CAG0000001(código de proyecto 20001041), y distribuido en las anualidadessiguientes:2026: 7.145.186,51 €.2027: 1.804.155,71 €”.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en elartículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de laComunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de laconvocatoria referenciada, cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.infosubvenciones.es/) y en el Diario Oficial deExtremadura.Primero. Convocatoria.1. Se aprueba, para el año 2026, la convocatoria de concesión desubvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante eltransporte público regular de uso general de viajeros por carretera ypor la que se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del100 % del precio del billete.2. Al tratarse de una convocatoria de tramitación anticipada, elotorgamiento de las subvenciones quedará sometido a la condiciónsuspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente, en lospresupuestos generales de la Comunidad Autónoma, en el ejercicio en quedebe iniciarse la ejecución del gasto, para atender las obligaciones quese generen como consecuencia de su concesión en el ejercicio del año2026, así como a lo dispuesto respecto a la tramitación anticipada deexpedientes de subvenciones en la Regla 69 de la Orden de 17 dediciembre de 2020 por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidadpara la Junta de Extremadura, y en la Resolución de 27 de julio de 2021,de la Intervención General, por la que se modifica la Instrucción deContabilidad para la Junta de Extremadura, aprobada mediante Orden de 17de diciembre de 2020 y se aprueban los modelos de certificado deexistencia de crédito adecuado y suficiente en la tramitación anticipadade los gastos.Segundo. Objeto.Financiar la movilidad de las personas beneficiarias a través de losservicios de transporte público regular de uso general de viajeros porcarretera, como actividad de interés social, mediante la bonificacióníntegra del precio del billete o título de transporte que las personasusuarias adquieran en aquellos desplazamientos que tengan su origen ydestino en la Comunidad Autónoma de Extremadura, debiendo cumplir lostitulares del derecho a la subvención las obligaciones materiales yformales establecidas en la correspondiente normativa reguladora, dentrodel alcance que el gasto subvencionable adquiere en virtud del apartado3 de la disposición adicional decimoquinta de la Ley 1/2024, de 5 defebrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma deExtremadura para el año 2024, con cobertura de los títulos de transporteque incluyan servicios de ida y de vuelta.Ostentarán la condición de beneficiarias de la subvención las personasfísicas que, en virtud de resolución administrativa de concesión, seantitulares de la “Tarjeta de transporte subvencionado especial 100 %”,siempre que en ellas concurra, con carácter previo, el requisito detener su domicilio habitual en un municipio perteneciente a la ComunidadAutónoma de Extremadura, cualquiera que sea su condición personal.A estos efectos, tienen domicilio habitual en la Comunidad Autónoma deExtremadura quienes figuren empadronados en uno de sus municipios, seannacionales, residentes extranjeros, nacionales de Estados miembros de laUnión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el EspacioEconómico Europeo, personas a quienes sea de aplicación el régimencomunitario, o personas titulares del derecho de asilo o del derecho ala protección subsidiaria.Tercero. Normativa de aplicación y bases reguladoras.- Disposición adicional decimoquinta de la Ley 1/2024, de 5 de febrero,de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura parael año 2024, en aplicación de lo determinado en el artículo 8 de laOrden de 6 de febrero de 2025 por la que se fijan las condiciones ycriterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales dela Comunidad de Extremadura para 2024 en el ejercicio de 2025.- Decreto 83/2017, de 13 de junio (DOE n.º 116, de 19 de junio), por elque se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadasal fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de usogeneral de viajeros por carretera.Cuarto. Cuantía.La cuantía individualizada de la subvención, respecto del gastosubvencionable contraído por las personas beneficiarias, se ajustará al100% del mismo.El importe total de la convocatoria es de siete millones ochocientoscuarenta y tres mil setecientos euros, con sesenta y ocho céntimos deeuro (6.600.000,00 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria160050000 G/353C/48000, Fuente de Financiación CAG0000001 (código deproyecto 20001041), y distribuido en las anualidades siguientes:2026: 4.795.844,29 €2027: 1.804.155,71 €Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Desde el día siguiente al de la publicación simultánea en el DiarioOficial de Extremadura de la Resolución de convocatoria y del extractoprevisto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones, y en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011,siempre que dicha publicación se produzca con posterioridad al día 31 dediciembre de 2025, y desde el día 1 de enero de 2026 en caso contrario,y, en cualquier caso, hasta el día 31 de diciembre de 2026.Sexto. Extensión de la ayuda 100%.La ayuda del 100 % del título de transporte, para el gastosubvencionable previsto en el apartado 3 de la disposición adicionaldecimoquinta de la Ley 1/2024, será de aplicación en todos losdesplazamientos que efectúen las personas beneficiarias con origen ydestino en la Comunidad Autónoma dentro de los servicios de transporteregular de uso general que se presten en este ámbito territorial,mediante la contratación de viajes de ida, o de viajes de ida y vuelta,siendo la vuelta cerrada y concretada en fecha.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 20/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSMODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación del gasto por aumento del crédito previsto en la Resolución de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del precio del billete para el año 2026.Publicado 23/07/2026Extracto de la Resolución de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del precio del billete para el año 2026 (tramitación anticipada)Publicado 18/12/2025Decreto 83/2017, de 13 de junio, de bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera